ACUERDO 177/2019, de 12 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Acuerdo 67/2010, de 1 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban nuevas medidas de austeridad en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 16-09-2019
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 178
F. Publicación: 16/09/2019
Mediante el Acuerdo 67/2010, de 1 de julio, de la Junta de Castilla y León, se aprobaron nuevas medidas de austeridad en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
Si bien la situación económica que motivó la aprobación de ese acuerdo ha cambiado, no lo ha hecho el compromiso de la Comunidad con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y la política de austeridad en el gasto público, por lo que se considera conveniente la permanencia de las medidas que en ese acuerdo se incluyeron, sin perjuicio de la necesidad de su modificación para que no supongan un inconveniente para la ágil realización de las adquisiciones de bienes o de mejora de las infraestructuras que requiere la correcta prestación de los servicios públicos.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia e iniciativa de los Consejeros de Economía y Hacienda y de la Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 12 de septiembre de 2019 adopta el siguiente.
ACUERDO
Primero.- Modificar el Anexo del Acuerdo 67/2010, de 1 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban nuevas medidas de austeridad en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, en los siguientes términos:
1.- Se modifica la medida 3.2 que queda redactada como sigue:
«3.2. Limitar las actuaciones en inmuebles al servicio de la Administración de la Comunidad a atender las reparaciones y mantenimientos estrictamente necesarios conforme a criterios legales y de seguridad. De entre estas actuaciones, aquellas que pretendan llevarse a cabo en inmuebles de uso administrativo y por importe superior a 40.000 € (IVA no incluido), requerirán autorización de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, salvo supuestos de emergencia.»
2.- Se modifica la medida 4.3 que queda redactada como sigue:
«4.3. La adquisición o alquiler en cualquiera de sus modalidades, con o sin opción de compra, de mobiliario de uso general, vehículos automóviles y equipamientos informáticos o electrónicos destinados a uso administrativo cuyo importe sea superior a 15.000 euros (IVA no incluido) requerirá autorización previa de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda. La solicitud de autorización, acompañada de la justificación de su necesidad e idoneidad, se realizará por los Secretarios Generales o Gerentes respectivos y se resolverá en un plazo máximo de 15 días. En todo caso, la sustitución de material inventariable exigirá la previa justificación de su necesidad y amortización.»
Segundo.- El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid
2019-09-12
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando
