ACUERDO 14/2020, de 26 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara temporalmente de interés público el desarrollo de un segundo puesto de trabajo en los ámbitos sanitario y sociosanitario en los centros, instituciones, servicios y establecimientos del sistema público de salud y de servicios sociales de la Comunidad de Castilla y León., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 27-03-2020
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, ORDENACION DEL TERRITORIO Y ACCION EXTERIOR
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 64
F. Publicación: 27/03/2020
La crisis sanitaria generada a nivel mundial por la infección provocada por el COVID-19 y la consiguiente declaración del estado de alarma efectuada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, han dado lugar a un escenario crítico en nuestro país cuya gestión resulta de enorme complejidad y de difícil solución. Los efectos que esta situación está generando en los ámbitos sanitario y sociosanitario son extremadamente graves y requieren de decisiones urgentes y efectivas para garantizar la mejor de las atenciones posibles para proteger a nuestra ciudadanía.
El incremento actual de la demanda de asistencia sanitaria y sociosanitaria ha desbordado cualquier previsión, llevando a nuestros sistemas públicos a un nivel de saturación nunca antes conocido. En este contexto, resulta más que justificado en el ámbito del régimen de incompatibilidades adoptar las medidas que el marco jurídico vigente permite a las autoridades autonómicas.
En desarrollo de esta previsión legal, el artículo 4.4 del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, habilita a la Junta de Castilla y León, por razones de interés público y mediante acuerdo, a autorizar el desempeño de un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público, si bien la actividad autorizada deberá prestarse en régimen laboral, con una duración determinada y a tiempo parcial.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de marzo de 2020 adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.- Ámbito.
1.- Se declara temporalmente de interés público el desarrollo de un segundo puesto o actividad en los ámbitos sanitario y sociosanitario en la red de centros, instituciones, servicios y establecimientos públicos del sistema público de salud (SACyL) y de servicios sociales de la Comunidad de Castilla y León, que venga justificado exclusivamente para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19.
2.- Los empleados públicos que podrán solicitar la compatibilidad para los puestos o actividades mencionados en el apartado 1 son todos aquellos que se encuentran actualmente dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Segundo.- Régimen jurídico.
1.- El segundo puesto o actividad pública deberá ser autorizada expresamente previa solicitud del interesado y solo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial, y con duración determinada.
La autorización no supondrá modificación de jornada de trabajo y horario de los dos puestos o actividades, se condiciona a su estricto cumplimiento en ambos y no podrá impedir o menoscabar el cumplimiento de las responsabilidades y deberes inherentes a cualquier de ellos, ni comprometer la imparcialidad e independencia en el ejercicio de sus funciones.
2.- Se autoriza la superación de los límites retributivos contemplados en el artículo 7.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, por considerar que en este supuesto existen razones de especial interés tal como se ha hecho constar en la motivación de este acuerdo.
Tercero.- Procedimiento.
La solicitud de autorización de compatibilidad se tramitará conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Los interesados deben enviar a la dirección de correo electrónico inspeccion.servicios@jcyl.es la solicitud de autorización de compatibilidad en el modelo normalizado Anexo I que se encuentra a disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la siguiente dirección: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/ 1251181050732/Tramite/1234256367674/Tramite. A la solicitud se adjuntará el justificante que acredite el abono de la tasa que se menciona en el citado enlace web.
La solicitud de informes a las Gerencias Sanitarias o de Salud de Área, Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de la provincia correspondiente y a cualquier secretaría general, órgano o unidad de la administración autonómica que deba informar se efectuará por correo electrónico. La documentación que deba remitirse por aquellas a la Inspección General de Servicios se hará con carácter urgente al correo electrónico ya citado: inspeccion.servicios@jcyl.es.
Estas solicitudes gozarán de tramitación preferente por las razones expuestas en este acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.- Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción y dejará de producirlos cuando la Junta de Castilla y León adopte un nuevo acuerdo a la vista de la evolución de la crisis del COVID-19.
Este acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León para general conocimiento.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid
2020-03-26
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
