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ACUERDO 103/2020, de 17 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 21-12-2020

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, ORDENACION DEL TERRITORIO Y ACCION EXTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 262

F. Publicación: 21/12/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 262 de 21/12/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

La Constitución Española en el artículo 42 señala que el Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.

La Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, configura el marco jurídico que garantiza a la ciudadanía española residente en el exterior el ejercicio de sus derechos y deberes constitucionales en términos de igualdad con los españoles residentes en España, delimitando las líneas básicas de la acción protectora del Estado dirigida tanto a los españoles residentes en el exterior como a los emigrantes retornados, y fijando el marco de cooperación y coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en lo referente a esta materia.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León dispone en su artículo 7.2 que gozarán de los derechos de participación en los asuntos públicos definidos en el propio Estatuto como ciudadanos de Castilla y León, los españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Castilla y León y acrediten esta condición en la forma prevista en la legislación estatal, al igual que sus descendientes inscritos como españoles, si así lo solicitaran, en la forma que determine la ley. Asimismo, el artículo 8.2 establece la obligación de los poderes públicos autonómicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivos, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los castellanos y leoneses en la vida política, económica, cultural y social. A su vez, el artículo 9.1 establece que los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León que residan en otras Comunidades Autónomas de España o fuera del territorio nacional, así como sus asociaciones y centros sociales, tendrán el reconocimiento de su origen o procedencia y el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de Castilla y León.

Por otro lado, la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior establece los instrumentos básicos para garantizar a los castellanos y leoneses en el exterior el ejercicio de los derechos que les reconoce el ordenamiento jurídico vigente, disponiendo en su artículo 22 que la Administración de la Comunidad de Castilla y León elaborará la planificación estratégica plurianual en la que se establecerán el marco, los programas, las directrices, las medidas y los mecanismos de evaluación para la consecución de los fines de la ley y la coordinación de las actuaciones de los poderes públicos que en ella se contemplan en favor de los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León, así como los retornados. De este modo, el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024, se convierte en el instrumento de planificación autonómica para sistematizar, impulsar y evaluar las políticas migratorias de la Comunidad de Castilla y León dirigidas específicamente a la atención y apoyo a su ciudadanía en el exterior y a la emigración de retorno.

Este plan se inspira en cuatro principios que orientan la planificación de las actuaciones de la Administración autonómica: principio de igualdad, transparencia, participación y fomento del retorno.

Partiendo de estos principios orientadores, el objetivo general del plan es atender a la ciudadanía castellana y leonesa en el exterior, en su condición de activo de la Comunidad Autónoma desde el punto de vista humano, económico, social y cultural, estructurándose en seis objetivos estratégicos:

1. Procurar la cobertura de las necesidades básicas de los castellanos y leoneses en el exterior.

2. Establecer mecanismos a través de los cuales se garantice la participación de los castellanos y leoneses residentes en el exterior en la vida política, social y cultural de Castilla y León.

3. Fomentar el vínculo de los castellanos y leoneses que residen en el exterior con su lugar de origen y con Castilla y León, prestando especial atención a las comunidades castellanas y leonesas en el exterior como cauce de unión, por su acción de mantenimiento de los lazos culturales, sociales e identitarios con la Comunidad.

4. Promocionar Castilla y León en el mundo a través de la presencia y actuación de la ciudadanía castellana y leonesa residente en el exterior.

5. Considerar a la emigración castellana y leonesa parte esencial de la historia de esta Comunidad, por lo que se pondrán los medios necesarios para que pueda llevarse a cabo su investigación, estudio, conocimiento, y difusión.

6. Potenciar el retorno a Castilla y León de la ciudadanía castellana y leonesa que reside en el exterior, activando para ello los mecanismos sociales y los instrumentos de mediación oportunos, que faciliten tanto el regreso como la integración social y laboral de las personas retornadas.

Para conseguir esos objetivos el Plan se organiza en tres líneas de actuación, dentro de las que se ordenan 44 medidas específicas de desarrollo, junto con sus respectivos indicadores:

Línea 1: Atención a la ciudadanía castellana y leonesa residente en el exterior y sus comunidades (19 medidas).

Línea 2: Participación de la ciudadanía en el exterior en la vida social, cultural y económica de Castilla y León (14 medidas).

Línea 3: Fomento del retorno (11 medidas).

Por otra parte, para realizar la evaluación y seguimiento del plan, se prevé que con carácter anual se evalúen cada una de las medidas del plan conforme a dichos indicadores, sin perjuicio de su evaluación global al finalizar su vigencia.

En la elaboración de este Plan Estratégico se han tenido en cuenta las sugerencias y aportaciones de los diferentes departamentos de la Administración autonómica, de los colectivos a los que se dirige y del resto de agentes implicados en las políticas migratorias de Castilla y León.

La Comisión Delegada para Asuntos Económicos ha conocido, previamente al inicio de la tramitación, el presente plan, de conformidad con el artículo 5.1.b) del Decreto 37/2019, de 26 de septiembre, por el que se crea y regula la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.

El artículo 16.j) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, atribuye a la Junta de Castilla y León la aprobación de programas, planes y directrices vinculantes para todos los órganos de la Administración de la Comunidad.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de diciembre de 2020 adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobar el III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024, cuyo texto estará disponible en la página web de la Junta de Castilla y León www.jcyl.es, en el apartado «Castellanos y leoneses en el exterior».

Segundo.- La ejecución de las acciones recogidas en el presente plan se llevarán a cabo por los órganos que tengan atribuida la competencia en cada caso.

Valladolid

2020-12-17

El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

El Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, Fdo.: Francisco Igea Arisqueta