Última revisión
Los trabajadores no están obligados a dar móvil o correo personal a la empresa. Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 259/2014 de 21 de Septiembre de 2015
Relacionados:
Orden: Social
Fecha: 21 de Septiembre de 2015
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO
Núm. Cendoj: 28079140012015100568
Núm. Ecli: ES:TS:2015:4086
Núm. Roj: STS 4086/2015
Resumen
Voces
Contrato de Trabajo
Puesto de trabajo
Proceso de conflicto colectivo
Principio de unidad
Dirección de la actividad laboral
Voluntad de las partes
Actividad laboral
Conflicto colectivo laboral
Encabezamiento
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