ACUERDO 88/2020, de 25 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se crea el Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 30-11-2020
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE TRANSPARENCIA, ORDENACION DEL TERRITORIO Y ACCION EXTERIOR
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 248
F. Publicación: 30/11/2020
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye, en su artículo 16, a los poderes públicos de Castilla y León el deber de orientar sus actuaciones de acuerdo con los principios rectores que establecen la Constitución y el presente Estatuto. En el ejercicio de sus competencias, deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena eficacia de los objetivos establecidos en dicha norma institucional básica, entre los cuales, en el punto 9 se encuentra: «La lucha contra la despoblación, articulando las medidas de carácter institucional, económico, industrial y social que sean necesarias para fijar, integrar, incrementar y atraer población»
Dada la vinculación de los aspectos poblacionales con las consideraciones de carácter territorial, el Decreto 1/2020, de 4 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se modifican el Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías y el Decreto 3/2019, de 24 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las viceconsejerías, atribuye a la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior la competencia en materia de «impulso y coordinación de la Agenda para la Población y de las políticas relativas al reto demográfico».
El Decreto 6/2020, de 16 de julio, por el que se modifica el Decreto 20/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior sitúa esta competencia en la Dirección General de Ordenación del Territorio y Planificación, a la que corresponde, entre otras atribuciones, el diseño, en colaboración con los órganos competentes de las distintas consejerías, de objetivos, estrategias, planes e indicadores en materia de dinamización demográfica; el impulso y coordinación de medidas y actuaciones que en esta materia se realicen por los distintos órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y león, y en su caso, la propuesta y ejecución de aquellas que resulten propias de su competencia.
La dinamización demográfica engloba todas las actuaciones y medidas que se llevan a cabo en materia de reto demográfico.
Al tratarse de una materia transversal es preciso contar con un grupo técnico interno con la finalidad de conocer y coordinar las medidas concretas que vayan a adoptar las distintas Consejerías con incidencia en el cambio demográfico. Se trata, en suma, de asegurar que la política de la Junta de Castilla y León en esta materia sea coherente y resulte conocida de antemano por todos los actores de este proceso.
El artículo 16 r) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, dispone que corresponde a la Junta de Castilla y León «cualquier otra atribución prevista por la Ley o que por su importancia requiera el conocimiento o deliberación de los miembros de la Junta, así como las no atribuidas expresamente a otro órgano».
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 25 de noviembre de 2020, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.- Crear el Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica como grupo técnico de análisis, coordinación, seguimiento y propuesta de actuaciones en materia de dinamización demográfica, con las funciones, composición, funcionamiento y régimen económico establecido en el Anexo del presente acuerdo.
Segundo.- El presente acuerdo producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computaran a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
ANEXO
GRUPO DE TRABAJO INTERCONSEJERÍAS DE DINAMIZACIÓN DEMOGRÁFICA
Primero.- Funciones.
El Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica tendrá las siguientes funciones:
a) Conocer las medidas que pretendan adoptar las Consejerías en materia de dinamización demográfica, analizando las mismas de cara a una actuación coherente y conjunta.
b) Conocer el calendario de trabajo para la puesta en funcionamiento de las medidas propuestas e informar a las Consejerías sobre aquél.
c) Formular propuestas o iniciativas a las distintas Consejerías en materias relacionadas con la dinamización demográfica, a través del centro directivo competente en dicha materia.
d) Formular propuestas que permitan mejorar la coordinación y la evolución positiva de la dinamización demográfica.
e) Seguir la ejecución de las medidas que cada Consejería haya establecido.
f) Evaluar las medidas adoptadas y elevar sus conclusiones al centro directivo competente en materia de impulso y coordinación de las políticas relativas al reto demográfico.
g) Analizar y valorar la vinculación de las medidas con consideraciones de carácter territorial.
Segundo.- Composición.
1. El Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica estará integrado por los siguientes miembros:
a) La persona titular del centro directivo competente en materia de impulso y coordinación de las políticas relativas al reto demográfico, que actuará como Presidente.
b) Una persona en representación de cada una de las Consejerías y su suplente, con rango de coordinador, jefe de servicio o similares, a propuesta de las respectivas Secretarias Generales.
c) Una persona del centro directivo competente en materia de impulso y coordinación de las políticas relativas al reto demográfico, y su suplente, a propuesta de la persona titular de dicho centro directivo, que se encargará de las convocatorias, comunicaciones y medios materiales que se precisen para las reuniones del grupo de trabajo.
2. El nombramiento de los miembros titulares y suplentes que componen el grupo de trabajo corresponderá a la persona titular de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.
Tercero.- Funcionamiento.
1. El Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica se reunirán en sesión ordinaria, como mínimo, cuatro veces al año. Asimismo, podrán reunirse con carácter extraordinario, cuantas veces resulte necesario para el cumplimiento de sus funciones, a iniciativa de la persona que ostente la presidencia o a solicitud de la tercera parte de sus miembros.
2. La convocatoria de las reuniones se realizará por la respectiva presidencia con, al menos, cuatro días de antelación, cuando se trate de sesiones ordinarias y con dos, si se trata de sesiones extraordinarias.
3. El Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica utilizará preferentemente medios electrónicos para su funcionamiento. A tales efectos, podrán constituirse y formular propuestas utilizando medios electrónicos.
4. El Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica, será coordinado por el centro directivo competente en materia de impulso y coordinación de las políticas relativas al reto demográfico.
Cuarto.- Régimen económico.
La asistencia a las reuniones presenciales del Grupo de Trabajo Interconsejerías de Dinamización Demográfica no dará derecho a percibir indemnizaciones por razón del servicio.
Valladolid
2020-11-25
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, Fdo.: Francisco Igea Arisqueta
