Acuerdo 106/2023, del Consejo de Gobierno Foral de 7 de marzo. Aprobar la participación definitiva en el Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales correspondiente al año 2022. - Boletín Oficial de Álava de 15-03-2023
- Ámbito: álava
- Estado: VIGENTE
- Fecha de entrada en vigor: 16/03/2023
- Órgano Emisor: Departamento De Equilibrio Territorial
- Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 31
- Fecha de Publicación: 15/03/2023
- PDF de la disposición
De conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 de la Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava, "finalizado el ejercicio se practicará la liquidación de la dotación presupuestaria del citado fondo de acuerdo con el modelo fijado en el artículo 5 de dicha norma por el importe real de los diferentes conceptos recogidos en el mismo. Las diferencias que puedan resultar a favor o en contra de las entidades locales se regularizarán con las asignaciones que les correspondan percibir en el ejercicio siguiente".
La Norma Foral 33/2021, de 21 de diciembre, de ejecución presupuestaria del Territorio Histórico de Álava para el año 2022, en su artículo 29, establece una dotación inicial del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava para el ejercicio 2022 de 247.068.798,00 euros.
Asimismo, en dicha norma, según la disposición adicional undécima, que modifica la Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del fondo, al importe del tramo complementario, calculado según las reglas contenidas en el artículo 8, le será añadido el importe del fondo de fomento del euskera y planificación en el ámbito municipal, según lo establecido en la Ley 4/2021, de 7 de octubre, de metodología de distribución de recursos y de determinación de las aportaciones de las Diputaciones Forales a la financiación de los presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al periodo 2022-2026. Para el ejercicio 2022 el importe de este fondo de fomento del euskera se fija en la cantidad de 145.440,00 euros.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 7 de la Norma Foral 19/1997, de 30 junio, reguladora del fondo, se dota un complemento adicional al Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales con cargo a los Presupuestos del Territorio Histórico de Álava de 5.168.000,00 euros.
Por Acuerdo 14/2022, de 25 de enero, de Consejo de Gobierno Foral, se aprobaron las asignaciones iniciales que corresponden a las cuadrillas, ayuntamientos y concejos en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades para el ejercicio 2022. No habiéndose formulado reclamaciones ni observaciones de ningún tipo contra el citado acuerdo, el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Norma Foral 19/1997, queda aprobado definitivamente.
Su distribución se produjo según la siguiente relación:
A) Participación por la prestación de servicios traspasados desde la Diputación Foral de Álava a las entidades locales alavesas:
Al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, por los servicios de bienestar social transferidos: 2.888.226,91 euros que le fueron abonadas en partes iguales en cada uno de los cuatro trimestres del ejercicio 2022.
B) Participación fija de las cuadrillas y participación derivada de la aplicación del apartado b) del artículo 8 de la Norma Foral 19/1997.
B-1) Participación fija a cada una de las cuadrillas, en atención a los gastos de infraestructura administrativa y funcionamiento originados por los miembros de su junta de cuadrilla.
La Norma Foral 19/1997 establece en 67.613,86 euros la participación fija anual de cada cuadrilla por los conceptos antes citados.
El total de abono efectuado a las cuadrillas en funcionamiento por este concepto alcanzó los 405.683,16 euros.
B-2) Participación de las cuadrillas en el Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales como consecuencia de la prestación de determinados servicios, a tenor de lo establecido en el artículo 8, apartado b), de la Norma Foral 19/1997.
Por este concepto se abonó a las citadas entidades beneficiarias durante 2022 la cantidad de 1.766.602,11 euros, con carácter provisional, y sujeto a las consecuencias de la aplicación del artículo 9 de las condiciones reguladoras establecidas en la "Metodología para la distribución a las cuadrillas de las participaciones afectas a la financiación de servicios en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales, derivadas de la aplicación del apartado b) del artículo 8 de la Norma Foral 19/1997 reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales", aprobada por Decreto 61/2017, del Consejo de Gobierno Foral, de 29 de diciembre, modificado por Decreto Foral 47/2018, de 18 de septiembre.
C) La participación de las diferentes entidades locales en el tramo básico se fijó en 66.698.328,37 euros, que se distribuyeron:
1.832.248,17 euros | Cuadrillas |
59.873.569,46 euros | Ayuntamientos |
4.992.510,74 euros | Concejos |
D) La participación de los ayuntamientos en el tramo complementario se estableció en 180.477.957,45 euros.
Todas las cuantías citadas se distribuyeron entre las entidades beneficiarias en base a los criterios establecidos en la Norma Foral 19/1997.
La suma de todos los conceptos alcanza la cifra de 252.236.798,00 euros, consignación presupuestaria inicial de la partida "Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales" para el ejercicio 2022.
Por parte de la Dirección de Finanzas y Presupuestos se comunicó el importe definitivo del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales correspondiente al año 2022, cuya liquidación alcanza la cifra de 260.986.364,00 euros, según la normativa vigente a esa fecha.
Por todo ello, aplicados los nuevos datos aportados, tanto por la Dirección de Finanzas y Presupuestos referidos a la cuantía total que representa el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales para su liquidación en el ejercicio 2022, como por las cuadrillas sobre los gastos reales efectivamente realizados en la prestación de los servicios contemplados en el apartado b) del artículo 8 de la Norma Foral 19/1997, así como la actualización de los gastos de personal de los servicios contratados según lo dispuesto en el Decreto Foral 61/2017, de 29 de diciembre, se obtienen las participaciones finales en la liquidación 2022 de las distintas entidades locales de Álava, las cuales se reflejan para los ayuntamientos, cuadrillas y concejos según el siguiente desglose:
A) Participación por la prestación de servicios traspasados desde la Diputación Foral de Álava a las entidades locales alavesas:
Al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, por los servicios de bienestar social transferidos, 2.888.226,91 euros. La citada cuantía fue abonada en su totalidad durante el ejercicio 2022.
B) Participación fija de las cuadrillas y participación derivada de la aplicación del apartado b) del artículo 8 de la Norma Foral 19/1997.
B-1) Participación fija a cada una de las cuadrillas, en atención a los gastos de infraestructura administrativa y funcionamiento originados por los miembros de su junta de cuadrilla.
La participación de las cuadrillas por este concepto es de 67.613,86 euros alcanzando un total de 405.683,16 euros, cuantía idéntica a la ya repartida.
B-2) Participación de las cuadrillas en el Fondo Foral de Financiación de Entidades Locales como consecuencia de la prestación de determinados servicios, a tenor de lo establecido en el artículo 8, apartado b), de la Norma Foral 19/1997.
En este concepto se ha procedido a actualizar los módulos de los diferentes servicios con el importe definitivo resultante de la aplicación de los incrementos salariales autorizados para el ejercicio 2022 en la legislación aplicable.
Por este concepto la participación real asciende a 1.790.993,42 euros.
C) La participación real que les corresponde a las diferentes entidades locales en el tramo básico es 69.054.125,54 euros, que se distribuyen:
1.896.963,54 euros | Cuadrillas |
61.988.314,98 euros | Ayuntamientos |
5.168.847,02 euros | Concejos |
D) La participación que les corresponde a los ayuntamientos en el tramo complementario es de 186.847.334,97 euros.
Por otra parte, la Norma Foral 1/2021, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2021, introdujo la disposición transitoria octava a la Norma Foral 19/1997, de 30 junio, reguladora del fondo.
Asimismo, de acuerdo con la modificación introducida por la Norma 17/2011, de 20 de diciembre, en la disposición adicional novena, apartado c), se establece que el saldo del Fondo de Estabilización de Participación de las Entidades Locales (FEPEL) en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales a 31 de diciembre de 2011, se compensará a la Diputación Foral de Álava mediante la aplicación del importe de las liquidaciones positivas del FOFEL que se produzcan antes de su completa compensación.
Además de ello, hay que tener en cuenta lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional quinta de la Norma Foral 17/2016: "A partir del ejercicio siguiente al que el saldo de una entidad local en el fondo alcance un importe nulo, ésta percibirá la participación que le corresponda en el Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales según los criterios de reparto establecidos en su normativa reguladora. No obstante, todas las entidades locales inicialmente incursas en el fondo, seguirán formando parte de él hasta su total amortización".
Por tanto, en aplicación de todo ello, se recoge de forma detallada el saldo del fondo de estabilización a fecha de 31 de diciembre de 2022:
FEPEL | |
Liquidación FOFEL 2008 | 33.126.740,00 |
Liquidación FOFEL 2009 | 27.228.626,50 |
Liquidación FOFEL 2010 | - 3.838.456,00 |
Liquidación FOFEL 2011 | 19.558.875,50 |
Aplicación dotación presupuestaria anual del Plan Foral de Obras y Servicios correspondiente al ejercicio 2012 | - 12.412.040,00 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2012 (cifra de liquidación) | - 2.338.596,90 |
Aplicación de la liquidación positiva generada una vez cubierta la caída de recaudación, como consecuencia de la imputación de las ayudas de Estado recuperadas con anterioridad al ejercicio 2012, a la liquidación negativa del FOFEL 2012 (primer párrafo disposición transitoria sexta de la Norma Foral 19/1997) | - 414.597,55 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2013 (cifra de liquidación) | - 2.289.924,75 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2013 correspondiente al reparto de las ayudas de Estado recuperadas en el ejercicio 2012 (segundo párrafo disposición transitoria sexta de la Norma Foral 19/1997) | - 357.002,45 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2014 correspondiente al reparto de las ayudas de Estado recuperadas en el ejercicio 2013 (segundo párrafo disposición transitoria sexta de la Norma Foral 19/1997) | - 24.611,89 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2014 (cifra de liquidación) | - 2.422.640,08 |
Liquidación FOFEL 2014 (apartado c) de la disposición adicional novena de la Norma Foral 19/1997 | - 9.572.343,00 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2015 correspondiente al reparto de las ayudas de Estado recuperadas en el ejercicio 2014 (segundo párrafo disposición transitoria sexta de la Norma Foral 19/1997) | - 3.557,64 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2015 (cifra de liquidación) | - 2.651.986,46 |
Liquidación FOFEL 2015 (apartado c) de la disposición adicional novena de la Norma Foral 19/1997 (cifra de liquidación) | - 7.100.940,00 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2016 correspondiente al reparto de las ayudas de Estado recuperadas en el ejercicio 2015 (segundo párrafo disposición transitoria sexta de la Norma Foral 19/1997) | - 11.437,36 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2016 (cifra de liquidación) | - 2.815.876,31 |
Liquidación FOFEL 2016 (apartado c) de la disposición adicional novena de la Norma Foral 19/1997 (cifra de liquidación) | - 1.395.200,00 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2017 (cifra de liquidación) | - 3.016.621,86 |
Liquidación FOFEL 2017 (apartado 1.3) de la disposición adicional quinta de la Norma Foral 17/2016 (cifra de liquidación) | - 1.966.135,57 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2018 (cifra de liquidación) | - 3.264.042,21 |
Liquidación FOFEL 2018 (apartado 1.3) de la disposición adicional quinta de la Norma Foral 17/2016 (cifra de liquidación) | - 9.688.164,47 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2019 (cifra de liquidación) | - 3.345.602,92 |
Liquidación FOFEL 2019 (apartado 1.3) de la disposición adicional quinta de la Norma Foral 17/2016 (cifra de liquidación) | - 4.124.002,66 |
Aplicación importe mínimo equivalente al 2 por ciento de la participación complementaria del FOFEL 2022 (cifra de liquidación) | - 3.715.490,57 |
Liquidación FOFEL 2022 (apartado 1.3) de la disposición adicional quinta de la Norma Foral 17/2016 (cifra de liquidación) | - 3.144.971,35 |
SALDO FINAL FEPEL ACUMULADO A 31/12/2022 | 0,00 |
Por tanto, el saldo acumulado de FEPEL a 31 de diciembre de 2022 se encuentra totalmente compensado.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral 448/2021, de 20 de julio, se concedió, por circunstancias excepciones, el fraccionamiento del importe de la liquidación negativa del FOFEL correspondiente al ejercicio 2020, a ciertos concejos. Teniendo en cuenta, el reparto de la liquidación del Fondo de 2022, y tal y como muestra el cuadro adjunto, procede dejar sin efecto dicho acuerdo, y retener las cantidades pendientes en los abonos correspondientes de la liquidación de FOFEL 2022, a las juntas que se detallan a continuación por los importes establecidos:
Concejo | Pendiente a reintegrar | Liquidación positiva FOFEL 2022 | Liquidación positiva FOFEL 2022 a recibir |
Leciñana de la Oca | 63,98 | 94,41 | 30,43 |
Navarrete | 189,04 | 298,69 | 109,65 |
Rivabellosa | 4.171,25 | 6.460,10 | 2.288,85 |
Urbina | 446,00 | 741,95 | 295,95 |
Total | 4.870,27 | 7.595,15 | 2.724,88 |
Visto el informe del Servicio de Financiación Local y Gestión Administrativa, y a propuesta de la diputada foral de Equilibrio Territorial, previa deliberación del Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada en el día de la fecha,
ACUERDO