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10séptimo �nico de se delegan determinadas competencias en los diferentes órganos de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

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Decimoséptimo. Ejercicio de las competencias delegadas.

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1. Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de las competencias delegadas por esta resolución deberán indicar expresamente esta circunstancia mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en cumplimiento de lo previsto por el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

2. Salvo autorización expresa de una Ley, las competencias ejercidas por delegación no podrán ser objeto de delegación en otro órgano.