Última revisión
12/11/2020
Sentencia Penal Nº 525/2020, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 10164/2020 de 20 de Octubre de 2020
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Tiempo de lectura: 109 min
Orden: Penal
Fecha: 20 de Octubre de 2020
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTINEZ ARRIETA, ANDRES
Nº de sentencia: 525/2020
Núm. Cendoj: 28079120012020100558
Núm. Ecli: ES:TS:2020:3448
Núm. Roj: STS 3448:2020
Encabezamiento
Fecha de sentencia: 20/10/2020
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION (P)
Número del procedimiento: 10164/2020
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Vista: 06/10/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Procedencia: Sala Art.64 bis LOPJ(apelacion) A.N
Letrado de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
Transcrito por: GM
Nota:
RECURSO CASACION (P) núm.: 10164/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Letrado de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero
Excmos. Sres.
D. Andrés Martínez Arrieta
D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
D. Antonio del Moral García
D. Pablo Llarena Conde
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
En Madrid, a 20 de octubre de 2020.
Esta sala ha visto los recursos de casación por infracción de ley, precepto constitucional y quebrantamiento de forma, interpuestos por el
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta.
Antecedentes
' A.- El acusado Jesús Luis, desde antes del año 2.017, tenía asimiladas las ideas, los postulados y los fines del DAESH, como se reflejaba en los libros que poseía en su domicilio: 'Pasos a seguir en el día según la doctrina del Daesh. basado en la sharia y doctrina del daesh' y 'Conceptos peligrosos para atacar al Islam y prevalecer la civilización occidental', editado por el Partido de la Liberación o Hizb Al-Tahrir, grupo radical islámico vinculado a los salafistas y su brazo político los Hermanos Musulmanes.
Se había descargado además de internet los siguientes archivos en su teléfono móvil NUM000, intervenido en el registro de su domicilio (ITELI):
- archivo. DIRECCION000 con un texto en árabe con la siguiente traducción 'Estamos en una nueva era, su gente sus soldados sus aliados y en la parte de debajo pone Estado Islámico'.
- archivo. DIRECCION001 de una bandera del Estado islámico y el siguiente texto escrito en árabe 'Esta es nuestra bandera'.
- DIRECCION002 con un texto que, traducido, reza: 'Las guerras tienen doble cara, una cara dulce con ataque a la cultura y paralización del poder de pensamiento y otra cara cuyo título son las armas y la destrucción con la mente comenzamos seguidores del califato'.
- DIRECCION003 con el siguiente texto en árabe: 'Lanzaremos las llamas vengando los lugares santos de los musulmanes en sus naciones y os al devolveremos en el corazón de vuestros hogares. Convertiremos vuestra seguridad en un sueño imposible de realizar. Loco seria aquel que piense que nos olvidamos de nuestra venganza'
- DIRECCION004. que se corresponde a un texto en árabe cuya traducción es 'esta la bandera del islam y la del enviado de Allah. Reto a cualquier estado árabe de los que se proclaman islámico.s a izarla. El Estado de la verdad la izó y la proclamó como califato. El Corán es su constitución - - DIRECCION005., texto que traducido dice: 'este es un largo camino. Sólo permanecerán en el los verídicos.
El 09/10/2017 se descargó a través de su teléfono móvil un archivo de (2323-Screenshot_2017-10-09-12-12-18) hallado en la tarjeta de memoria que se encontraba alojada en el interior del mismo, consistente en una imagen con el logotipo del Estado Islámico, y la leyenda 'No hay más Dios que Ala'. 'Departamento de Investigación y Fatua', con el siguiente texto:
'¿Cuál es la fatua de quemar a los infieles con fuego hasta la muerte .P ' 'En el nombre de Allah, dios de todo el universo, que la paz esté con el profeta, los hanafies y los shaffies han aprobado de forma absoluta el quemar considerando el Hadiz del profeta, que la paz esté con él (Hadiz del profeta: 'Sólo Allah castiga con el fuego') como una forma de modestia. El Muhalab dijo: 'Este impedimento no está basado en la prohibición, si no por modestia (la acción de quemar queda exclusiva para Allah). '.
' Remigio dice: 'El acto de los discípulos de profeta aprueba quemar, el profeta quemó los ojos de Baldomero con hierro caliente... y Calixto quemó con fuego a los apóstatas'.
'Y algunos de los sabios dijeron que quemar con fuego está prohibido en su origen, pero está permitido el caso de la vejación. Como viene en el Sahih, esa es la mejor contestación siguiendo las pruebas'.
'Allah sabe, la paz esté con el profeta y sus acompañantes, y los que los siguen
El documento finalizaba con el sello del Estado Islámico y la firma del presidente del Departamento de Investigación y Fatua.
Además, con la finalidad de colaborar en la estrategia propagandística del DAESH, se dedicó, fundamentalmente desde enero de 2017 al 5 de diciembre de 2017 en que fue detenido, a realizar labores de proselitismo y captación de terceros para la yihad, por diversos medios, tanto a nivel personal como en remoto a través de las redes sociales y servicios de mensajería instantánea.
Así, empleó la aplicación Messenger de Facebook que tenía en su teléfono (1TEL1) para difundir de forma personal y directa el mensaje yihadista.
A uno de sus contactos con residencia en Damasco llamado Elias, en referencia a los yihadistas que se encuentran en zona de combate, le dijo: Ojala estuviera con ellos, hubiera logrado la victoria, mañana veremos a los amados: Mohamed (Se refiere al profeta) y sus discípulos. Envíame después de ti Fructuoso.
El 2 de julio de 2.017, a las 2():51 horas, el acusado intercambió con su cuñada Silvia material con contenido yihadista. Concretamente le envió el enlace 'addpost.it'. Encima del post aparecía el siguiente texto: 'Por eso yo estoy con el Estado Islámico... compártela. Por eso estoy con el Estado Islámico, tesoro del Ansar (los seguidores del DAESH) para que la gente sepa la verdad del Estado Islámico. Hermano, el musulmán está a punto de ver el mayor documental que explica la verdad.'
Posteriormente, el 25 octubre a las 12:04 le envió el siguiente Post: 'El que busca la sentencia del que mata a los miembros de la policía', Faris Al Showeel al Zahrani, uno de los mejores sabios de la península arábiga que Alá lo libre pronto'.
También en los meses de octubre y noviembre de 2.017, el acusado compartió con su hermano Jacobo toda suerte de material yihadista a través de la aplicación Messenger de Facebook. En las conversaciones le decía su hermano, ante su reticencia hacia la ideología salafista: que sé que eres un experto en la huida del debate y te gustan conversaciones que hablan de romance y del amor. Tienes miedo de la conversación sobre la Yihad, y ser mártir, y la dignidad, por eso voy a hablarte con la manera que a ti te gusta y le hablaba de la doctrina del Estado Islámico citada del comité legislativo del Estado islámico. Esta es nuestra doctrina y nuestro método.
Además de la aplicación Messenger, el acusado empleaba igualmente la aplicación de mensajería de whatsapp para sus labores proselitistas del salafismo radical y violento. Así, a su hermano Jacobo los días 29/05/2017 17:15 y 02/06/2017 le mandó sendos vídeos sobre las actividades del Estado Islámico.
De igual manera, a una mujer afincada en Marruecos cuyo contacto guardaba como 'SUh Ifnida el 23/11/2017 a las 23:45 le dijo, en el curso de una conversación sobre la infancia, que los niños 'tendrán que hacer la yihad y que mueran haciendo la yihad'.
Asimismo, en las redes sociales el acusado trataba de captar y adoctrinar a terceras personas para unirse a la yihad. Así, trabado contacto con el Agente Encubierto Informático n? NUM001, el acusado, desconociendo la verdadera identidad de aquél al que conocía en internet como Mario, le envió a través del chat on line de Facebook la siguiente propaganda del E.l. y del DAESH con el objeto de adoctrinarle en el salafismo violento y radical:
- El 29/05/2017 a las 18:49 horas le envió una imagen en la que se observaba una batalla entre los portadores de la bandera del Estado Islámico contra los países occidentales, representados también por sus respectivas banderas.
- El 29/05/2017 a las 19:25 horas le envió un vídeo titulado: 'Los mejores cánticos islámicos') No olvidéis mencionar a Allah, en el que se exalta la labor del Estado Islámico mostrando imágenes de soldados capturados por el El así como de los mártires que ejecutaron acciones en nombre de
- El 01/06/2017 a las 18:59 horas le envió un vídeo en el cual se observan diversas acciones armadas ejecutadas por miembros del Estado Islámico en zonas de conflicto.
- El 01/06/2017 20:27 horas le dijo, con relación a un yihadista muerto: Que Allah te bendiga mi hermano. Que Allah tenga misericordia de él y lo acepte en el paraíso.
- El 02/06/2017 a las 02:41 horas le envió un vídeo titulado: 'El Estado del Islam seguirá, maravilloso' donde se observaban diversos fotogramas, primero de los enemigos del Estado Islámico, entre los cuales se puede observar la bandera de España.
- El 16/06/2017 a las 21:49 horas le envió un vídeo en el que aparecían varios mártires del Estado islámico, los cuales proclaman su fidelidad al E.l., observándose posteriormente como se suben a un vehículo cargado de explosivos y se inmolan contra un objetivo prefijado.
- El 27/06/2017 a las 21:30 h le envió un vídeo titulado: 'Nuevo, provincia Raqqa vídeo: Refuerzo de las almas que contenía varias imágenes y vídeos donde se mostraba la vida cotidiana en los territorios conquistados por el Estado Islámico, así como combates y actos de martirio con explosivos perpetrados por soldados del E.l.
También a través del chat on line de Facebook el 31 de julio de 2017 trabó contacto con el AEI, bajo el seudónimo de Delfina, entablando con quien creía una joven granadina dispuesta a unirse a la yihad una relación que se fue intensificando a lo largo de las conversaciones, de manera que además de enviarle vídeos acerca de atentados cometidos en distintas ciudades europeas, así como otros extremadamente crueles y violentos, al verse decapitaciones de prisioneros del DAESH o inmolaciones con vehículos por parte de seguidores de dicha ideología, la animó y llego incluso a incitarla a cometer un posible atentado terrorista.
Así, el 2/08/2017 a las 14:52 le envió un vídeo en el que se podían observar imágenes de los atentados en Orlando, París y Londres, así como de numerosas ejecuciones de prisioneros efectuadas por miembros del Estado Islámico.
El 13/08/2017 a las 03:57 horas mandó a Delfina un vídeo de 15 minutos y 48 segundos en el que se observaban a varios miembros del Estado Islámico, en zona de conflicto, empuñar y disparar diversas armas y artefactos como: morteros, tanques, fusiles, etc y como varios de ellos se inmolan haciendo uso de vehículos-bomba blindados.
En medio de constantes comentarios laudatorios de los atentados de Barcelona y Cambrils, el 22/08/2017 a las 21:50 horas envió a Delfina un vídeo con imágenes de los atentados en Rusia, así como la ejecución de un prisionero efectuada por parte de un menor, miembro del Estado Islámico y 25/08/2017 a las 17:45 horas otro vídeo en el que aparecía un 'apóstata' capturado por los soldados del Daesh. Estos le interrogan y le dicen que mataran a todos los apóstatas que luchan en contra del Islam y del Estado Islámico. Posteriormente, se ve cómo le ejecutan con varios disparos en la cabeza.
El 26/08/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:05): España mucho. Están 'cagados' de miedo
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:06): Jijij, Sii i Dicen que van a hacer otra cosa en Barcelona. En el estadio o en el centro
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:06): es la verdad
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:06): Tu crees? Si Allah quiere
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:09): Ahora hablan mucho pero no se
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:10): Si Allah quiere Tambien le tiene que tocar a Madrid
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:11): Es la capital algo le tiene que tocar noii
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:12): Jijiji, su, tu estás allí no? harias algo
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:15): Me falta compañía
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:1'5): Te apuntas
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:15): Jiji Yo tengo voluntad Pero no conocimiento Pero quiero ayudar Allah sabe
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:18): Con la voluntad y la ayuda de Allah El conocimiento lo último
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:19): Si hermano, pero al final, el conocimiento Debe tenerse
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:191) No sé, yo ni se conducir
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:19): Sobre la marcha el conocimiento se aprende No hace falta carnet
- Delfina (AEI) 01:23): Pero si saber Conducir, jipi, O como lo harias tu
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:25): BOOOOOm Sorpresssaaaa
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:25): Jiiiiii, Mas difícil todaviaaa, Si no se conducir Menos se de explosivos
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:27): Conducir es fácil en línea recta
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:28): Los hermanos de las ramblas no lo hacían En línea recta. Tu sabes conducir?
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:29): Si claro
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:29:_Entonces que te lo impide
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:32): La cornpañia
- Delfina (AEI) (26/0812017 a las 01:34): Que compañía necesitas?
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:35): La compañía de eso Te apuntas?
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:36): Si, me enseñas
- Jesús Luis/08/2017 a las 01:37): Estás segura?
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:37): Por Allah te juro. Y tu?
- Jesús Luis (26108/2017 a las 01:37): Por mi si te juro por Allah
- Delfina (AH) (26/08/2017 a las 01:39): Y que hacemos
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:40): Tu y yo
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:43): Si
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:43): Si Allah quiere
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:43): Tu que harías? Yo tengo algo de dinero ahorrado
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:46) Yo también
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:46): Conoces algún emir que nos guíe?
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:48): No pero Delfina si Jiji
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01:48): No entiendo Estabas de broma?
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 01:49): Paciencia hermana
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 01 :50): Vale, Pero no mi trates como boba
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 02:34): Está claro Despues de Barcelona La red está llena de kufar (infieles) Esto segura
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 02:37): Claro están en Nivel 4 desde 2014
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 02:40): Nivel 5 salen los militares a la calle
- Delfina (AEI) (26/08/2017 a las 02:41): También salen en Francia y Bélgica y no hacen nada
- Jesús Luis (26/08/2017 a las 02:45): Pero dan mala imagen a la gente España vive del turismo, malo para ellos.
El 29/08/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:15): En que trabajas hasta tan tarde?
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:17): En Gas Natural
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:17): En serio?? jiji
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:17): Instalación iiii
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:18): Ahora entiendo Por que dijiste ayer Lo del boommm
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:19): Ah jijiji
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:19): Tu lo tienes fácil Si Allah quiere
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:20): jijiji
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:21): Y yo que hago hermano Solo se limpiar. Y cocinar
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:22): Con el coche
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:24): Que coche? No tengo
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:24): Lo vamos a comprar
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:25): Vale pero uno grande no? Pero barato
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:27): Claro muy grande jijiji
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:27): Jiji y donde la shahada (martirio por la fe) aquí en Granada?
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 00:29): No, la capital
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 00:30): En Madrid? Tu has pensado donde, hay zona peatonal allí también?
- Jesús Luis (29/08/2017 00:32): La zona peatonal hay muchas en todo el país.
(...)
- Jesús Luis a (29/O8/201t7 a las 01:46): Si estoy casado contigo los planes cambian Tenimos que esperar hasta 12 meses
- Delfina (AEI) (29/08/2017 a las 01:47): Y entonces?
- Jesús Luis (29/08/2017 a las 01:48): BOOOOOOm
El 01/09/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 01:55): Alabado sea Allah Ahora dicen Que los americanos los habían avisado (se refiere a los atentados de Barcelona)
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 01:58): Si jijilli Siempre buscan la falsedad para tapar sus penas
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 01:58): Si
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 01:58): Antes iran más vigilados, más preparados ahora?
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 01:59): Seguro que si, pero los infieles de Francia o los ingleses no pudieron evitar el resto
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 01:59): Nunca pararán a los hermanos y hermanas
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 02:02): Siempre llegan tarde
- Jesús Luis (AEI) (01/09/2017 a las 02:02): No lo pueden saber Hay muchos sitios donde hacerlo
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 02:03): Nunca Muchísimos
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 02:04): Pero con cuchillo o asi solo matas a uno o dos, para llevarte muchos infieles necesitas algo más que eso Y eso es más complicado no?
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 02:05): BOOOOOOm
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 02:05): Yo pensé en lo de Barcelona Pero en los foros dicen Que las bombonas de butano no explotan fácil Asi como así
- Jesús Luis (01109/2017 a las 02:09): Siempre explotan pero faltaba algo más!!!
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 02:09): Las cerillas Jiji
- Jesús Luis (01/09/2017 a las 02:10): Algo como eso pero en grande
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 02:12): Jiiji, un soplete de esos. Porque los hermanos no llevaban explosivos de verdad. Eran de mentira Porque debe ser difícil de conseguir
- Jesús Luis(01/09/2017 a las 02:14): Para fabricarlos no hay materia prima fácil de conseguir
- Delfina (AEI) (01/09/2017 a las 02:15): La tendrán controlada Y será cara
El 23/09/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Delfina (AEI) (23/09/2017 a las 21:04): Si Allah quiere contigo Has pensado algo para el paraíso para nosotros?
- Jesús Luis (23/09/2017 a las 21:05): Que?? Las útimas palabras no he entendido
- Delfina (AEI) (23/09/2017 a las 21:09): Jesús Luis que no entiendes Yo me quiero ir al paraíso contigo ... Pensé que tu me guiarías? Ya no soporto más esto...
- Jesús Luis (23/09/2017 a las 21:14): Si Allah quiere vamos a estar allí juntos
(...)
- Jesús Luis (23/09/2017 a las 21:18): Si vamos juntos vas a ser mía lo sabes no
- Delfina (AEI) (23/09/2017 a las 21:19): Si
El 28/09/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Jesús Luis (28/0912017 a las 00:35h): Ahora en Madrid cada día mas policía. No
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:35h): Pero te siguen o en general dices
- Jesús Luis (28109/2017 a las 00:35h.): Si en general pero es agobio
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:37h):Si. Aunque dicen que mucha se ha ido a cataluña
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:37h):Si, jipi', Están locos por lo de cataluña
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:39h): Siii. Tu andas con cuidado no?
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:40h): Yo siempre con el permiso de Allah
- Delfina (AEI) (28/09/2017 00:41h): Si Allah quiere. Te han dicho algo nuevo los hermanos?
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:42h): No todavía
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:42h): Perdóname
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:42h): Soy muy impaciente
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:43h): Falta poco para NAVIDAD
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:44h): Tiene algo que ver con navidad?
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:44h): Tranquila todo en manos de Allah
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:44h): Fiesta de infieles
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:44h): si
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:45h): Y cuando podré verte?
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:46h): Antes de la Navidad
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:46h): Claro jiji Pero no sabré nada hasta el final??
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:46h): Si ???¡¡¡ Te gustaría verme ahora¡¡¡
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 00:54h):_Estás conmigo en todo hasta la shahada (martirio) si Allah quiere
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:55h): Si Alah quiere
- Jose Ramón (28109/2017 a las gusta asi
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 00:55h): Si Yo te sigo Jesús Luis.
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:03h): Vale Jesús Luis. Yo estoy contigo
- Jesús Luis (28109/2017 a las 01:04h): Si allah quiere asi sea. Juntos
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:05h): Si Allah quiere. Y en el trabajo. Como te va?
- Jesús Luis (28109/2017 a las 01:06h): Ahora estoy más tranquilo. Gracias a Allah Y a ti como te va??
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:05h): Aburrida de todo. Ya ni quiero ir a clase Ya no voy a acabar el curso si Allah quiere
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 01:07h): Que clase
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:08h): De conducir. Estaba estudiando
- Jesús Luis (28/0912017 a las 01:09h): Bien, sácalo. Alabado sea Allah
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:10h): No me da tiempo en dos meses creo...jiji Me gustaría
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 01:12h): Claro sácalo por ayudarme que bien Venga anímate
- Delfina (AEI) (28/09/2017 a las 01:12h): Si Allah quiere me de tiempo Pero tu y yo vamos en el mismo coche verdad? Yo contigo
- Jesús Luis (28/09/2017 a las 01:13h): Claro todo está en manos de Allah Si juntitos
El 08/10/2017 Jesús Luis mantuvo la siguiente conversación con Delfina a través del chat on line de Facebook:
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:32h): Prepárate para verme jiji Si Allah quiere
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:33h): Cuando?? Jiji
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:33h): Estamos cerca Claro sobre ruedas así vamos a estar
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:35h): jiji Ya tienes coche?
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:33h): Te gusta no??
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:35h): Sii. Contigo
Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:36h): Estamos en ello, claro conmigo
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:44h): Entonces no necesitas nada de mi hasta la shahada (martirio)
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:47h: Necesito que estés tranquila y paciencia vale mi Delfina
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:50h): Sii pero ya sabes que me es difícil' jijj, ten cuidado vale. Ya conseguiste las cerillas (en referencia a elementos detonadores referidos en conversaciones anteriores)? Jiiji
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:47h): Gracias a Allah todo sobre ruedas
- Delfina (AEI) (08/10/2017 a las 13:50h): Gracias a Allah que Allah te bendiga
- Jesús Luis (08/10/2017 a las 13:51h): Y a ti
(...)
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 02:54h): Tranquila Si Allah quiere no pasa nada. No
- Delfina (AEI) (12/10/2017 02:54h): No quiero que te cojan
- Jesús Luis (1211012017 a las 02:54h): Esta todo bien hecho. No
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 02:55h): Si Allah quiere todo va bien
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 02:55h): Somos una docena
- Delfina (AEI) (12110/2017 a las 02:55h): Jiji Os ayudáis únos a otros
- Jesús Luis (12110/2017 a las 02:56h): Si Allah quiere. Claro así son los hermanos
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 02:56h): Sabes que me voy a examen de coche en 4 semanas Si allah quiere te puedo ayudar
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 02:59h): Si lo sacas de lujo
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 02:59h): Jiji Que tendría que hacer?
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 03:00h): Ayudarme, no es poco
Dos conductores juntos imagínate Voy a dornnir nnañana muchas cosas
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 03:02h): Pero solo conduce uno no? Valee
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 03:04h): Mi conductora vamos juntos
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 03:04h): Jiji Si Allah quiere, aunque yo se coches no camionetas
- Jesús Luis (12110/2017 a las 03:05h): Conduzco yo
- Delfina (AEI) (12/10/2017 a las 03:05h): Ahh entonces yo no jiji
- Jesús Luis (12/10/2017 a las 03:07h): Te doy un par de manzanas para abrir el camino Mañana hablamos.
Con posterioridad a ese día no volvieron a tener contacto, y, en los días posteriores no consta que Jesús Luis hubiese viajado a Salamanca, alquilado o comprado un coche o furgoneta o reunido con personas sospechosas.
La actividad proselitista y adoctrinadora de Jesús Luis no se reducía a contactos directos a través de Messenger, whatsapp y el chat on line de Facebook. Además, a través de su perfil de Facebook el acusado hacía llegar su mensaje a una generalidad de personas.
Aparte de su perfil propio, Jesús Luis pertenecía a un grupo de Facebook llamado 'visitas que revelan a los villanos'. Este grupo estaba dedicado a la difusión de todo tipo de propaganda yihadista del DAESH facilitando la difusión y el acceso a comentarios, fotografías y vídeos de contenido yihadista.
Además, el acusado el día 29/11/2017 se unió a otro grupo de Facebook creado con la finalidad de apoyar a los yihadistas del DAESH ante la batalla de Mosul (Irak).. El perfil se denominaba Mosul Castillo Unificación y servía 'Para apoyar a los muyahidines en la batalla de Mosul y todos los lugares de los partidarios del Ejército Estado Califato no aceptar derrotistas'.
Junto a esta actividad restringida en los mencionados grupos de Facebook, cl acusado proyectaba su actividad cn abierto para terceros a través de su perfil de Facebook denominado ' Jesús Luis', a través del cual realizó las siguientes acciones:
- El día 11/08/2016 compartió un vídeo publicado por el usuario del perfil 'la promesa de Allah es verdad', escribiendo el siguiente comentario en árabe: 'los cuatro hijos del Islam en Alemania. Dios es grande. Gracias a Dios'.
- El día 20/11/2016 compartió un vídeo del usuario del perfil 'La nación hoy', realizando el siguiente comentario en árabe: 'el sheik de Mosul dirige un mensaje importante' en el que se expresa el deseo de que el DAESH recupere Mosul mientras se exhibe bandera con la iconografía del DAESH.
- El día 20/1/2017 compartió un vídeo publicado por el usuario del perfil 'La nación hoy', realizando el siguiente comentario: 'Mosul con cámaras de apóstatas, explosión dirigida por muyahidín golpea agrupación y huyen como ratas'.
- El día 23/01/2017 a las 14:43 horas compartió un vídeo elaborado por una productora del DAESH realizando el siguiente comentario: 'Preparad vuestras cuentas y preparad vuestras municiones emisión de Nínive...llegará...con el permiso de Allah.... verán maravillas
- El día 07/03/2017 dio un 'me gusta' a una fotografía publicada en Facebook en la que se observa a un yihadista del Estado Islámico conocido como 'el checheno', alias de Ángel, que murió en combate en Siria.
- El día 03/03/2017 dio otro 'me gusta' a una fotografía publicada en Facebook en la que se observa una explosión provocada por el DAESH, sobre la que se podía leer la palabra en árabe: 'seguirá'.
- El día 04/03/2017 a las 11:28 horas le dio a la opción 'I me gusta' sobre una fotografía publicada en Facebook de un yihadista del DAESH que habría fallecido en combate llamado Braulio, con el siguiente comentario, en árabe: 'Oh Mártir, sabes lo que parte el corazón tu ausencia, son los restos que dejaste al partir, Braulio'.
- El día 17/03/2017 dio un 'me gusta' a una publicación escrita en árabe titulada 'diario de yihadismo' el islam es la verdad, por favor apoyad la página. que A/lah os bendiga y que se os sume esto en la balanza del bien '.
- El día 03/03/2017 le dio un 'me gusta a una fotografía de un yihadista del DAESH que viste ropa militar de color verde, y un pasamontaña negro.
- El día 22/03/2017 a las 17:31 horas publicó un vídeo titulado en árabe: 'palabras que hacen llorara los ojos de todo musulmán', sobre víctimas musulmanas de diferentes conflictos bélicos vídeo concluyendo con el siguiente comentario: 'El Estado Islámico es tierra de los musulmanes, de todos los musulmanes... es hora de levantarse en contra de los líderes tíranos, en contra de occidente
- El día 16/04/2017 dio un 'me gusta' a una fotografía de Facebook de un yihadista que se encuentra sentado portando un arma y una bandera.
B.- Los acusados Jose Ramón y Jose Augusto tras haber asumido los postulados, fines y doctrinas del DAESH, como lo demuestra la posesión y acceso a diverso material yihadista, se dedicaron al menos desde diciembre de 2016 hasta el 5 de diciembre de 2017, en que fueron detenidos, tras la entrada y registro en su domicilio, a la difusión a través de internet de vídeos y mensajes de contenido radical yihadista a otras personas con la finalidad de atraer adeptos a dicha ideología terrorista así como de incitarlos a cometer actos violentos contra infieles, como propugnaba la misma.
Jose Ramón tenía guardado en su teléfono IPhone 6 (2TELI), intervenido en el registro de su domicilio, la fórmula de juramento de lealtad o BAIA al Khalifa del DAESH Ricardo.
A través de dicho teléfono realizó también las siguientes búsquedas en internet:
- Buscó información sobre Higinio, quien fuéra portavoz oficial del autodenominado Estado Islámico y uno de sus más destacados dirigentes
- Realizó búsquedas a través de google relacionadas con el DAESH, en la que aparecía Higinio
- Igualmente, realizó una búsqueda Google de una web llamada: dawaalhaq.com (estado verdadero), donde se podía acceder a noticias y vídeos relacionados con el DAESH
- A través de Google accedió a la página web http://www.dailymotion.com/vídeo/x2680sw en la que se visionaba un vídeo relacionado con el DAESH, en inglés
- Realizó una búsqueda en Wikipedia sobre el nueVo portavoz de DAESH, Sebastián, actual portavoz del DAESH
- Accedió a la página http://islamion.com en la que aparecía una imagen de Bin LADEN y diferentes imágenes relacionadas con Al-Qaeda
- A través de dicho terminal accedió a un vídeo en el que el Juan Manuel criticaba a otros Sheiks por no seguir la Sunna Salafista como está dictada, provocando que las nuevas generaciones sean dadas a la apostasía en los países árabes.
Por su parte, Jose Augusto también había escrito de su puño y letra en un cuaderno que le fue intervenido en el registro del domicilio (3DOC4) un juramento de lealtad al DAESH.
Además, guardaba en el ordenador portátil intervenido (3HDl) los siguientes archivos con juramentos al El:
- DIRECCION006: vídeo de la productora 'Al- Baraqa' en que se hace una jura de lealtad al Khalifato y a su Khalifa de los hermanos musulmanes de Nigeria.
- DIRECCION007: vídeo de la productora 'Al-Furat'l en el que aparecen varios yihadistas jurando lealtad al El
- DIRECCION008 del discurso de tres soldados del El Juran de lealtad de soldados de Nigeria al E.l.
También tenía descargado en el disco duro el libro 'Tareas y cometidos para el monoteísta y el combatiente', escrito por Edemiro quien fue nombrado Emir de la ciudad de Derna (Libia) por Ricardo.
Interiorizando esta doctrina, en el cuaderno reseñado como 3DOC1, escribió las siguientes consignas:
1) los libres son extraños en el mundo de esclavos, extraños y solos ante Alá nos postramos'
2) 'La Yihad es una obligación desde la caída de Al-Andalus'
3) 'Prefiero morir en las guerras con dignidad mejor que vivir humillado '
4) 'Restauraremos la ley de Dios en la tierra con su permiso '
5) 'Una hora de Yihad es mejor que adorar a Dios durante 60 años'
6) 'Dios, Alá, Corán, yihad'
7) 'La Yihad en esta época es una obligación de las obligaciones del Islam, quien se muere sin cumplir con esa obligación es como si hubiera comido durante el mes del ayuno'
En el cuaderno 3DOC3 escribió:
1)'No dejes la Yihad ya que todo pueblo (umma) que dejó la Yihad fue humillado por Ala. No tengáis miedo, sois superiores si sois fieles y como dijo el enviado de Ala (Ahora, ahora, llegó la lucha)'
2)'Madre mi corazón late, la brisa del paraíso colma, déjame adelante. Madre si te llega la noticia de que agonizo en la plaza, tu consuelo madre es que conseguí lo que esperaba, las de los grandes ojos me llaman, déjame madre, déjame, 'las de las grandes y bellos ojos me llaman, déjame madre déjame, no intentes disuadirme, no llores madre, mi camino se ha aclarado el corazón alegre'
3) Guerra Yihad encendido, sangre que corre con orgullo, madre mi fe se quema y necesita a hombres que cumplen, déjame hacer con mi sangre un alba de horizonte rojo',
En el cuaderno 3DOC4 escribió:
'Un padre y sus cinco hijos se fueron a la Yihad en Siria. Pedimos a Ala que los guarde y los mantenga firmes'
Cecilio Al-Andalussí
Claudio.
En el cuaderno reseñado como 3D005 anotó referencias a Sheiks radicales conocidos por sus llamamientos y apoyo a la Yihad, como Higinio, Juan Manuel, Ruperto, Teodulfo, Jose Carlos.
En este cuaderno, además, escribió:
1) 'Energía oh seguidores, apoyo hermanos, energía oh seguidores del Estado, la cuenta se tambalea, no llores pequeña, Ala está con nosotros, es el mejor tutor y el mejor padrino'
2) Sobre Carlos Francisco, autor de los atentados ocurridos en la ciudad de Londres el 24 de marzo de 2017, escribió: 'como un soldado del califato que sea bien recibido por Dios'.
Ambos acusados mantuvieron contacto con Claudio, un menor de edad que viajó a Siria a realizar la yihad armada y que fue posteriormente detenido en Marruecos e indultado. Jose Ramón se vanagloriaba públicamente de esta amistad con un combatiente del DAESH publicando el 03/07/2016 en su perfil de Facebook una fotografía en la que se les podía ver juntos.
Jose Ramón se encontraba en disposición de cometer actos violentos. Así, a través de su teléfono móvil lphone 6 (2TEL 1) accedió a un vídeo elaborado por la productora Al Masada, vinculada a Al Qaeda, en el que aparecía Osama Bin Laden haciendo un llamamiento expreso a hacer la yihad y a cometer acciones terroristas. (Ubicación:https://archive.orq/delailsimn akbar muslman) y a la página http://archive.li/81EdA utilizada por el Estado Islámico para difundir propaganda de la organización, ensalzando la vida en el 'califato' y exhibiendo sus bondades con imágenes sobre el día a día de los muyahidines.
En un pendrive intervenido en su habitación (dispositivo 2USB2) tenía grabada una imagen con un llamamiento expreso a hacer la yihad y a cometer acciones terroristas: 'Dejad el luto y haced la yihad. La capital de los jazmines se está asfixiando con los venenos de los infieles'.
También guardaba almacenado en el pen drive un vídeo que contenía una grabación en la que se veía a Jose Ramón mientras conducía su vehículo y cantaba un cántico yihadista, anunciando su muerte como mártir y despidiéndose de su familia, cuya letra era: 'Emprendí mi camino con firmeza de hierro. Me despido de la vida y me dirijo hacia la tierra de los leones. Madre, no estés triste pues me fui a las tierras de Iraq. Limpia tus lágrimas, pues me fui a decapitar a los judíos, tan solo me fui a la decapitación de los judíos. Discúlpame padre, amé la yihad con el fin de proteger a los siervos. Oh mujer mía. Si muero se paciente pues seré un mártir, orgullosa tendrás que estar. Se perdonarán todos mis pecados, contenta tendrás que estar. Oh hermanos! Vuestros hermanos en el Sham del yihad os están llamando. Venga emigrad, o es que estáis conformes con estar pasivos'.
Asimismo, Jose Augusto tenía cierta predisposición a la idea del martirio, pues guardaba en su ordenador una imagen suya sobre la que escribió los siguientes textos en árabe: 'Somos de Alah y a él regresaremos' en letras azules y 'Lo consideramos un mártir y Alah la última consideración' en letras de color rosa, otra fotografía suya simulando una decapitación y un vídeo realizando ejercicios con un machete de grandes dimensiones.
Y guardaba también un vídeo de amenaza concreta a España que se había descargado en su teléfono móvil Samsung Galaxy S7 (3TEL2 Samsung GSM SM-G930FGalaxyS7.zip sdcard/Download/.com.google.Chrome.2L9qWw) en el que podía visionarse una amenaza que realizó un combatiente del DAESH procedente de España contra nuestro país tras los atentados perpetrados en las Ramblas del Barcelona.
Teniendo asumidos los postulados más radicales del DAESH dieron un paso más y con la finalidad de colaborar en la estrategia de propaganda de la ideología del DAESH, ambos hermanos, Jose Ramón y Jose Augusto, se formaron en el manejo de explosivos y todo tipo de armas y los difundieron a través de sus perfiles de Facebook para enseñar a otros a fabricarlos y utilizarlos para ejecutar a occidentales.
Así, Jose Augusto, usando la RED TOR para garantizar su impunidad, realizó el día 18 de febrero de 2015 a distintas horas al menos diez búsquedas desde su ordenador de vídeos de youtube que contenían tutoriales sobre modos de fabricar, bombas de humo, taser Eléctrico Casero, pistola casera o cuchillo balístico con hoja desmontable, vídeos todos ellos retirados de la red.
Además Jose Ramón accedió a través de su teléfono móvil IPhone 6 a vídeos sobre fabricación de explosivos y ejecuciones de occidentales existentes en repositorios del DAESH como archive.org, siendo descargados desde y almacenados en el disco duro del ordenador portátil, hallado en la habitación de Jose Augusto, y publicados en los perfiles de Facebook que ambos gestionaban.
En concreto:
- El día 04/12/2016 a las 00:50 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en el que se alecciona sobre la forma de fabricar un explosivo casero. Además, en el vídeo se observa a un yihadista del DAESH dando una clase práctica de cómo apuñalar a ciudadanos residentes occidente, mediante el apuñalamiento real de una persona maniatada, añadiendo el siguiente comentario en lengua árabe: 'Provincia de Raqqa, a por ellos monoteísta, la victoria para el Estado Islámico'.
- El día 25/12/2016 a las 18:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe al que añadieron el siguiente comentario: 'Ideas yihadistas para lobos solitarios. Manual para la elaboración de un explosivo casero. A por ellos monoteístas. Forma de fabricar el explosivo más sencillo sin necesidad de sustancias que llamen la atención a la hora de la compra, acompañado de un enlace pata descargar antes de eliminar'. En el vídeo se enseña a fabricar, de forma sencilla un artefacto explosivo con Peróxido de acetona (Triperóxido de Triacetona, Peroxiacetona-ATTP).
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en el que se observa los pasos a seguir para preparar los componentes de un artefacto explosivo. En el vídeo de la productora ALWAIAD MEDIA se puede ver la bandera del DAESH en el fondo de la imagen.
Con tal propósito ambos acusados realizaron de forma constante y metódicamente labores de proselitismo, bien de forma concreta con
personas de su entorno, bien de forma abierta a través de distintos perfiles de Facebook.
Así, Jose Augusto, a través de la aplicación de mensajería Whatsapp que tenía instalada en su teléfono móvil Samsung Galaxy S7 compartió con terceras personas no identificadas los siguientes vídeos y fotografías:
1) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcardANhatsApp/Media/WhatsApp Images/Sent/lMG-20171025-WA0009.jpg: Fotografía de un mártir antes de inmolarse.
2) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/WhatsApp/Media/WhatsApplmages/Sent/lMG-0171026-
WA0062.jpg: Imagen del sheik radical Arifi.
3) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/WhatsApp/Media/WhatsApplmages/Sent/lMG-20171031WA0003.jpg: Fotografía en la que se observa a una persona aparentemente homosexual, con el siguiente texto: 'Cuál es el arma adecuada para acabar con esta criatura'.
4) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/WhatsApp/Media/WhatsApp vídeo/Sent/VlD-20171021WA0106.mp4: En el vídeo se ven imágenes de entrenamientos y asaltos, a la vez habla sobre la preparación que llevan a cabo los miembros del DAESH para el combate.
5) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7zip/sdcard/WhatsApp/Media/WhatsApp vídeo/Sent/VlD-20171022WA0255.mp4, VI-20171023-WA0023.mp4, VID-20171026-WA0007 .mp4: El vídeo informa sobre la rutina diaria en las poblaciones donde está asentado el DAESH, asimismo comentan sermones del heredero del profeta.
6) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcardlWhatsApp/MedialWhatsAppvídeo/Sent/VlD-0171028- WA0003.mp4: En el vídeo se ve a una persona anciana llamada Justiniano , el mismo habla a los niños diciéndoles que es una obligación para todos, mujeres, niños, hombres y ancianos hacer la yihad en los tiempos actuales.
7) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/WhatsApp/Media/VVhatsApp vídeo/SentNlD-20171028WA0009.mp4: Es un vídeo en el que explican que el DAESH ha ganado la guerra a los cristianos
8) Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/VVhatsApp/Media/VVhatsApp vídeo/SentNlD-20171029WA0008.mp4: El vídeo recita dichos del profeta y dice que combatirán a todos los incrédulos que no se conviertan al Islam, en caso de que se nieguen a convertirse se derramara su sangre.
La actividad proselitista de los hermanos Jose Ramón Jose Augusto se realizaba también a través de la interacción personal en la red. Así, desconociendo la verdadera identidad del A.E.I., le mandaron el siguiente material, en la creencia de que se trataba de Mario:
A través del perfil DIRECCION010', el 08/11/2017 a las 14:38horas, le enviaron sin interactuación previa un vídeo de dos minutos y veintinueve segundos en el que se observaba en un primer lugar el escudo de la productora del Estado Islámico 'Barakah Wilayah' y posteriormente cuando da comienzo la emisión del vídeo se reproducían batallas y enfrentamientos armados entre yihadistas y miembros de otros ejércitos.
A través del mismo perfil DIRECCION010 el 08/11/2017 a las 14:56 horas le mandaron el siguiente texto en árabe: 'La democracia es contraria a la ley de allah y lo que dicta, por lo tanto todo aquel que la sigue es infiel. Y todo aquel que pide votar también es infiel, así como todos los partidos políticos que invitan a la gente a ser impíos'.
El día 30/11/2017, le enviaron el enlace a un nuevo vídeo emitido por la Agencia Mediática del Estado Islámico AL-HAYAT.
Por otra parte, ambos acusados operaban en Facebook a través de una red de acceso privado restringida únicamente a aquellos usuarios que eran aceptados como amigos en la red social.
Para esta labor, los acusados se servían de material elaborado por las siguientes productoras vinculadas al DAESH: AL MASADA, ALANBAR, ALBARAKA, AUANUB', AL.RAQAWILAYA, HOMS, NINIVE, AMAQ, HAMAWILAYA, AL FU RAT, AL JAZIRAH, ARRAQAH, AL KHAYR, NINAWA, AL FALLUJAH, DIJLAH, NORTH BAGHDAD, AL WAAD MEDIA, AJNAD, HALAB, AL FURQAN, AL HAYAT MEDIA CENTER, ASAWIRTIMEDIA, ALWA I AD MEDIA PRODUCTION, DIMASHQ HIMS, HALAB, SALAHEDIN y SECURITY DATABASE.
Concretamente, los acusados crearon varios perfiles de Facebook usados indistintamente por uno y otro con los que propagar su mensaje terrorista. Entre ellos DIRECCION009, DIRECCION009, DIRECCION011, DIRECCION012, DIRECCION013 y DIRECCION009.
A través de estos perfiles, difundieron los siguientes mensajes:
- El día 03/12/2016 a las 22:14 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una fotografía del autor del atentado en la Universidad de Ohio en Estados Unidos añadiendo el siguiente comentario: 'Fuente de Seguridad de la Agencia Amaq: El que perpetró el ataque en Ohio en América es un soldado del Estado Islámico. Ejecutó la operación en respuesta a las llamadas de atacar a ciudadanos de países de la coalición internacional'.
- El día 04/12/2016 a las 00:40 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora NINAWA (Ninive) en el que aparecen varios yihadistas del DAESH ejecutando a enemigos mientras de fondo se escuchan Nashid. Al final del vídeo se observaba como un francotirador disparaba a un hombre atado y vestido con un mono de color naranja. Al vídeo añadieron el siguiente comentario en árabe: 'Allah es grande, salió la emisión nueva, provincia de Ninive, Emisión audiovisual: Cayeron las balas'
- El día 04/12/2016 a las 00:50 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en el que se observaba a un yihadista del DAESH dando una clase práctica de cómo apuñalar a ciudadanos residentes occidente, mediante el apuñalamiento real de una persona maniatada. En la parte final del vídeo se observaba a un individuo con el rostro cubierto que da una lección práctica de cómo fabricar un explosivo casero. A todo añadieron el siguiente comentario en lengua árabe: 'Provincia de Raqqa, a por ellos monoteísta, la victoria para el Estado Islámico'.
- El día 04/12/2016 a las 00:45 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo realizado por la productora FURAT en el que se podía oír en off la voz de Ricardo afirmando que, con la llegada del Califato, se había unificado el Islam y realizando una llamada a los jóvenes a la Yihad. Finalmente, aparecía una imagen donde se podían ver varias banderas de los países considerados enemigos por el DAESH entre ellas la bandera española.
- El día 04/12/2016 a las 01:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en cuya parte superior aparecía el comentario: 'Caravanas de los mártires. Oh Allah, perdí a seres queridos, lo mejor de mi vida tras ellos será malo. Oh Allah, úneme a ellos en el paraíso'.
- El día 05/12/2016 a las 01:20 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora ALWA'AD MEDIA en inglés en el que se incitaba a realizar la yihad y a matar a los enemigos del Islam allí donde se encuentren.
- El día 25/12/2016, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una imagen sobre el atentado contra un mercadillo navideño en Berlín que tuvo lugar el 20 de diciembre de 2016, escribiendo el siguiente texto: 'Para ti presidenta de Alemania, para ti vieja. Y para tu ejército cruzado. Metiste a tu país en una guerra. Que será de ti y de los afeminados de tu ejército, tienes que entender y saber que las explosiones y las matanzas y destrucciones en el corazón de vuestros hogares no se detendrán porque habéis declarado la guerra a la gente equivocada.'
- El día 25/12/2016 a la 01:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en el que se mostraba la ejecución de dos prisioneros del Estado Islámico que eran quemados vivos.
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, divulgaron un vídeo sobre diferentes atentados y ataques que realizaron los combatientes pertenecientes al DAESH seguido de un segundo vídeo en el aparecían imágenes de varios atentados cometidos por yihadistas del DAESH.
- El día 14/01/2017 a las 21:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora JAZIRAH VILAYAH titulado Guerra y Firmeza en el que se animaba a los combatientes para que sigan realizando la Yihad, incluso mediante el martirio.
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo elaboradô por la productora AL-FURAT sobre el atentado realizado en el aeropuerto de Bruselas (Bélgica) el 22 de marzo de 2016 en el que aparecían tres soldados del DAESH que manifestaban: 'Éste en un mensaje para los belgas y franceses, probad de lo que habéis hecho pasar a los musulmanes...mientras sigáis matando musulmanes, siempre seréis objetivos nuestros....estamos en todas partes y podemos atacar a quién queramos y dónde queramos no estaréis seguros ni en vuestros dormitorios'
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una fotografía sobre los atentados ocurridos en Niza (Francia), Berlín (Alemania) y Jerusalén (Israel) realizando el siguiente comentario en árabe 'Lobos solitarios'.
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un comunicado de la Agencia AMAO en el que se podía leer el siguiente comentario en árabe: 'Muerte ayer de miembros de la policía egipcia en un ataque armado de E.l., en un control policial cercano al edificio de la Segurldad Nacional antlguo, en el centro de Al Arish 'I .
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo con imágenes de varios mártires que se habían enrolado para combatir junto con el DAESH.
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron tres fotografías en las que se puede ver al autor del atentado ocurrido en Orlando (EEUU), Jose Luis
- El día 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora ALBATTAR sobre los atentados cometidos por Jose Luis en fa ciudad de Orlando (EEUU) y reproducía el comunicado realizado por el portavoz oficial del DAESH Higinio haciendo un llamamiento a la práctica de la Yihad en el corazón de los hogares de los infieles.
- El mismo día a las 19:20h, en el perfil de Facebook DIRECCION011 publicaron en el muro de su perfil un vídeo titulado 'Vuelta a publicar el vídeo. Oficina de información de la provincia titulado; de Khorassan, presenta, la vida bajo la sombra del Califato' realizado por la productora KHURASAN WILAYAH
- El 14/01/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora OAWOAZ WILAYAH en el que se arengaba a atentar con cualquier cosa que se tenga a mano, una piedra, un coche, un cuchillo etc., siguiendo las instrucciones de Bartolomé en uno de sus comunicados
- El día 24/01/2017 a las 19:01 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION012, publicaron una imagen de un yihadista portando la bandera del Estado Islámico, con el siguiente texto en árabe: 'Llegaremos, adoradores de la cruz'.
- El día 24/01/2017 a las 13:17 horas actualizaron su foto de perfil en DIRECCION009 en la cual aparece Gregorio, uno de los terroristas que perpetraron los atentados de noviembre de 2015 en París, vestido con ropa militar
- El día 24/01/2017 a las 16:48 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un comunicado oficial del DAESH, en el cual se puede leer escrito en árabe: 'Urgente. iProvincia de Nínive. Operación de martirio sobre agrupación del ejército
- El día 26/01/2017 a las 16:49 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION013 publicaron ún vídeo realizado por la productora NINAWA WILAYAH, titulado: 'Caballeros de las administraciones' sobre la organización interna del DAESH y su reparto en distintas provincias. El vídeo finalizaba con la imagen de un mártir que se encuentra en el interior de un vehículo cuando está a punto de cometer un atentado e inmolarse.
- El día 20/02/2017, a las 00:57 horas, en el perfil DIRECCION011, publicaron en árabe: 'Combatid a los imanes paganos' y bajo esta frase publican una imagen de cuatro Sheikh. Debajo de esta imagen aparecen unas grafías en árabe que dicen: 'Combatid a los imanes paganos. Oh monoteísta, que sepas que matando a los predicadores del mal tiene una gran recompensa y que matándolos es como si mataras a un diablo. El honor de niñas que fueron violadas y los niños que fueron asesinados y los hombres que fueron capturados hansido con sus Fatwas (decreto religioso). A por ellos monoteístas'.
- El día 22/02/2017 a las 19:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION011, publicaron un vídeo titulado: 'Nuevo de la provincia de Salaheddine. vídeo parte de la vida del reportero Nemesio, Romualdo, que Allah. lo acepte'. En la reproducción se enaltecía la figura de este yihadista muerto.
- El día 22/02/2017 a las 19:40 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION011, publicaron un vídeo titulado: 'Nuevo, nuevo ahora. vídeo del Sinaí presenta. Combatid a todos los paganos'
- El día 22/02/2017 a las 20:35h, en el perfil de Facebook DIRECCION011, publicaron un vídeo titulado 'El cántico audiovisual. Cántico de vengativo' de la productora ALHAYAT MEDIA CENTER en el que se instaba a la recuperación del Al-Andalus al que añadieron el siguiente comentario: 'tras el llamamiento de Higinio a los seguidores del Califato con el fin de combatir a los cruzados en el corazón de sus tierras un grupo de musulmanes se lanza para salvar la verdad y su estado, así hicieron olvidar a los adoradores de la cruz la seguridad y les hicieron probar de la copa del castigo. Ello ha sido más que una ínfima parte y lo que les espera será aún más doloroso y más amargo'
- El día 24/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION011 divulgaron un vídeo de la productora ALBATTAR en el que se observaba a un combatiente del DAESH blandiendo una espada mientras decía: 'hay que matar a los sheik impíos porque también están llevando a cabo una guerra en contra del monoteísmo... '
- El día 24/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION011 compartieron un vídeo sobre el abastecimiento de provisiones que realizaba el DAESH hecho por la productora NINAWA.
- El día 24/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION011, publicaron la imagen de tres varones combatientes del DAESH que fueron abatidos por la policía belga en enero 2015 con el nombre de cada uno de ellos: Abelardo @ DIRECCION014, Benedicto @ DIRECCION015 y Eladio.
El día 26/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Publicado ahora. Explosión mediante cinturón explosivo, en el interior de una comisaría de policía en Constantina, Argelia. '
Seguidamente, el mismo día 26/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, comentaron el anterior atentado escribiendo 'Muertos y heridos en comisaría de policía en Constantina, al este de Argelia como resultado de una operación de martirio'
El día 26/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron en árabe el siguiente comentario: 'Asesinato ayer de 3 soldados egipcios, en puntos de registro, en la ciudad de Rafh'.
El día 27/02/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una noticia de la Agencia Amaq sobre el atentado en la Comisaría de Policía en una localidad de Argelia, con el siguiente contenido: 'Agencia Amaq: fuentes de seguridad de la agencia Amaq: Operación de martirio de un combatiente del Estado Islámico, que tuvo como objetivo una comisaría de la policía argelina, en el centro de Constantina'
El día 01/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Fuente de seguridad: Operación de martirio ayer de un combatiente del Estado Islámico, con mochila explosiva, que tuvo como objetivo una comisaría de policía argelina, en el centro de Constantina'.
El día 01/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, compartieron un vídeo sobre que relata la vida de las personas que residen en las zonas controladas por el DAESH realizado la productora HAMAH VILAYAH
El día 01/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo de la productora FURAT WILAYAH sobre los campos de entrenamiento de los combatientes del Estado Islámico, con el fondo de un discurso de Eladio quien dice: 'que tengan paciencia y fuerza en su lucha'.
El día 02/03/2017 a las 14:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, divulgaron un nuevo vídeo titulado: 'Triste vídeo. Provincia del sur. Romeo el militar, amigo y compañero de camino, de Justiniano, que Allah lo acepte. Si nunca viste Justiniano, observa a Romeo, es una copia de él de la productora AL JANUB VILAYAH. en el que se ensalza la figura de un yihadista fallecido llamado Romeo
El día 02/03/2017 a las 14:00 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, subieron a la red social un vídeo en el que se exponía cuáles son los Sheikh cuya doctrina es aceptada por el DAESH, concretamente el Avelino, que Allah tenga misericordia de él. El Ruperto, que Allah le libere. El SheikhSuleiman Al Ulwan, que Allah le libere. El Ruperto al Sinati, que Allah lo libere y muchos de los que han sido arrestados por Al Salul. Muchos de vosotros no les conocen, solo conocéis los Ruperto del dólar; pues los de la verdad no los encontraréis libres en tiempos enlos que gobierna América'.
El día 02/03/2017 a las 14:02 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron un comentario escrito en árabe, sobre dos fotografías del yihadista Jaime: ' Jaime el británico: Viaje de la Yihad desde Afganistán hasta las cárceles de Guantánamo, después Al Sham y finalmente operación de martirio en Mosul, en Irak. Agencia de información islámica: Fs cierto que es el mártir cuya foto fue publicada por el Estado Islámico, sonriendo mientras estaba en el interior de su coche bomba, antes de ejecutar la operación de martirio al suroeste de Mosúl. ' Nicolas' o tal y como le llaman Virgilio el británico, fue puesto en libertad tras estar en Guantánamo en el 2004. Anteriormente estuvo arrestado en Afganistán. Tras ser liberado, Jaime el británico, consiguió una indemnización del gobierno británico tras declarar que los agentes estaban al corriente de las torturas recibidas en Guantánamo, llegando algunos de ellos a participar en dichas torturas. Se unió Jaime a la Yihad en Siria en el año 2014, por Turquía, con la intención de unirse al Estado Islámico. Se convirtió Jaime al Islam durante el instituto, cuando conoció a amigos musulmanes, cambiando su nombre posteriormente de Jesús Ángel a Abel'.
El día 02/03/2017 a las 14:03 horas insistieron sobre el mismo tema con el siguiente comentario: ' Jaime el británico, que Allah lo acepte, anteriormente preso de Guantánamo. Con nivel económico alto, tal y como demuestran las fotografías de su casa en Londres. Hizo lo imposible, entregó dinero y pasó fronteras con el fin de poder llegar a las tierras de DAESH y detonar su cuerpo entre las fuerzas paganas ¿Cuánto piensas que le pagó DAESH para que sus hijos no encuentren ninguna parte de su cuerpo para poder enterrar?
El día 06/03/2017 a las 18:37 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Escucha América, escuchad cruzados y judíos. A la espera de la promesa de Allah y en base a ella programados estamos. No nos asustarán vuestros ejércitos. No nos pararán vuestras amenazas ni vuestras operaciones. Jamás venceréis, y seréis derrotados. ¿Piensas, América que la victoria es asesinando un líder o más de uno? Acaso venciste asesinando a Benito, Casimiro o Fructuoso o bien Claudio. Piensas que vencerás si matas al Checheno, Eulogio o Gaspar o bien Fructuoso?. De ninguna manera., La victoria llega cuando vences al adversario... Eladio, que Allah lo acepte'.
El día 06/03/2017 a las 18:38 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario 'Oh Allah, dale la victoria al Estado del Califato. Protege sus en árabe: miembros, seguidores y emires. Oh Allah, vence a los enemigos de la religión y derrota a los infieles, afeminados, judíos y cruzados. Carboniza a los ulemas de los sultanes y resto de apóstatas. Oh Allah, maldice a losShiitas, oh Allah, destrúyelos y parte sus espaldas'.
El día 09/03/2017 a las 18:03 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron una publicación en árabe en la que se puede leer: 'Agencia Amaq: 400 entre muertos y heridos en una operación de martirio de combatientes del Estado Islámico en el hospital militar de Kabil'.
El día 09/03/2017 a las 18:05 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron un comentario en árabe sobre un c yihadista del DAESH que habría fallecido en una acción de martirio: 'Provincia de Nínive. El hermano mártir Samuel el jordano, que Allah lo acepte'.
El día 09/03/2017 a las 18:06 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron la siguiente publicación en árabe: 'Urgente: explosión de coche bomba aparcado entre agrupación del ejército iraquí en la calle Al Cornich, al oeste de Al Anbar'.
El día 09/03/2017 a las 18:07 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron en árabe: '40 muertos en un ataque suicida el sur de Beiji. Salaheddine-Agencia Amaq: Fuente de la agencia Amaq anuncia que al menos 40 muertos ayer miércoles y decenas de heridos en una operación de martirio realizada por combatientes del Estado Islámico en la boda de uno de los dirigentes en el poblado Al Hojaj, al sur de Beiji' El día 09/03/2017 a las 18:25 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron en árabe: 'Agencia Amaq: Urgente: dos maãuinarias dañadas pertenecientes a las fuerzas iraníes mediante dos misiles en las inmediaciones del poblado Al Damerji, al oeste de Mosul. El día 09/03/2017 a las 18:25 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Agencia Amaq.
Asesinato ayer de un coronel de la policía egipcia y un oficial herido tras la detonación de un artefacto explosivo, al norte de Al Arish '
El día 19/03/2017 a las 19:06 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una imagen en la que se podía ver a un combatiente del DAESH arrastrando un cadáver de un soldado iraquí y una segunda del mismo cadáver a quien un tercer sujeto le estaba pisando el cuello con la siguiente leyenda en árabe: 'Allah es grande, ahora la oposición,el grupo de lucha contra el terrorismo, la policía federal, caen como insectos en las c.alles de Mosul',
El día 19/03/2017 a las 01:09 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo titulado: 'Nuevo. Calidad superior. Tiempo, 34:54 mn. Provincia de Ninive' realizado por la productora NINAWA VILAYAH en el que se mostraban imágenes de yihadistas del DAESH combatiendo o realizando operaciones suicidas en vehículos en la batalla de Mosul.
El día 19/03/2017 a las 01:11 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo titulado: 'El niño sunní de Mosul. Educado y criado en los colegios del Estado del califato'.
El día 19/03/2017 a las 20:54 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una imagen con un gráfico de objetivos supuestamente alcanzados por el E.l. entre los meses de febrero y marzo de 2017.
El día 19/03/2017 a las 21:10 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una serie de imágenes de combatientes del DAESH, comentando en árabe: 'Urgente. Provincia de Nínive. Imágenes de intercambio defuegocon la policía federal en la zona derecha de Mosuf' El día 20/03/2017 a las 17:52 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron un comentario en árabe: 'Pedimos a Allah que acepte vuestra yihad (algunos murieron y otros están a la espera)' junto a la bandera del DAESH
El día 20/03/2017 a las 18:44 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, sobre la foto de un guerrillero comentaron: 'Urgente. Provincia al Khair caen las ayudas enviadas para los nasiries en manos de los muyahídínes en los alrededores del aeropuerto militar. A Allah las gracias'
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo titulado: 'Nuevo. Calidad superior. Duración 34:54mn. Provincia del Ninive' en el que se podían ver cuatro cabezas decapitadas y al lado un yihadista diciendo que 'éste es el destino de los cerdos del ejército iraquí'. Posteriormente aparecía un menor de unos 6 0 7 años vestido con uniforme de militar y un cuchillo en la mano. El niño decía 'Allah y su profeta, no se pueden juntar el infiel y su asesino en el infierno'. Seguidamente aparecían dos yihadistas que a su vez traían atados a dos prisioneros, uno do los yihadistas cogía ol cuchillo que portaba el niño y degollaba ante la cámara a los dos prisioneros. El vídeo finalizaba con una escena en la que se veía como un tercer yihadista con la cara tapada decapitaba con una espada a un prisionero arrodillado.
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron la imagen de dos yihadistas en las que se podía leer en inglés y árabe: 'Los caballeros del martirio de Bélgica'
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Se asesinó en silencio. Asesinato de un soldado afgano ayer por combatientes del Estado Islámico, en la ciudad de Khust'l
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron varios enlaces provenientes de distintos sitios web que redirigían a varios vídeos en los que se podía ver combates en los que participan yihadistas del DAESH, con el siguiente comentario en árabe: 'Ejercito de Khalidibnu al Walid, que Allah esté complacido con él. vídeo, la victoria llegará con la paciencia. Enlaces para visionado. Enlaces para descarga'.
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una noticia en árabe sobre el asesinato de varios combatientes del PKK,: 'Provincia Al Jazzera, muerte de al menos 10 miembros de los apóstatas del PKK, al oeste del poblado de Sinjar'.
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe titulado: 'Nuevo ahora. Para la publicación. vídeo. Duración, 12:00. Ejército de Khalidlbnu alWalid, que Allah esté complacido con él presenta el vídeo: la victoria llegará con la paciencia'.
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe sobre el que realizaron el siguiente comentario: 'Instantáneas del ataque perpetrado por combatientes del Estado Islámico en las zonas de Badosh, al noroeste de Mosul',
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe con el título 'Mosul escenas de enfrentamientos de hoy en las zonas Bab Al Toub y la nueva Mosul 21/0312017' en el que realizaron el siguiente comentario: 'Mosul. Escenas de los enfrentamientos del día de hoy, en las zonas de Bab Al Tob y el nuevo Mosuf'.
El día 22/03/201 7, en el perfil de. Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe realizando el siguiente comentario 'Para la publicación, Reportaje. Muerto de Mosul. Continúan las víctimas de las carnicerías americano iraquí: 1800'.
El día 22/03/2017, en el perfil de Facebook BICAL ESPAÑOL BARCELONA, publicaron un vídeo en árabe realizando el siguiente comentario: 'Oficina de medios de comunicación de Nínive. vídeo: Loscaballeros de las provincias'. La reproducción ha sido realizada por la productora NINAWA WILA YAH. El título es 'Los caballeros de los departamentos' que incluía un discurso realizado por varios yihadistas que manifestaban 'yihadistas hay que tener paciencia que vendrá la victoria, ofreced vuestros cuerpos y vuestra sangre que con ello os acercaréis a Allah ll El día 23/03/2017 a las 23:07 horas, justo al día siguiente de los atentados de Londres del 22/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una imagen donde se puede ver las cúpulas de un edificio y el brazo de una persona con vestimenta militar, debajo escrito en árabe 'En el corazón de sus hogares' y en inglés 'Mátalos donde los encuentres'
Este mismo día a las 23:08 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una imagen en la que se puede ver a un yihadista apuntando con su arma, debajo de la imagen aparece escrito en árabe: 'Fundación Al Wakar presenta: Ataque de Londres. En el corazón de sus hogares. El terrorismo, mensaje a los enemigos de Allah cuyo contenido es que en la nación existen defensores libres, y tú eres el embajador, lobo solitario'.
A las 23:10 horas del mismo día publican en el mismo perfil el siguiente comentario en árabe: 'Corresponsal agencia Amaq'. 'Al Jazeera.
Urgente. Agencia Amaq anuncia la reivindicación del Estado Islámico del ataque de Londres'.
Un minuto más tarde, a las 23:11 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Fuente de seguridad de la agencia Amaq: El que ejecutó el ataque de ayer frente al parlamento británico en Londres, es un soldado del Estado Islámico y perpetró la operación de martirio respondiendo a la llamada de tener como objetivo los ciudadanos dc países dc la coalición
El día 23/03/2017 a las 23:11 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un comentario en árabe: Asesinato de 10 miembros de las fuerzas de seguridad en una explosionen el centro del Sinaí'.
El día 23/03/2017 a las 23:11 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Canal Al Jazeera: Policía héroe que fue apuñalado! Qué hay de los miles que fueron asesinados por los bombardeos de la coalición en Yemen, Siria, Iraq y Libia, por qué no son mencionados por el canal Al Saud'.
El día 23/03/2017 a las 23:16 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario 'TrifordBrux (abuEzzedine) que Allah lo acepte, quien ejecutó en árabe: el ataque de Londres, británico de origen jamaicano, Ex preso por formar parte de los dos grupos; Ghurabaa y Muhajirines, fue portavoz de estos últimos...la policía investiga si ha sido seguidor del Estado Islámico'.
El día 23/03/2017 a las 23:17 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: '4 muertos, entre ellos un policía y 20 heridos en el ataque en Gran Bretaña'. A las 23:18 horas publica en árabe: 'Juro por Allah que el Estado es una pasada. Hoy es el aniversario del ataque de Bruselas. El Estado hizo que sea una conmemoración. Aniversario ataque de Londres'.
El día 23/03/2017 a las 23:21 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Ataque en Gran Bretaña, contra el parlamento'.
El día 23/03/2017 a las 23:22 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron en árabe el siguiente comentario: 'Importante y urgente. La seguridad británica pide protección al pueblo, de risa '.
El día 23/03/2017 a las 23:25 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'Detonación de artefacto explosivo, ayer, en un coche de La policía filipina, al sur de la ciudad de Kutabatu'.
El día 23/03/2017 a las 23:26 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron en árabe el siguiente comentario: 'Urgente. Corresponsal de Al Jazeera: Desconocido intenta irrumpir en el parlamento británico y apuñala a un policía. Urgente: Corresponsal de Al Jazeera. El atacante atropelló a cinco personas antes de intentar irrumpir en el parlamento británico'.
El día 23/03/2017 a las 23:27 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Asesinato de un oficial y dos soldados paklstanles tras una en árabe: emboscada de los combatientes del Estado Islámico
El día 23/03/2017 a las 23:56 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizan el siguiente comentarío en árabe: 'Agencia Amaq: Derribo ayer de 4 aviones del ejército iraquí, en la zona de Mashrifa, barrio AIShifaa y cerca del quinto Puente, en la parte derecha de Mosul'. El día 23/03/2017 a las 23:56 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario 'Fuente de seguridad de la agencia Amaq: el que ejecutó el en árabe: ataque de ayer frente al parlamento británico en Londres, es un soldado del Estado Islámico y ejecutó la operación respondiendo a las llamadas de tener como objetivo a los ciudadanos de países de la coalición
El día 24/03/2017 a las 08:38 horas publicaron, en el perfil de Facebook DIRECCION009, el siguiente comentario en árabe 'Y tenemos leones que rugen, occidente. Saboread de lo que ya en árabe: sufrimos. Os arrojaremos con todo joven impetuoso, pues los ojos de los infieles no dormirán'.
El 24/03/2017 a las 14:28 horas, en el perfil de Facebook BICAL ESPAÑOL, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Imágenes que muestran los cuerpos de nuestros hermanos mártires, que Allah los acepte, así como aquellos del ejército ruso y apóstatas que murieron en la base '.
El 24/03/2017 a las 14:29 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Allah es grande y a él las gracias. Urgente. El Cáucaso provincia de Chechenia. Operación de martirio que tuvo como objetivo la basemilitar de seguridad rusa '
El 24/03/2017 a las 14:37 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe, alusivo a un atentado cometido en Egipto:- 'Todos ellos muertos en elSinaí ayer'.
El 24/03/2017 a las 15:18 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe 'Allah es grande. El terror invade Europa. Detenido un hombre que intentó atropellar a un grupo de personas en el centro una ciudad de Bélgica (policía). El terror corta las fibras de Europa'.
El 24/03/2017 a las 17:02 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario en árabe: 'La policía británica publica la fotografía del hermano Demetrio, que Allah lo acepte, el soldado del Estado Islámico que perpetró el ataque de Londres frente al parlamento británico en Londres'.
A continuación, a las 17:22 horas realizaron el siguiente comentario en árabe: 'Agencia Amaq: Ataque de martirio, que tuvo como objetivo los puntos de registro de' la policía bangladeshí, en las cercanías del aeropuerto nacional, en la ciudad de Daga'.
El día 24/03/2017, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron una nueva imagen de perfil, siendo ésta la Torre del Reloj del Palacio de Westminster en Londres explotando y como imagen secundaria una fotografía de Maximiliano, alias Carlos Francisco autor del atentado de Londres 22 de marzo de 2017 realizando el gesto de la unicidad
El día 25/03/2017 a las 01:46 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron el siguiente comentario en árabe: 'La paz y misericordia de Allah sean con Vosotros. Parte del en árabe: botín que Allah facilitó a sus siervos monoteístas en la provincia Al Khair'DirAzzur'. El aeropuerto está totalmente tomado y ello gracias a Allah .Adoradores de la cruz, los hombres de Allah no descansan'.
El día 25/03/2017 a las 02:03 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION009, publicaron un vídeo en árabe titulado 'Nuevo. Participa y difunde fastidiando a las naciones infieles. Provincia Al Khair. vídeo, a las puertas de las grandes batallas', sobre la coalición internacional contra el Estado Islámico
El día 25/03/2017 a las 02:05 horas, en el perfil de Faceboo'k DIRECCION009, realizaron el siguiente comentario 'Medios de comunicación franceses: al menos tres heridos en árabe: un tiroteo, cerca de la estación de metro, al sur de Line, norte de Francia. El motivo y la persona son desconocidos'.
Este mismo día a las 13:21 horas publicaron en árabe: 'Fuente militar de la agencia Amaq. Soldados americanos heridos tras un ataque de los combatientes del Estado Islámico en el poblado de Abu Huraira, al oeste de Tabaqa'.
El día 25/03/2017 a las 16:36 horas, en el perfil de Facebook DIRECCION011, publicaron el siguiente comentario: 'en el corazón de vuestros hogares os invadiremos. Publicad el diseño, monoteístas y fastldlad a los infieles
Por otra parte, el acusado Jose Augusto, a lo largo del tiempo, había llegado a almacenar el siguiente material propagandístico en su ordenador (3HD1), al cual tenía acceso Jose Ramón:
HDI /Archivos Borrados Recuperados/Audio/109740398584.mp4 Se observa a combatientes lanzando proclamas. En el vértice superior derecho aparece la bandera de DAESH. Un individuo se inmola detonando un camión.
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio / 1097-f0398584.mp4 Nuevamente se observa la bandera de DAESH en la esquina superior derecha. Se escuchan cantos y proclamas yihadistas y otra vez un atentado suicida utilizando un camión
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio 1116-f0354968.mp4 En este vídeo aparecen combatientes Muyahidin realizando la oración y combatiendo
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio 1130-f0918968.mp4 Aparecen testimonios de combatientes del DAESH loando y llamando a la lucha.
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio 1132-f1183520.mp4 Nuevamente se observan testimonios de combatientes del DAESH loando y llamando a la lucha
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio 113440420832.mp4 En este vídeo se habla de las víctimas sufridas por el DAESH, y se llama a los muyahidín a hacer la Yihad y vengarse por cualquier medio, mostrando ejecuciones de soldados enemigos
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio/5648-f0111648.mov Se trata de un vídeo del Daesh, en el que se llama a hacer la Yihad, luchar contra los enemigos del Estado Islámico, mencionando también entre otras cosas a los teólogos encarcelados u asesinados por Occidente
3HD1/Archivos Borrados Recuperados/Audio/37951 43048952.mp4 vídeo propagandístico del DAESH, en el que se llama a la Yihad, destacando la ejecución,de varios prisioneros.
3HD1_archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/1097f0398584Vide037 de la productora 'Al Anbar', del suicida 'abu Al Mundar al Jazraoui 'l en el que se 'despide de la vida para ir a otra'. Se ve al suicido conduciendo una camioneta, con la cual ejecutan su operación de martirio.
3HD1 archivos_extraidos/Archivos Borrados Recuperados/Audios! 111540329832 vídeo de operación de martirio en Al Najib. Se ve cómo los yihadistas se abrazan despidiéndose, montan en la camioneta marchando hacia el punto donde ejecutarán su operación de martirio 3HD1/archivos xtraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/1116f0354968vídeo 39 de la productora 'Al Baraka'. vídeo sobre el avance de las batallas. Ataque de 'Abu Sahl el jordano'. Se ve en imágenes a los yihadistas en fila realizando sus oraciones. A continuación se ve a dichos yihadistas en terreno de batalla, en plena lucha
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/113241 183520 vídeo productora 'Al Khayr'. El vídeo explica que los cruzados se unieron para combatir el Islam y su nación. Solo volverá la fuerza si se unifica bajo la sombra de un mismo Emir y una sola bandera
3HD1/archivosextraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/1134042 0832 vídeo de la productora 'Al Khayr'. vídeo en el que llaman a hacer la yihad en Jerusalén con el fin de reconquistarlo
3HD1/archivosextraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2714404 60760 vídeo' de 'Al Raga Wilaya' que relata, en francés, la historia del yihadista 'Abu Salman el francés', joven francés convertido al Islam que se unió a las filas del Estado islámico HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/271540628752 productora 'Homs', vídeo de combates en Siria 3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/271640 757096 Audio Informativo sobre noticias del Estado . islámico, correspondiente al viernes 18 del mes de Chaabane 14363HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2719f0260368 vídeo de la productora Al Hayat Media
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/272540 241848 vídeo de combate de los soldados del Estado Islámico en tierras en conflicto.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/272610331680 vídeo de la productora 'Ninawa 'l vídeo con imágenes de combatientes del Daesh en plena acción
3HD1/archivos_extraidostArchivosBorradosRecuperados/Audios/272740 398664 vídeo del Estado islámico que pretende mostrar los heridos, muertos y destrucciones como consecuencia de los bombardeos de la coalición internacional
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2728f0472000 vídeo de la productora 'Amaq tl . Información en imágenes det terreno de batalla.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2729f051 2664 vídeo de la productora 'Amaq' que muestra destrucciones como consecuencia de bombardeos de la coalición internacional 3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/273040 544440 vídeo de la productora 'Amaq'. vídeo que muestra destrucciones como consecuencia de bombardeos de la coalición internacional
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/273140 600416 vídeo de la productora 'Amaq' en el que combatientes del Daesh explican cómo han derribado un helicóptero enemigo
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/273740 662400 vídeo de avance de la unidad del ejército safaoui al norte de Baghdad con imágenes de la batalla
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2789-fI 119544 vídeo titulado 'el juicio del creador contra el ladrón'. Testimonio de diferentes ladrones, narrando los elementos robados. A continuación, según la ley islámica, decretan cortar las manos a los ladrones en público. 3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/282840 832792 vídeo en el que se muestra los hombres del Estado Islámico realizando una redada por los comercios para controlar y aconsejar del cierre en horas de oración
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/282940
938792 vídeo de combatientes en acción en tierras de conflicto
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/2830-fl 039512 vídeo de la productora 'Hama Wilaya'. Imágenes de entrenamientos de los combatientes del Estado islámico
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/849240 639616 vídeo productora del El, 'Al Furat'. Titulo del vídeo: 'Cosecha de espías'. vídeo en el que juzgan y asesinan a los que consideran espías de la coalición,
3HD1/a rchivos_extraidos/ArchivosBorrados Recu perados/Aud ios/1008240577368 vídeo oficina informativa 'Salahuddine'. En el vídeo se relata cómo la coalición internacional, todos los infieles y tiranos árabes, luchan contra el Estado islámico con el fin de derrumbar la bandera del Califato
3HD1/archivosextraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/100840868640 vídeo del Estado Islámico titulado 'Responded a Allah y su enviado'. Comienza hablando de cómo llegó el Islam al Magreb Islámico para después ser colonizado por los adoradores de la cruz
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/100834 0737464 vídeo del Estado Islámico en el que se amenaza los países árabes y del Magreb islámico y llaman a los musulmanes de éstos últimos países a unirse a la yihad.
3H Dl/archiüos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/10084f0868640 vídeo del Estado Islámico titulado 'Responded a Allah y su enviado'. Comienza hablando de cómo llegó el Islam al Magreb Islámico para después ser colonizado por los adoradores de la cruz, que dejaron tras ellos a tiranos gobernando los países.
3H Dl/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/100864 1058304 Vide065 de la productora 'Al Jazira'. vídeo en el que se relata con imágenes la instauración de la sharia y la práctica de la misma, con la proclamación del Estado islámico
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/10087f1126416 vídeo productora 'Arraqah'. vídeo titulado: 'ellos son el enemigo, cuidado con ellos'. vídeo de la ejecución de varios apresados a quienes definen como espías apostatas
3HD1/extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/3071141917152 Vide067 del El de la productora 'Al Anbar'. Titulo: 'castigad , como fuisteis castigados'. Se observa como llevan en fila a hombres descalzos encadenados para luego ejecutarles quemándoles vivos 3HD11archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/307234 3100696 vídeo del El que habla de los espías, afirmando que éstos últimos realizan el trabajo para los infieles pensando que las espadas del Daesh no les alcanzará. Imágenes de ejecuciones de dichos espías, detonando sus cuerpos
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/30728- 1 -3620856 vídeo del El de la productora Al Khayr. El vídeo habla de Jerusalén y la recuperación de éste. Muestra numerosas ejecuciones, atentados y escenas de entrenamiento de los terroristas
3HD1/archivos_extraidosiArchivosBorradosRecuperados/Audios/307252343200 vídeo de El de la productora Al Furat. El vídeo relata cómo se instauró el Estado Islámico, pese a la coalición internacional, hecho que no ha impedido la implantación de la sharia islámica.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/307274 3494112 vídeo del El de la productora Al Jazirah. Imágenes de los yihadistas en acción en el terreno de batalla.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperadosfAudios/307294 3732896 vídeo del El de la productora Al Anbar, Un vídeo dedicado al yihadista Munkid Chukri Al Oubaidi, asi como acciones del DAESH y entrenamientos
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/30730f3850248 vídeo del El de la productora Al Anbar. vídeo relacionado con una parte del ataque de Abu Tayba Al Ansari. Asalto a las diferentes bases de los apostatas, al oeste de Ramadi.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/ 30732f4015328 vídeo del El de la productora Al Baraka, vídeo dedicado a Indonesia. Habla de la belleza de sus tierras y que su gente está viviendo alejados del islam hasta que llegó el Califato
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados audio/30731f3953512 vídeo del El de la productora Ninawa. Al inicio del vídeo, 'muestra imagen del bombardeo de la universidad de Mosul. Tras esta imagen, otras correspondientes al atentado en el aeropuerto de Bruselas
3HD1/archivosextraidos/archivosborrados recuperados/audio/30733f4171776 vídeo del El de la productora Al Khayr. El vídeo muestra imágenes de entrenamiento de soldados del Daesh
31HD1/archivosextraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/ 30735f4270848 vídeo del El donde aparecen testimonios de jóvenes felicitando por un vídeo en el que se ejecuta a un piloto perteneciente a la coalición internacional
3HD1/archivosextraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/3106440 063672 vídeo del E.l. del campo de entrenamiento de los soldados del Daesh
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/313654 0877688 vídeo en el que se muestran imágenes de entrenamientos y combates del ISIS, francotiradores, misiles guiados anticarro, etc.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/31065f0111456 vídeo del E.l. en el cual se puede ver a soldados del El en plena batalla en tierras de conflicto y la ejecución de unos rehenes e 3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/ 3106740680920 vídeo del El de la productora Al Fallujah. El vídeo muestra soldados del Daesh y llama a unirse a ellos para combatir a los tiranos en el Sinaí.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/31068f0809440 vídeo en el que se muestra la ejecución de distintas maneras de varios rehenes acusados de espionaje
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/31843f0941368 vídeo del El en el cual se habla de la nueva generación que nace en el seno del Califato y cuenta la historia de un mártir, joven que no supera los años.
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/318604 3256128 vídeo del El en el que se puede ver la ejecución de varias personas arrodilladas, vestidas de color naranja. A estos los ejecutan al ser enemigos de Allah 3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/ 186740 783592 vídeo del El titulado 'por Allah nos vengaremos'. Comienza con imágenes de niños heridos y llorando. Al final del vídeo, imágenes de la ejecución de cautivos, vestidos de naranja 3HD1/archivos borrados/recuperados / audio / 31764-f0433088.jpg. Imagen en la que aparece la Kaaba rodeada de la bandera del DAESH
3HD1/archivosextraidos/archivosborradosrecuperados/audio/30713420 21120. vídeo con Mensajes para Europa con atentar y matar en el corazón de sus hogares allá donde estén. Aparece un Nemesio hablando en francés, emitiendo un mensaje para moverse y tomar ejemplo de anteriores yihadistas que perpetraron atentados en Francia
3HD1/archivosextraidos/archivosborradosrecuperados/audio/30717423 11080 vídeo del El, productora 'Al Waad Media'. Se enumera en el vídeo, con la imagen de la bandera del Daesh de fondo, los ataques terroristas que se perpetraron en Francia con la imagen de la torre Eiffel derrumbándose.
3H Dl/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3071542 138480 vídeo del El, 'AR Raqah'. vídeo en francés, sobre los atentados en Bruselas y en Francia.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3071842 459000 Audio del 'Sheikh Khaled Arashed' con la imagen de una ciudad en llamas con el título: 'Salvad vuestros hermanos',
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/30726f3459968 vídeo del El de la productora 'Al Furat' en el que aparece Felipe de Belgica hablando tras los atentados de Bruselas y como fondo, cántico yihadista
3HD1/archivos_extraidos/archivos borrados recuperados/audio/7368f0208024 Audi productora Ajnad. Comienza el audio con amenaza a Estados Unidos, particularmente a Bush, y tras dicha amenaza, cántico yihadista.
3 H Dl/arch ivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/7490408 59112 Audio productora Ajnad. Cántico yihadista: 'pronto, muy pronto, veréis algo sorprendente, conflicto impresionante, ya lo verás, en el corazón de vuestros hogares tendrán lugar las batallas para tu destrucción'. 3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3185242378792 vídeo del El. que habla del Maghreb islámico
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31855 f2651864 vídeo del El que muestra los heridos y las consecuencias de los bombardeos de la coalición.
3HD1/archivos_extraidostArchivosBorradosRecuperados/Audios/30710-f 848616 vídeo del El de la productora Al Jazirah. Critica a Arabia Saudí por for rnar parte de la coalición internacional contra el Estado Islámico 3HD1//archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuporados/Audios/30708 -fl 620400 vídeo del El de la productora 'Al Khayr'. 'No escaparéis', en el que apunta que nada servirá a la coalición en sembrar espías e informadores, y en reforzar sus sistemas, pues matan todos los días de todas las formas posibles y aun queda más
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/318544 2574248 vídeo del El de la productora Halab sobre los comienzos de la instauración del Estado islámico
3HD1/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/30719f2486288 vídeo del El sobre Bagdad, capital del,Estado Islámico. Título:
'Matan y son matados'.
3 H Dl/archivos_extraidos/ArchivosBorradosRecuperados/Audios/30724f3214680 vídeo del El productora Al Fallujah. vídeo que habla del Sinaí y critica el gobierno egipcio
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/imagenes/2489 040043768.jpg Aparece una imagen con jeques de Arabia Saudi y gobernantes de EEUU con el texto ' Ellos son el enemigo cuidado con
3HD1/archivos_extraidos/archivoSborradosrecuperados/imagenes/3299 440000152.jpg Aparece una imagen con el siguiente texto ' Dijo la paz y misericordia de Allah sea con el: sl la naclón deja la ylhad, Allah les proporcionará el castigo'
42795-f0905240.mp3, 37704-f0366640.mp3, 31827-f0281328.mp3, 25895-, f0127520.mp3, 22370-f0004000.mp3, 1323640317928.mp3, 13026-, f0214944.mp3, 12855-f0178608.mp3, 1280740770416.mp3, 12782- f0646800.mp3, 12780-f0576064.mp3 .. 'nasheed' (cánticos yihadistas)
Archivo 283140002088.jpg. Logotipo de la emisora del Daesh.
Archivo: 25080-f0359888.jpg. Fotografía que muestra un grupo de combatientes armados, portando una bandera yihadista
Archivo: 31069-f0931728.jpg. Fotografía en la que aparecen unas manos en primer plano, portando una especie de joya de oro con forma de corazón, en cuyo centro figura grabado el símbolo del DAESH
Archivo: 33992-f0735008.jpg. Dibujo de un chico con una sudadera en la que aparece la bandera del DAESH, junto a la que aparece escrito en árabe:' 'El Islam permanecerá fuerte, siempre que conservemos dentro de nosotros la bandera, no hay más dios que Allah y Mahoma es su profeta
Archivo: 38257-f0937984.jpg. Fotografía de un hombre, sobre la que aprarece un texto en árabe agradeciéndole haber muerto haciendo la Yihad.
3HD1 /archivos_extraidos/archivosborradosrecuperadosiimagenes/24236 40736440.jpg: imágenes de mártires del E.l.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperadosiimagenes/29980
40000000: Imagen de Ulemas que están en las cárceles de al Saud (Arabia Aaudi)
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/imagenes/2685 040339464; 702540403576: imágenes con soldados del E.l.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/imagenes/8865 40010760.jpg: una imagen 112 con el siguiente texto II Al amado no adoradores de la cruz' refiriéndose al amado (Mahoma)
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/imagenes/2574 40283016.jpg: imagen de unos soldados del DAESH y en la parte inferior derecha pone 'Aquellos que creyeron y emigraron'
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/imagenes/2554 741023592; Imagen 116 caricaturizando el mundo a través de una amenaza con un mártir cargado de explosivos
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/30703-fl 015232: vídeo del El de la productora Hims en el que se hace un llamamiento a los combatientes yihadistas a estar firmes y pacientes.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3070741 513376: vídeo del E.l. de la productora Halab en el que se ve a los combatientes yihadistas del Daesh combatiendo sobre el terreno de batalla. 3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/30712f1965728: vídeo del E.l partes de las reconquistas de la zona del Baghdadi
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31845f1159800: vídeo del E.l., en el cual se puede ver a soldados del E.l. en plena batalla en tierras de conflicto
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3184641 333640: vídeo del E.l. titulado: 'Victoria de Allah y próxima conquista'. 3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31847f1447232: vídeo del E.l. que muestra las prácticas de los Chiitas sustituidas por la Sharia instaurada por el Daesh
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31850f1863224: vídeo del E.l. 'Maghreb al Islam'.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31856 f2765768: vídeo del E.l. en el que se puede ver acciones militares del DAESH.
3HD1/drchivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31857f2935160: vídeo del E.l. en el que se puede ver acciones del DAESH
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/3185843 048752: vídeo del E.l. en el que se puede ver acciones del DAESH, de combate y atentados.
3HD1/archivos_extraidos/archivosborradosrecuperados/audio/31866f0707216: vídeo del E.l., en el cual se puede ver a soldados del El en plena batalla en tierras de conflicto
Además, en su teléfono móvil Samsung Galaxy S7 (3TEL2) almacenaba más 600 teléfonos de contacto ubicados en Siria y las siguientes descargas:
Samsung GSM SM-G930FGalaxyS7.zip / sdcard / Download / com.google.Chrome.SxJyfQ vídeo en el cual se llama a participar en la lucha armada.
Samsung GSM SM-G930FGaIaxyS7.zip sdcard Download/.com.google.Chrome.2L9qWw En este vídeo puede verse una amenaza que realizó un combatiente del DAESH procedente de España contra nuestro país tras los atentados perpetrados en las Ramblas del Barcelona.
Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/DClM/Facebook/FB_lMG 1509116136909.jpg: Bandera del DAESH, con el texto: 'Ten paciencia, que la promesa de Dios es verídica'
Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcard/DClM/Facebook/FB_lMG 1509540723788.jpg.: Fotografía de una mano que hace el gesto del Tawhid o Unicidad, símbolo utilizado por los seguidores del Estado Islámico.
Samsung GSM SM-G930F Galaxy .S7.zip/sdcard/DClM/Facebook/FB_lMG 1512026138016.jpg: magen del vídeo de propaganda del DAESH 'Flames of WAR' emitido por el canal ALHAYAT, una de las numerosas productoras del ISIS.
Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcardANhatsApp/Media/WhatsApp Images/Sent/lMG- 0171031WA0003.jpg: Fotografía en la que se observa a una persona aparentemente homosexual. El texto incita a su asesinato: Traducción: 'Cuál es el arma adecuada para acabar con esta criatura'.
Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcardNVhatsApp/MediaNVhatsApp vídeo/Sent/Vl D-20171021WA0106. mp4: En el vídeo se ven imágenes de entrenamientos y asaltos, a la vez habla sobre la preparación que llevan a cabo los miembros del DAESH para el combate.
Samsung GSM SM-G930F Galaxy S7.zip/sdcardANhatsApp/MediaANhatsApp vídeo/Sent/VlD-20171028WA0009.mp4 Es un vídeo en el que explican que el DAESH ha ganado la guerra a los cristianos, a lo largo del mismo se observan diferentes acciones bélicas.
En la carpeta sdcard/Download del 2TEL2, donde se encuentran las descargas realizadas en el terminal, aparecieron unos 60 vídeos de la productora del DAESH y en la carpeta data/files/audio 30 archivos con cánticos nasheed. Todo este material ensalzaba, justificaba y animaba a la realización de la yihad incluso a través del martirio.
Jose Augusto tenía diagnosticado un retraso mental moderado que limitaba de forma importante su capacidad. de comprender que esa actividad que desarrollaba en internet tenía por finalidad la captación y adoctrinamiento a terceros en la ideología del DAESH'. [...].'
La Audiencia de instancia dictó el siguiente pronunciamiento:
'Que debemos condenar y CONDENAMOS a los procesados Jesús Luis, Jose Ramón Y Jose Augusto, como autores penalmente responsables de un delito de colaboración activa con organización terrorista, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal respecto a Jesús Luis y Jose Ramón y con la concurrencia de la eximente incompleta de anomalía psíquica respecto a Jose Augusto a las penas de:
A Jesús Luis: siete años de prisión, veinte meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, siete años de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, trece años de inhabilitación absoluta y especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, y cinco años de libertad vigilada, con el contenido previsto en el art. 106.1 a), b), c) y d) CP.
A Jose Ramón: cinco años de prisión, dieciocho meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, cinco años de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, once años de inhabilitación absoluta y especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre y cinco años de libertad vigilada, con el contenido previsto en el art. 106.1 a), b), c) y d) CP.
A Jose Augusto: dos años y seis meses de prisión, nueve meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, dos años y seis meses de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, ocho años y seis meses de inhabilitación absoluta y especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, y cinco años de libertad vigilada, contenido previsto en el art. 106.1 a), b), c) y d) CP.
El impago de la multa llevará consigo una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
Se acuerda el comiso de los efectos informáticos y de telefonía intervenidos a los procesados, a los que se dará el destino legal.
Se condena a Jesús Luis al pago de un tercio de las costas causadas y a Jose Ramón y Federico al pago de otro tercio, por partes iguales.
ABSOLVEMOS a Jesús Luis del delito de proposición para cometer un delito de asesinato terrorista por el que ha sido acusado, declarándose de oficio el tercio restante de las costas causadas. [...]'
Fue rectificado error de transcripción con fecha 16 de enero de 2020: 'en la sentencia nº 30/19 de fecha 30-12-19, debiendo constar en el pie de recurso 'Notifíquese la presente Sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, ya que contra la misma puede interponerse recurso de apelación, ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, en el plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde la última notificación [...]'
'DESESTIMAMOS los recursos de apelación interpuestos tanto por el Ministerio Fiscal como por las representaciones procesales de Jesús Luis .y de Jose Ramón y de Federico contra la sentencia dictada con fecha 30 de diciembre de 2019, en las presentes actuaciones, por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de esta Audiencia Nacional, que se confirma íntegramente con declaración, de oficio, de las costas causadas en esta alzada [...].'
MOTIVO ÚNICO.- Infracción de ley del art. 849.1.º de la LECrim por indebida inaplicación de los arts. 571 y 572.2 del Código Penal.
MOTIVO PRIMERO DE CASACIÓN Por INFRACCIÓN DE PRECEPTO CONSTITUCIONAL al amparo del artículo 5.4 2 LOPJ y 854 de la LECrim, más concretamente del artículo 24.1 y 25 de la CE.
MOTIVO SEGUNDO DE CASACIÓN Por INFRACCIÓN DE PRECEPTO CONSTITUCIONAL al amparo del artículo 5.4 LOPJ y 854 de la LECrim, concretamente del artículo 24.2 CE y el derecho fundamental a la presunción de inocencia.
MOTIVO TERCERO DE CASACIÓN Por INFRACCIÓN DE LEY al amparo del artículo 849.1 de la LECrim porqué la resolución que se impugna ha infringido preceptos del Código Penal, concretamente el artículo 577 CP, considerando infringido el anterior precepto, que debe ser observado en aplicación de la Ley Penal.
Recurso de D. Jesús Luis
MOTIVOS:
MOTIVO PRIMERO.- Al amparo del art. 849.1 LECrim, por infracción del art. 24 CE, en relación con los arts. 5 y 6 LOPJ.
MOTIVO SEGUNDO.- Al amparo de lo dispuesto en el art. 849.1.º LECrim., por indebida aplicación del artículo 577.1 y 2 CP, en relación con el art. 28 CP.
MOTIVO TERCERO .- Al amparo del art. 849.1 LECr., por infracción del artículo 18 número 3 CE.
MOTIVO CUARTO .- Al amparo del art. 849.1 LECr., por infracción del artículo Artículo 18.2 de la CE.
Fundamentos
En síntesis, el relato fáctico refiere dos situaciones diferenciadas respecto de los acusados. El acusado Jesús Luis 'tenía asimiladas las ideas, los postulados, y los fines del grupo terrorista Daesh' y aparece documentado que posee numerosos archivos que han sido intervenidos en los ordenadores en su domicilio. Se afirma, como hecho probado, que se había descargado de Internet numerosos archivos, todos referidos al grupo terrorista y numerosos documentos referidos acciones de carácter terrorista. 'Se dedicó, fundamentalmente desde enero de 2017 al 5 diciembre 2017, a realizar labores de proselitismo y captación de terceros para la yihad, por diversos medios, tanto a nivel personal como en remoto a través de redes sociales y servicios de mensajería instantánea'. El hecho probado transcribe conversaciones mantenidas con diversas personas con un alto contenido de aceptación de ideas y modos actuar del grupo terrorista. En hecho probado se afirma que la actuación que desarrolla, las conversaciones mantenidas y los archivos que guardaba y transmitía a terceras personas lo era con la finalidad de colaborar con el grupo concretamente, en la estrategia propagandística del DAESH. 'En las redes sociales el acusado trataba de captar y adoctrinar a terceras personas para unirse a la yihad'. El relato fáctico declara que mantuvo conversaciones con perfiles, masculino y femenino, de un agente encubierto de la policía a los que transfirió documentación, vídeos teñidos de comentarios laudatorios a los atentados producidos por el grupo terrorista en Barcelona y Cambrils y en una de las conversaciones con un agente encubierto llegó a insinuar la posibilidad de realizar un atentado terrorista, lo que es considerado en la sentencia como la materialización de un contacto que va más allá de la difusión para adentrarse en el adoctrinamiento y una concreción de la labor realizada que lo hace ser integrante de la organización terrorista. Con relación a los hermanos Jose Augusto Jose Ramón, el relato fáctico refiere que ambos presentaban una adhesión ideológica y a través de sus teléfonos móviles habían recolectado material propio de un grupo terrorista. Jose Augusto había llegado a expresar por escrito un juramento de lealtad al grupo terrorista. Desde el ordenador y desde el móvil habían hecho transferencias y transmisión de vídeos de propaganda junto a anotaciones en cuadernos en las cuales se hace continua referencia a llamamientos de apoyos a miembros de la organización. Ambos acusados mantuvieron contactos con un menor que viajó a Siria a realizar la lucha armada. Le fue intervenido a Jose Ramón un vídeo en el que hacía un expreso llamamiento a la lucha e incluso un anuncio de su muerte como mártir despidiéndose de la familia. Jose Augusto realizó el 18 febrero 2015 búsquedas en su ordenador de vídeos que contenían tutoriales sobre modos de fabricar bombas de humo, pistolas caseras etc.
Los hechos son calificados por la Audiencia Nacional como constitutivos de un delito de colaboración del artículo 567 del Código Penal, siendo absueltos del delito de integración en grupo terrorista, en una sentencia que fue confirmada por la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional en el recurso de apelación interpuesto.
El motivo se desestima. Es preciso reproducir los pronunciamientos de esta Sala para diferenciar la colaboración y la integración en grupo terrorista, bien entendido que como hemos señalado es perfectamente posible que la mera realización de los actos de colaboración pueda ser considerados de integración cuando se realizan por personas que desarrollan una su aportación, en principio típica de una colaboración, con una especial intensidad. Tratándose de la realización de actos de proselitismo, con cierta vinculación al grupo a alguno de sus integrantes, permitiendo la subsunción propuesta por la acusación. La relación de conductas y actos del artículo 577, actos de colaboración, pueden ser también presupuesto de una integración a grupo terrorista. La diferenciación entre ambos tipos resulta de un conjunto de elementos que denoten una permanencia, el número de actuaciones, la capacidad de interactuación ante hechos y noticias; la entidad del acto etc. y también resulta relevante la comunicación con otros integrantes del grupo criminal.
En la sentencia 150/2019, de 13 febrero, señalamos el delito de integración en organización un grupo terrorista del artículo 572.2 del Código Penal, en relación con el artículo 571, en su redacción dada tras la LO dos/2015, de 30 marzo, constituye una categoría de delitos de los que se denominan permanentes, por cuanto se mantiene la antijuridicidad y agresión al bien jurídico a lo largo de todo el tiempo en el que, por la voluntad del autor, se renueva la acción típica. Como requisitos del delito se ha señalado, en primer lugar y como sustrato primario, la existencia de la propia banda armada u organización terrorista que exige una pluralidad de personas, existencia de unos vínculos y establecimiento de una cierta relación de jerarquía y de subordinación. La organización tendrá por finalidad la realización de acciones violentas contra personas y cosas, con finalidad de pervertir el orden democrático constitucional. En definitiva, actuar con finalidad política de modo criminal. Su estructura será compleja, por sus componentes pueden abarcar diversas facetas o actuaciones. Como sustrato subjetivo, tal pertenencia de integración requiere un carácter más o menos permanente, pero nunca episódico, lo que, a su vez, exige participar en sus fines, acerca del resultado de sus actos y eventualmente realizar actos de colaboración que, por razón de su integración, se convierten en actividades que coadyuvan en la finalidad que persigue el grupo.
De esta doble concurrencia de elementos objetivos y subjetivos surge una de las dificultades en la tipicidad y diferenciación entre el delito de colaboración del delito de pertenencia a organización terrorista pues los mismos hechos de colaboración puede ser incardinados en uno u otro tipo penal en función de la especial intensidad que puedan salvarse en el contenido del aporte a la organización. Se ha afirmado que el elemento diferencial radica en un componente asociativo ilícito, marcado por la asunción de fines y la voluntad de integración en la organización, sin perjuicio de la mayor o menor intervención en la misma que deberá acomodarse a la diferenciación que prevé el artículo 572 CP, entre promotores, directores y meros integrantes. En la mencionada sentencia 150/2019 dijimos que la distinción entre el delito de integración en organización terrorista de la mera colaboración con ella, no está en la prestación de un servicio para los fines de la banda terrorista, ya sea en el campo ideológico, económico, logístico, de aprovisionamiento o de ejecución de objetivos, ni en la existencia de relaciones o contactos entre el acusado y otras personas cuya condición de integrantes de la rotación y ha sido debidamente probada y declarada, sino en la militancia o adscripción para, de una manera permanente en el sentido de trascender lo meramente episódico, participar en los fines de la organización, afectando el resultado de sus actos y, eventualmente, realizando actos de colaboración que, por razón precisamente de esta integración, se convierten en actividades que coadyuvan a la finalidad perseguida por la banda. En la STS 267/2019, de 28 mayo en un supuesto similar al que es objeto de la presente impugnación se definían los elementos del delito de colaboración del artículo 577 en el que va desgranando una definición de los actos de colaboración desde lo más general, como llevar a cabo, recabar o facilitar cualquier acto de colaboración con las actividades de una organización terrorista, a la determinación casuística de modalidades de colaboración, como la información o vigilancia de personas, bienes o instalaciones, construcción, condicionamiento etc. pasando por actos de captación, adoctrinamiento o adiestramiento que resulta idónea para incitar a incorporarse a una organización o grupo terrorista.
En el caso, se excluye la calificación de los hechos en la captación y reclutamiento de personas para la lucha armada afirmando que no era posible esta calificación 'al no haberse aportado datos de su integración en la estructura de alguna de estas organizaciones, de resistencia de la dependencia jerárquica y de relación con miembros que pertenezcan las mismas ni, en definitiva, sobre su vinculación estable y permanente a la estructura criminal de la organización terrorista'.
Desde las anteriores premisas nos adentramos al estudio de la causa objeto del recurso. En la sentencia objeto de la impugnación se señala que los actos descritos en el hecho tienen la relevancia suficiente y permitiría la calificación de colaboración o de integración en organización terrorista. Entre los actos destaca la campaña de adoctrinamiento y de mantenimiento de espíritu y la ideología del grupo terrorista los que resultan acreditados, llegando incluso a entablar una relación con una mujer, lo que permite deducir racionalmente que ese adoctrinamiento había alcanzado un nivel importante y uno de los destinatarios de la relación , con remisión de archivos y documentación, había llegado a expresar un disposición a la comisión de atentados, de lo que hace prueba la conversación entre Jesús Luis y el agente encubierto informático. Sin embargo, no se precisa la existencia de una vinculación o conexión entre el acusado y el grupo, y no existe prueba alguna de esa vinculación. En otros términos, aunque los actos eran relevantes no resulta acreditada una relación con el grupo al que aporta elementos importantes. Tampoco se constatan relaciones con otras personas que permitan deducir el grupo al que se integran lo que es racionalmente exigible cuando se trata de conductas de captación y adoctrinamiento.
Consecuentemente procede la desestimación del recurso del Ministerio Fiscal respecto del acusado Jesús Luis.
Con respecto a dos hermanos Jose Augusto Jose Ramón, la desestimación es también procedente. El hecho probado refiere la realización de una serie de conductas, también dirigidas al almacenamiento de material de difusión de la ideología terrorista y del grupo al que se refiere la sentencia, así como la adhesión ideológica al grupo Daesh, y en tal sentido repartían propaganda con la finalidad de adoctrinar y adiestrar indiscriminadamente a personas, pero no se constata, como en el anterior supuesto, la existencia de una vinculación con el grupo más allá de la adhesión ideológica.
Consecuentemente, el motivo opuesto por el Ministerio Fiscal debe ser desestimado.
Recurso de Jesús Luis
El motivo se desestima. En primer lugar hemos de dejar constancia que en orden a la función de este tribunal de casación cuando conoce de una denuncia por vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia, previamente a la casación se ha desarrollado una revisión de la sentencia condenatoria ante el tribunal encargado de la operación, la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, la cual ha revisado el proceso de convicción expresado en la sentencia declarando la racionalidad de la declaración fáctica y jurídica sobre los hechos y la participación de los mismos de este acusado. Leemos en la sentencia de apelación, objeto del presente recurso que 'no queda duda de la corrección con que la sentencia recurrida declara probada la implicación en los hechos por los que se condena al acusado'. Queda acreditado su perfil de yihadista violento, el desarrollo de la actividad de proselitismo, adoctrinamiento, captación, incluso de planificación de atentados terroristas.
Afirmación que realiza desde la prueba documental y la prueba pericial realizada que el recurrente no discute en sus contenidos.
Nos adentramos en la impugnación sobre el carácter provocado del delito. En nuestra jurisprudencia hemos abordado los presupuestos de validez de la actuación del agente encubierto, por todas STS 173/2019, de 1 de abril de 2019, y los límites para impedir la desnaturalización de ese instrumento de investigación, evitando el indeseable efecto una verdadera provocación al delito. Con cita de la STS 848/2003, 13 de junio, recuerda que '... el delito provocado aparece cuando la voluntad de delinquir surge en el sujeto, no por su propia y libre decisión, sino como consecuencia de la actividad de otra persona, generalmente un agente o un colaborador de los Cuerpos o Fuerzas de Seguridad, que, guiado por la intención de detener a los sospechosos o de facilitar su detención, provoca a través de su actuación engañosa la ejecución de una conducta delictiva que no había sido planeada ni decidida por aquél, y que de otra forma no hubiera realizado, adoptando al tiempo las medidas de precaución necesarias para evitar la efectiva lesión o puesta en peligro del bien jurídico protegido. Tal forma de proceder lesiona los principios inspiradores del Estado Democrático y de Derecho, afecta negativamente a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de su personalidad, fundamento del orden político y de la paz social según el artículo 10 de la Constitución, y desconoce el principio de legalidad y la interdicción de la arbitrariedad de los Poderes Públicos, contenidos en el artículo 9.3 de la misma, sin que resulte admisible que en un Estado de Derecho las autoridades se dediquen a provocar actuaciones delictivas ( STS núm. 1344/1994, de 21 junio). Hemos dicho en la STS núm. 1992/1993, 15 de septiembre, que 'para la existencia del delito provocado es exigible que la provocación -en realidad, una forma de instigación o inducción- parta del agente provocador, de tal modo que se incite a cometer un delito a quien no tenía previamente tal propósito, surgiendo así en el agente todo el 'iter criminis', desde la fase de ideación o deliberación a la de ejecución, como consecuencia de la iniciativa y comportamiento del provocador, que es por ello la verdadera causa de toda la actividad criminal, que nace viciada, pues no podrá llegar nunca a perfeccionarse, por la ya prevista 'ab initio' intervención policial. Esta clase de delito provocado, tanto desde el punto de vista de la técnica penal -por el carácter imposible de su producción- como desde el más fundamental principio constitucional de la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos ( art. 9.3 CE) y hasta desde el de la lícita obtención de la prueba ( art. 11.1 LOPJ) debe considerarse como penalmente irrelevante, procesalmente inexistente y, por todo ello, impune'. En estos casos, por lo tanto, además de la infracción de principios constitucionales, no puede decirse que exista infracción criminal más que en apariencia, pues no se aprecia riesgo alguno para el bien jurídico, como consecuencia del absoluto control que sobre los hechos y sus eventuales consecuencias tienen los agentes de la autoridad encargados, precisamente, de velar por la protección de aquellos bienes.
Pero, no existe delito provocado, como dice la Sentencia 1114/2002, 12 de junio, cuando los agentes de la autoridad sospechan o conocen la existencia de una actividad delictiva y se infiltran entre quienes la llevan a cabo, en busca de información o pruebas que permitan impedir o sancionar el delito. En estas ocasiones, la decisión de delinquir ya ha surgido firmemente en el sujeto con independencia del agente provocador, que, camuflado bajo una personalidad supuesta, se limita a comprobar la actuación del delincuente e incluso a realizar algunas actividades de colaboración con el mismo, en la actualidad reguladas, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/1999, de 13 enero, en el artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que se refiere concretamente a adquirir y transportar los objetos, instrumentos o efectos del delito. La intervención policial puede producirse en cualquier fase del 'iter criminis', en el momento en que el delito ya se ha cometido o se está cometiendo, especialmente en delitos de tracto sucesivo como los de tráfico de drogas, y aun en sus fases iniciales de elaboración o preparación, siendo lícita mientras permita la evolución libre de la voluntad del sujeto y no suponga una inducción a cometer el delito que de alguna forma la condicione. En estos casos, la actuación policial no supone una auténtica provocación, pues la decisión del sujeto activo siempre es libre y anterior a la intervención puntual del agente encubierto, aunque éste, siempre por iniciativa del autor de la infracción criminal, llegue a ejecutar labores de adquisición o transporte de los efectos del delito ( art. 282 bis de la LECrim), u otras tareas de auxilio o colaboración similares, simulando así una disposición a delinquir que permite una más efectiva intervención policial.
En la STS núm. 1992/1993, de 15 septiembre, antes citada, hemos señalado, en este sentido, que 'otra cosa es el supuesto en el que el autor ha resuelto cometer el delito y es él quien espera o busca terceros para su co-ejecución o agotamiento, ofreciéndose en tal caso a ello los agentes de la autoridad, infiltrados en el medio como personas normales y hasta simulando ser delincuentes, como técnica hábil para descubrir a quienes están delinquiendo o se proponen hacerlo, en cuyo supuesto está la policía ejerciendo la función que le otorga el art. 282 LECrim. En tal caso el delito arranca de una ideación criminal que nace libremente en la inteligencia y voluntad del autor y se desarrolla conforme a aquella ideación hasta que la intervención policial se cruza, con lo que todos los actos previos a esa intervención policial son válidos para surtir los efectos penales que le son propios, según el grado de desarrollo delictivo alcanzado y sólo a partir de la actuación simulada de los agentes los actos realizados serán irrelevantes por la imposibilidad de producción de sus efectos. En otras palabras, la provocación policial que actúa sobre un delito ya iniciado sólo influirá en el grado de perfección del mismo, en función del momento del
Pues bien, aplicando esta doctrina al caso concreto aquí enjuiciado, constatamos que, como se señala sentencia objeto de esta casación, cuando interviene el agente encubierto informático ya se ha constatado la radicalización y el peligro que resultaba de su actividad, ya se habían detectado intercambio de mensajes, la transmisión de informaciones de corte radical y violento, por lo que se dispone su utilización como medio de investigación de una realidad delictiva preexistente y cuyo contenido documentado en las conversaciones y comunicaciones que se mantienen, que aparecen documentadas en el hecho probado la sentencia y la fundamentación, reflejan la expresión de una voluntad de mantenerse en ese adoctrinamiento e indagar las posibilidades de realizar un hecho delictivo, hablando de fechas, de la necesidad de conducir en línea recta en calles de gran aglomeración y la conveniencia de centrar en Madrid los ataques.
Sin perjuicio de la calificación que sus hechos merezcan, y que hemos analizado en el primer fundamento de esta sentencia, el hecho declarado probado aparece como resultado de una actividad probatoria, básicamente pericial y documental, cuyos contenidos sobre la titularidad del teléfono, el empleo del que era titular por parte del acusado, y los concretos contenidos violentos y de incitación aparecen profusamente relacionados en las sentencias que sobre este objeto procesal han recaído del procedimiento y a cuyo fundamentación nos remitimos para afirmar la correcta enervación del derecho fundamental a la presunción de inocencia.
El motivo se desestima, el relato fáctico refiere respecto de este acusado no sólo una adscripción ideológica a una organización terrorista sino que alberga sus contenidos, los expande y ensalza para justificar las acciones terroristas, extender su doctrina a terceras personas, lo que integra el adoctrinamiento a terceras personas de forma indiscriminada mediante la exhibición, captura y expedición de vídeos y documentación propia de la organización terrorista. Se trata de una conducta que va más allá de la adscripción ideológica y de empatía con la organización, porque incita a una tercera persona a la que ha ya captado para la idea que pretende exteriorizar, la realización de atentados indicando la necesidad de aprender a conducir, la necesidad implicarse en los actos terroristas y manteniendo el deseo de entrar en una organización terrorista a la que ayudar con la realización de atentados. No se trata de expresar una adhesión ideológica con el grupo sino que la conducta va más allá, realizar la conducta de propaganda, exhibición, adocenamiento incluso incitación a pasar a una fase ejecutiva en la realización de los hechos delictivos previstos en el artículo 571 y siguientes del Código Penal.
La libertad de expresión permitiría la difusión de noticias sobre las actividades de un grupo terrorista. Cuando el hecho declarado probado va más allá de la mera trasmisión de la noticia, sino que incorpora el ensalzamiento y el adoctrinamiento en las ideas, en la fabricación de armas y en el manejo de las mismas, llegando incluso a incitar a la comisión de hechos delictivos, excede de la libertad de expresión realizando la tipicidad del delito tipificado en el artículo 571 y siguientes. El hecho probado refiere este tipo de conducta, el empleo de comunicaciones en las que se ensalza se participa sea doctrina y enseña el manejo de armas e instrumentos terroristas.
El motivo carece de contenido casacional y deben ser desestimados. La intervención telefónica se interesa, y se adopta, en función de la investigación ya realizada por parte de funcionarios de policía que a través del perfil de la red social de Facebook que han detectado la radicalización violenta de una persona que utilizaba el teléfono del que era titular y el de su mujer. Los teléfonos se intervienen en el mes de julio de 2017 y se corresponden con los que el propio recurrente tiene alojados en su perfil de la red social. Los artículos 588 b y c permiten la intervención de los teléfonos al constatarse su empleo como instrumento de adoctrinamiento sobre las ideas, actos de una organización terrorista y el peligro que de realización del hecho delictivo se está produciendo.
La vulneración al derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio se denuncia desde la estimación del anterior motivo, es decir desde la nulidad de la investigación acordada mediante la intervención telefónica. El registro acordado es consecutivo a la investigación realizada y se acuerda en el seno de la investigación una vez constatada la peligrosidad y la realidad documentada de la realización de los hechos. No hay prospección alguna sino que como se expresa en el oficio de decisión se parte de la investigación realizada de la que se constata un planeamiento de un hecho delictivo y la difusión en redes sociales de acciones de corte radical, apoyando y emitiendo propaganda de estado islámico, compartiendo vidrios de la represión terrorista, en definitiva el adoctrinamiento y captación de nuevos objetos para la organización terrorista. La gravedad de los hechos resulta patente y la procedencia de la injerencia proporcionada a los hechos.
Recurso de Jose Ramón y Jose Augusto
En el desarrollo del motivo señala que el hecho probado refiere que por parte de los acusados se ha producido a una visualización y descargas de vivir pertenecientes al grupo terrorista Daesh y los mismos han sido objeto de difusión a través de una lista de usuarios restringida de la red social Faceook, sin que el hecho probado refiera que lo ha visualizado y quien ha realizado la difusión de tales elementos bibliográficos. Respeto al derecho fundamental a la presunción de inocencia la concreta en el acusado Jose Ramón que en el juicio oral manifestó que era su hermano quien se ocupaba de bajar y difundir los vídeos.
El motivo se desestima. La lectura de la sentencia, particularmente del fundamento derecho tercero, es relevante en orden a la confirmación de la precisa actividad probatoria sobre los hechos que son imputados a los dos hermanos. La sentencia de la primera instancia dedica más de 40 páginas a relacionar las descargas de vídeos y la transmisión a las personas, pertenecientes a una red segura, y amigos a los que difundió este material y también la información precisa para la fabricación de explosivos en los términos que la pericial ha puesto de manifiesto para destacar la fiabilidad e importancia de los materiales. Este recurrente no niega los hechos e imputa la conducta a su hermano, el cual no declaró en el juicio preguntas de la acusación y su propia defensa, sin embargo el tribunal en el apartado 2.5 del fundamento de derecho expresa la imposibilidad de que este hecho sea únicamente imputable al acusado Jose Augusto, dada la debilidad mental de este hermano y la necesidad de ciertas habilidades para creación de perfiles, así como para la realización de los comentarios que la transferencia de los vídeos suponía.
De manera más concreta el funcionario policial encargado de la investigación puso de manifiesto cómo el teléfono intervenido al acusado Jose Ramón en su dormitorio y que era normalmente utilizado era el que más descarga de aplicaciones había realizado en el que se habían elaborado algunos documentos que fueron rescatados tras haber sido borrados así como fotografías de otras personas relacionadas con el grupo terrorista. De la misma manera pone de manifiesto cómo la testifical del cuñado de los acusados permitió la comisión sobre la realización de los comentarios a los bienes transferidos por parte del recurrente Jose Ramón y la imposibilidad de que Jose Augusto pudiera realizarlos pues si bien podía manejar con soltura el ordenador 'le cuesta escribir en árabe, le cuesta copiar y pegar textos en una aplicación. El propio Jose Ramón así lo manifestó al dudar de su capacidad de realizar la instalación de un programa como el utilizado para la difusión de los miles. La pericial de los médicos forenses que convinieron en la incapacidad para planificar los hechos, aunque sí para ejecutar una acción planificada, con pleno conocimiento de la licitud o ilicitud de los hechos. El teléfono desde cual se realizaron gran parte de las actividades era propiedad de Jose Ramón y desde él se realizaron gran parte de la descargas.
Constatada la existencia de la precisa actividad probatoria, el motivo se desestima. En orden a la fijación de los hechos el relato fáctico es claro al determinar que ambos, según sus respectivas aportaciones realizaron los hechos que se declaran probados y que el hecho probado relaciona identificando las descargas y las transmisiones de vídeos, así como anotaciones y acotaciones al contenido de los mismos.
El motivo es reiteración del anteriormente denunciado. Ya señalamos el anterior fundamento la convicción expresada por el tribunal de instancia sobre la participación de derecho del recurrente en cuyo favor se interpone el motivo. De una parte, porque teléfono era de su propiedad y a él le fue intervenido., Además numerosas fotos que han sido recuperadas del teléfono y del ordenador evidencia la relación de este recurrente con relación a otros personas que viajaron a zona de conflicto para realizar la lucha. También alude a que los comentarios a los vídeos que eran transmitidos a terceras personas, así como instrucciones para la realización de sustancias explosivas, no podían haber sido hechas por el hermano, afirmación que responde a la prueba pericial realizada, a la testifical del cuñado de ambos que, incluso, a las propias manifestaciones del acusado Jose Ramón y responden también al contenido de la actividad probatoria resultante de la testifical de los investigadores en el hecho. La comisión del tribunal ampliamente desarrollada la motivación de la sentencia es razonable, por lo que el motivo se desestima.
El motivo se desestima con reiteración de cuanto argumentamos en el primer motivo opuesto por el Ministerio Fiscal al cuestionar el tipo penal objeto de la condena.
Fallo
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido
Comuníquese esta resolución a la mencionada Audiencia a los efectos legales oportunos, con devolución de la causa.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.
Andrés Martínez Arrieta Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
Antonio del Moral García Pablo Llarena Conde
Eduardo de Porres Ortiz de Urbina

