Texto consolidado del Acuerdo sobre transportes internacionalesde mercancías perecederas y sobre vehículosespeciales utilizados en esos transportes (ATP) hecho en Ginebra el1 de septiembre de 1970, actualizado a 23 de septiembre de2013. - Boletín Oficial del Estado de 15-11-2013
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Septiembre de 2015
F. entrada en vigor: 23/09/2013
Órgano emisor: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 274
F. Publicación: 15/11/2013
Preambulo
ANEXO. INTRODUCCIÓN
ACUERDO SOBRE TRANSPORTES INTERNACIONALES DE MERCANCÍAS PERECEDERAS Y SOBRE VEHICULOS ESPECIALES UTILIZADOS EN ESOS TRANSPORTES (ATP)
CAPÍTULO I. UNIDADES ESPECIALES DE TRANSPORTE
Artículo 1
Artículo 2
CAPÍTULO II. UTILIZACIÓN DE LAS UNIDADES ESPECIALES DE TRANSPORTE PARA LOS TRANSPORTES INTERNACIONALES DE CIERTAS MERCANCÍAS PERECEDERAS
Artículo 3
Artículo 4
CAPÍTULO III. DISPOSICIONES DIVERSAS
Artículo 5
Artículo 6
Artículo 7
Artículo 8
CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 9
Artículo 10
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 18
Artículo 19
Artículo 20
ANEJO 1. DEFINICIONES Y NORMAS DE LAS UNIDADES ESPECIALES1 PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PERECEDERAS
ANEJO 1, APÉNDICE 1
ANEJO 1, APÉNDICE 2
ANEJO 1, APÉNDICE 3
ANEJO 1, APÉNDICE 4
ANEJO 2. ELECCIÓN DE LA UNIDAD Y DE LAS CONDICIONES DE TEMPERATURA PARA EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS ULTRACONGELADOS Y CONGELADOS.
ANEJO 2, APÉNDICE 1
ANEJO 2, APÉNDICE 2
ANEJO 3. ELECCIÓN DE LA UNIDAD Y DE LAS CONDICIONES DE TEMPERATURA PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS REFRIGERADAS