Acuerdo de 10 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Anual de la Inspección General de Servicios, correspondiente al año 2023., - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 20-02-2023
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Asturias
Órgano emisor: CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 34
F. Publicación: 20/02/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
Acuerdo de 10 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Anual de la Inspección General de Servicios, correspondiente al año 2023.
El artículo 1 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, de la Inspección General de Servicios, determina que esta velará, en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos, sociedades mercantiles y fundaciones en las que tengan directa o indirectamente participación mayoritaria o dominio efectivo, por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de personal y de organización, funcionamiento, régimen jurídico y procedimiento administrativo, así como por la idoneidad de los medios dispuestos para el logro de los objetivos asignados y la utilización racional de los recursos empleados.
El artículo 5 de esta Ley establece que la Inspección General de Servicios, previa consulta con los sujetos incluidos en su ámbito de actuación y a la vista igualmente de los informes sobre las quejas y reclamaciones que le haga llegar el órgano competente para recibirlas y tramitarlas, someterá, a través de la Consejería de la que dependa orgánicamente, un plan anual de actuaciones a la aprobación del Consejo de Gobierno, que dará traslado a la Junta General para su conocimiento, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Por su parte, el artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, señala que los resultados de las actuaciones se plasmarán, previo trámite de audiencia, en su caso, en un informe que, junto al análisis y diagnóstico de la situación, contendrá recomendaciones para corregir las deficiencias que puedan haberse observado. De la copia del informe se dará traslado al Consejero correspondiente en el caso de que la actuación se refiera a la Administración del Principado de Asturias o al Director, Gerente o asimilado de los restantes sujetos referidos en el apartado 1 citado, que en cada caso se trate, con el fin de que puedan formularse las consideraciones que se estimen pertinentes. A la vista de ellas, la Inspección General de Servicios rectificará o ratificará su informe. De este informe definitivo se dará traslado tanto a los órganos citados como, en el caso de que de lo actuado se apreciaran indicios de responsabilidad contable, a la Consejería competente en materia de hacienda, quienes comunicarán a la Inspección General de Servicios las medidas adoptadas. Asimismo, se dará traslado del informe, en su caso, a quien haya ordenado o pedido la actuación de la Inspección.
El Plan que la Inspección General de Servicios propone para el año 2023, se centra en el examen, emisión de informe y consiguiente formulación de conclusiones y recomendaciones en relación con los singulares ámbitos de la Administración del Principado de Asturias que se enumeran en el anexo que se adjunta, formando parte del presente acuerdo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley del Principado de Asturias 11/2018, de 16 de noviembre, de la Inspección General de Servicios, y cumplido el trámite de consulta previa con los sujetos incluidos en su ámbito de actuación, a propuesta del Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, el Consejo de Gobierno,
ACUERDA
Primero.—Aprobar el Plan de Inspección de la Inspección General de Servicios para el año 2023, que se incorpora como anexo, formando parte de este Acuerdo.
Segundo.—Disponer la publicación del Plan de Inspección en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.—Dar traslado del Plan de Inspección a la Junta General del Principado de Asturias para su conocimiento.
Dado en Cabranes, a 1 de febrero de 2023.—El Consejero de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, Juan Cofiño González.—Cód. 2023-01218.
Anexo
PLAN DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS 2023
Área 1. Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo. OSPA. Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.
Proceso objeto de inspección: Auditoría funcional del Organismo Autónomo OSPA.
Justificación: Analizar y estudiar la organización y el funcionamiento del Organismo Autónomo OSPA a propuesta de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.
Área 2. Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático. Dirección General de Función Pública. Inspección General de Servicios.
Proceso objeto de inspección: Control de veracidad de las declaraciones responsables en los expedientes de compatibilidades.
Justificación: Revisar y, en su caso, verificar el contenido de las declaraciones responsables aportadas por las personas solicitantes de reconocimiento de compatibilidad con actividades privadas. Toda vez que existen expedientes en los que el reconocimiento de compatibilidad se sustenta, no tanto en una acreditación documental previa centrada en certificaciones, sino en declaraciones responsables que sustituyen a estas, es por lo que resulta necesaria una actividad posterior tendente a su comprobación.
Área 3. Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entidades públicas.
Proceso objeto de inspección: Elaboración de un código ético o de conducta de los empleados públicos en el ejercicio de su actividad profesional.
Justificación: Poner en marcha medidas que tienen por finalidad tanto prevenir y perseguir las conductas contrarias a la legalidad, como fomentar un comportamiento basado en valores y principios orientados a la salvaguarda del interés general, en el marco de una cultura organizativa de integridad y ética pública y de una política antifraude.
Área 4. Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entidades públicas.
Proceso objeto de inspección: Estudio de las políticas de protección de datos, en especial, de los datos de mayor sensibilidad.
Justificación: Analizar la situación de la implementación en el ámbito de la Administración del Principado y sus organismos y entidades públicas, de las obligaciones que le incumben en el ámbito de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Área 5. Administración del Principado de Asturias. Consejerías.
Proceso objeto de inspección: Análisis casuístico de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial en que se haya concedido indemnización, tanto en vía administrativa como en sede judicial, resueltos entre los años 2020 a 2022 en el ámbito de las Consejerías de la Administración del Principado de Asturias, a consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos.
Justificación: Valorar la diligencia de la actuación administrativa en la consecución de los intereses generales en aquellos supuestos en que se hubiera estimado la responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de los servicios públicos con el fin de alcanzar una gestión administrativa eficiente y de calidad.
