Legislación

Acuerdo de 8 de abril de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se habilita a la Consejería de Hacienda, previa comunicación al órgano gestor y sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo de Gobierno, a iniciar la tramitación de modificaciones presupuestarias en relación con cualesquiera créditos de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2020 y en el marco de las necesidades relacionadas con la alerta sanitaria del COVID-19. [Cód. 2020-02912], - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 14-04-2020

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Ambito: Asturias

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 71

F. Publicación: 14/04/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 71 de 14/04/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Antecedentes de hecho

Primero.-Con motivo de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 que la Organización Mundial de la Salud elevó a pandemia internacional el pasado 11 de marzo de 2020, el Gobierno de España acordó declarar, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria en todo el territorio nacional.

Segundo.-Esta situación extraordinaria, que constituye una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud, supone un cambio radical del escenario de ingresos y necesidades de gasto respecto al que condujo en su día a la aprobación de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2020. Las medidas que han debido afrontarse para el control de la pandemia tienen impacto presupuestario directo, incidiendo de manera especial en las necesidades de gasto asociadas a servicios sanitarios o sociales. Igualmente, en los próximos meses va a ser necesario centrar gran parte de las políticas de gasto en el desarrollo de medidas tendentes a compensar las consecuencias de la crisis sanitaria sobre la situación económica. En paralelo, las medidas de control sanitario, han provocado una paralización de la actividad económica que ya ha comenzado a reducir los ingresos que nutren las arcas del Principado de Asturias.

Tercero.-Todo ello hace imprescindible una reordenación de los créditos inicialmente aprobados para el ejercicio 2020 con el fin de movilizar recursos hacia los servicios que directamente colaboran en paliar la crisis y sus consecuencias para la ciudadanía. A tal fin se hace necesario dotar a la Administración del Principado de Asturias de instrumentos ágiles en el ámbito presupuestario para la reasignación de prioridades con vistas a la financiación inmediata de las múltiples necesidades a cubrir.

Cuarto.-Con fecha 6 de abril de 2020, se emite informe de la Dirección General de Presupuestos.

Fundamentos de derecho

Primero.-El texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio (en adelante TRREPPA), atribuye al Consejo de Gobierno, en su artículo 6 b), la determinación de las directrices de la política económica y financiera del Principado, y al Consejero competente en materia económica y presupuestaria, en su artículo 7 b), la propuesta al Consejo de Gobierno de los acuerdos y disposiciones en materias de su competencia.

Segundo.-El artículo 13.2 de la Ley del Principado de Asturias 8/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2020, autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Hacienda, a dictar las instrucciones oportunas y adoptar las medidas necesarias que permitan adecuar la ejecución presupuestaria de gastos al ritmo del reconocimiento de derechos.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Hacienda,

ACUERDA

Primero.-Habilitar a la Consejería de Hacienda, previa comunicación al órgano gestor y sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo de Gobierno, a iniciar la tramitación de modificaciones presupuestarias en relación con cualesquiera créditos de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2020 y en el marco de las necesidades relacionadas con la alerta sanitaria del COVID-19, para:

1.º) Anular las retenciones de crédito para autorizar y las autorizaciones de crédito aún no comprometido.

2.º) Retener los créditos disponibles que tengan la consideración de dotaciones no utilizadas.

3.º) Transferir los créditos de las dotaciones no utilizadas en los programas de las distintas secciones de los Presupuestos a los distintos conceptos del programa 633 A «Imprevistos y Funciones no clasificadas» de la sección 31.

Segundo.-Disponer que el presente Acuerdo entre en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y mantenga su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

Dado en Oviedo, a 6 de abril de 2020.-La Consejera de Hacienda, Ana Cárcaba García.-Cód. 2020-02912.