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Da 4 Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social

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D.A. 4ª. Ayudas financieras a inquilinos durante 2013.

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1. Con objeto de dar continuidad a las ayudas financieras a inquilinos convocadas mediante la Orden de 29 de mayo de 2012, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, y mientras no esté vigente un nuevo Plan Aragonés de vivienda y rehabilitación que sustituya al regulado para el período 2009-2012, se autoriza al Consejero del citado Departamento a convocar nuevamente las ayudas para el pago de la renta de los arrendamientos de viviendas.

2. Las bases de la convocatoria serán las previstas para esta línea de ayudas en el Decreto 60/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012, con las modulaciones contenidas en esta disposición adicional.

3. El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

4. Los criterios que se tendrán en cuenta serán los económicos así como los colectivos que se definen con derecho a protección preferente en el citado Decreto que conforma las bases de la convocatoria.

5. La instrucción de los expedientes se llevará a cabo por las Subdirecciones provinciales de vivienda. La resolución será emitida, en el plazo de tres meses, por el Director General competente en materia de vivienda, si bien se puede delegar en los Subdirectores provinciales de vivienda.

6. La convocatoria concederá un mínimo de un mes y un máximo de dos para la presentación de solicitudes.

7. La ayuda se concederá por el plazo que reste para finalizar el año 2013 y se abonará a mes vencido, salvo en el caso del mes de diciembre que se podrá abonar el último día que determine la orden de cierre del ejercicio presupuestario. Asimismo se podrán seguir abonando las cuantías mensuales correspondientes en el caso de que la orden de cierre de ejercicio presupuestario tenga efectos con anterioridad al 1 de diciembre de 2013.