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Acuerdo de la Asamblea de fecha 15 de junio de 2012, relativo aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal, reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos de la Ciudad Autónoma de Melilla., - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 26-06-2012

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Ambito: Melilla

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 4933

F. Publicación: 26/06/2012

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 4933 de 26/06/2012 y no contiene posibles reformas posteriores

1614.- La Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 15 de junio de 2012, aprobó el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos de la Ciudad Autónoma de Melilla, cuya parte dispositiva es la siguiente:

EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL

Primero. Se acuerda aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva de los artículos 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, mediante exposición del mismo en el Tablón de anuncios de esta Ciudad durante el por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Asimismo y cumpliendo con el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se publicará en el boletín oficial de la provincia y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.

Tercero. En el caso de que no se presentasen reclamaciones en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del Real decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto. Facultar al señor Consejero, tan ampliamente como en derecho fuera preciso, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrolle del presente acuerdo.

El expediente se encuentra expuesto al público durante el plazo de 30 días, en la Secretaría Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Melilla, 22 de junio de 2012.

El Secretario de la Consejería de Economía y Hacienda. José Ignacio Escobar Miravete.