Legislación

ACUERDO 61/2021, de 10 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se hace pública la relación de entidades locales menores que quedaron suprimidas en aplicación de la disposición adicional tercera de la Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 14-06-2021

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 113

F. Publicación: 14/06/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 113 de 14/06/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

La Disposición Adicional Tercera de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, establece que quedarán suprimidas a la entrada en vigor de la Ley todas aquellas Entidades Locales Menores que, en la fecha indicada, carezcan de población y, añade en su párrafo segundo que, la Junta de Castilla y León, constatada la carencia de población, hará pública mediante Decreto, la relación de las entidades que se encuentren comprendidas en el apartado anterior.

Se ha constatado, mediante certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística, que las Entidades Locales Menores de Hocina perteneciente al Municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, Ahedo de Bureba, perteneciente al Municipio de Galbarros, ambos de la Provincia de Burgos y Los Montes de la Ermita y Urdiales de Colinas, pertenecientes al Municipio de Igüeña, Provincia de León, carecían de población a 1 de enero de 1998 y a 1 de enero de 1999.

Las entidades locales menores que a la fecha de la entrada en vigor de la Ley 1/1998 carecían de población quedaron suprimidas por dictado de la ley. No obstante procede publicar su relación, en aplicación del dispuesto en el párrafo segundo de la ya citada Disposición Adicional Tercera, para general conocimiento y mayor seguridad jurídica.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 44 del Decreto Legislativo 1/1988, de 21 de julio, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la forma que debía adoptar tanto las disposiciones administrativas como las resoluciones de la Junta de Castilla y León era la de Decreto. En la actualidad, el artículo 70 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que adoptarán la forma de Decreto las disposiciones de carácter general de la Junta de Castilla y León y forma de Acuerdo sus resoluciones administrativas. En consecuencia, la resolución administrativa por la que se hace pública la relación de las entidades que quedaron suprimidas con la entrada en vigor de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, ha de adoptar forma de acuerdo.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 10 de junio de 2021 adopta el siguiente

ACUERDO

Hacer pública la relación de entidades locales menores suprimidas por carecer de población a la entrada en vigor de la Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León:

Hocina, perteneciente al municipio de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, provincia de Burgos.

Ahedo de Bureba, perteneciente al municipio de Galbarros, provincia de Burgos

Los Montes de la Ermita, perteneciente al municipio de Igüeña, provincia de León.

Urdiales de Colinas, perteneciente al municipio de Igüeña, provincia de León.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno en defensa de sus intereses.

Valladolid

2021-06-10

El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

El Consejero de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando