Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 50/2005 de 27 de Abril de 2006
Sentencia Social Tribunal...il de 2006

Última revisión
13/10/2011

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 50/2005 de 27 de Abril de 2006

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Orden: Social

Fecha: 27 de Abril de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN VALVERDE, ANTONIO

Nº de recurso: 50/2005

Núm. Cendoj: 28079140012006100353

Núm. Ecli: ES:TS:2006:3023

Núm. Roj: STS 3023/2006

Resumen
En la sentencia anotada, la Sala ha establecido que los derechos consolidados de los ex empleados de la Caixa comprendidos en el régimen de previsión de dicha entidad, son susceptibles de transacción, por no encontrarse afectados ni por la irrenunciabilidad de derechos a que se refiere la Ley General de la Seguridad Social, al no tratarse de prestaciones, ni por la indisponibilidad de derechos en los términos que contempla el Estatuto de los Trabajadores, por haber perdido ya los titulares de dichos derechos consolidados la condición de trabajadores de la entidad, por lo que no se trata de un derecho concerniente a la relación laboral, sin que tampoco se encuentren en el ámbito de aplicación del artículo 1814 del Código Civil. Siendo ello así, ha de ubicarse el citado derecho, en el marco de la libertad contractual. Por otra parte, la facultad de movilización de las dotaciones y aportaciones constituidas, como facultad anexa a los derechos consolidados, reconocida por la Sala en un pronunciamiento anterior, no está sometida a los plazos de prescripción previstos en el Estatuto de los Trabajadores o en la mentada Ley General de Seguridad Social.

Voces

Plan de pensiones

Finiquito

Conflicto colectivo laboral

Proceso de conflicto colectivo

Sindicatos

Acción protectora

Plazo de prescripción

Incapacidad permanente

Prescripción extintiva

Acto de disposición

Prescripción de los derechos laborales

Irrenunciabilidad de derechos

Convenio colectivo

Ius cogens

Derechos en materia laboral

Renuncia de derechos

Prescripción de la acción

Régimen General de la Seguridad Social