Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2026 por el que se autoriza la modificación del Anexo 20 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2025, para introducir los módulos económicos de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0 de los centros educativos privados concertados de las Islas Baleares
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Copiloto jurídico
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Mayo de 2026
F. entrada en vigor: 23/05/2026
Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 65
F. Publicación: 23/05/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
De acuerdo con el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y con los artículos 12 y 13 del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobado por el Real decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, los módulos económicos correspondientes a los gastos de personal docente y los gastos de funcionamiento para el sostenimiento de los centros educativos privados concertados de las Islas Baleares para el año 2025, prorrogada para el ejercicio 2026, se regulan mediante el Anexo 20 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2025, prorrogados para el ejercicio 2026 por la Orden 39/2025, de 23 de diciembre, del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la cual se despliegan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2026, y se recogen concretamente en el Anexo 20 de la Ley 6/2025.
El apartado 3 del artículo 30 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, establece que la Consejería de Educación y Universidades podrá financiar, con cargo a estos módulos, cualquier programa de carácter educativo y cualquier gasto de funcionamiento que apruebe el Consejo de Gobierno mediante acuerdo.
Además, el artículo 30.12 de la Ley de presupuestos generales mencionada anteriormente, establece que se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, desarrolle lo previsto en este artículo para aplicar la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros privados concertados de las Islas Baleares.
También autoriza al Consejo de Gobierno a modificar, mediante un acuerdo, el Anexo 20 de esta ley en cuanto a los conceptos y importes que se establecen.
El Programa Código Escuela 4.0 tiene por objeto el desarrollo de las competencias en pensamiento computacional y programación del profesorado y el alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos, así como la integración de recursos de software y robótica educativa en el aula y el fomento de las vocaciones STEM, con especial atención a la reducción de la brecha de género en el ámbito digital.
Este programa se ejecuta en colaboración con las comunidades autónomas, en el marco de los acuerdos de la Conferencia Sectorial de Educación correspondientes a los ejercicios 2023 y 2024, así como de su modificación de junio de 2025, que establece el periodo de ejecución de la actuación de acompañamiento al profesorado entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2027.
La Resolución de 20 de abril de 2024 del secretario autonómico de Desarrollo Educativo por la que se aprueba la convocatoria pública para participar como centro mentor en el programa Código Escuela 4.0, establece la designación de una persona mentora por centro y una duración de participación hasta el 31 de agosto de 2025, prorrogable hasta un máximo de dos cursos, siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
De acuerdo con esta resolución, las personas mentoras desarrollan funciones de acompañamiento y apoyo al profesorado de los centros asignados, tanto dentro como fuera del aula, facilitando la comprensión, preparación, implementación, seguimiento y evaluación de actividades didácticas vinculadas al pensamiento computacional (con y sin pantallas), la programación, la realidad aumentada y la robótica educativa; asimismo, colaboran en la formación del profesorado y en la detección de necesidades formativas de los centros de su red, con el objetivo de garantizar la adquisición de las competencias necesarias en el marco de referencia de la competencia digital docente, y participan activamente en las actividades formativas y de difusión impulsadas por el Servicio de Tecnologías de la Información en la Educación (Servicio de Digitalización SeDi).
El ejercicio de estas funciones conlleva gastos asociados, principalmente derivados de los desplazamientos a los centros de la red y de la participación en las actividades formativas convocadas por el Servicio de Digitalización SeDi; estas actuaciones deben justificarse mediante la documentación acreditativa correspondiente, que incluye las hojas de seguimiento de actividades, los registros de marcajes del GestIB, los itinerarios de desplazamiento y los resúmenes anuales de actuaciones.
De acuerdo con todo lo expuesto anteriormente, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 22 de mayo de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Modificar el anexo 20 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2025 con el fin de introducir en el punto 9. "Otros", los módulos económicos de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0 de los centros educativos privados concertados de las Islas Baleares, tal y como se establece a continuación:
Módulo anual de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0: 110 € anuales para cada centro asignado a la mentoría o centro de formación SeDi situado en un municipio diferente del centro mentor cuando la distancia es inferior a 35 km.
Módulo anual de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0: 236 € anuales para cada centro asignado a la mentoría o centro de formación SeDi situado en un municipio diferente del centro mentor cuando la distancia es igual o superior a 35 km.
Segundo. Ordenar que se publique íntegramente este Acuerdo, que se anexa, en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de mayo de 2026)
La secretaria del Consejo de Gobierno
Antònia Maria Estarellas Torrens
La presidenta
Margarita Prohens Rigo
ANEXO 20
MÓDULOS ECONÓMICOS DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PÚBLICOS PARA EL SOSTENIMIENTO DE CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS CONCERTADOS DE LAS ISLAS BALEARES
9. OTROS
Gastos variables, incluidas las cargas sociales
Módulo de financiación del Programa de Acompañamiento Escolar (PAE): 44,20 euros/hora, que incluye el salario bruto del docente (33,5 euros/hora) más la cuota patronal de la Seguridad Social.
Módulo de financiación de los Talleres de lengua catalana para jóvenes recién llegados: 44,20 euros/hora que incluye el salario bruto del docente (33,5 euros/hora) más la cuota patronal de la Seguridad Social.
Módulo mensual por alumno de financiación de los costes derivados de la cotización a la seguridad social de los alumnos de Formación Profesional: 30 euros.
Módulo anual de financiación de la actividad palanca A233 «Dinamización de bibliotecas escolares»: 2.000,00 euros (1.652,80 euros sin IVA).
Módulo anual de financiación de la actividad palanca A103 «Familias en la escuela, escuela de familias»: 4.000,00 euros (3.305,60 euros sin IVA).
Módulo de financiación del programa «Vive la cultura» de la tipología de actividad Itinerario/visita guiada: 120,00 euros para una sesión y 180,00 euros para dos sesiones.
Módulo de financiación del programa «Vive la cultura» de la tipología de actividad taller temático: 150,00 euros para una sesión y 225,00 euros para dos sesiones.
Módulo de financiación del programa «Vive la cultura» de la tipología de actividad cuentacuentos: 135,00 euros para una sesión y 210,00 euros para dos sesiones.
Módulo de financiación del programa «Vive la cultura» de la tipología de actividad espectáculo teatral/musical: 210,00 euros para una sesión y 315,00 euros para dos sesiones.
Módulo de financiación del programa "Observación y aprendizaje entre centros": 28 euros por participante de los centros que hacen la observación en un centro de la misma isla, cuando la distancia es inferior a 10 Km.
Módulo de financiación del programa "Observación y aprendizaje entre centros": 43 euros por participante de los centros que hacen la observación en un centro de la misma isla, cuando la distancia es superior a 11 Km e inferior a 50 Km.
Módulo de financiación del programa "Observación y aprendizaje entre centros": 87 euros por participante de los centros que hacen la observación en un centro de la misma isla, cuando la distancia es superior a 51 Km, o de los centros que hacen la observación entre centros de las islas de Ibiza y Formentera.
Módulo de financiación del programa "Observación y aprendizaje entre centros": 275 euros por participante de los centros que hacen la observación en un centro de otra isla dentro de la comunidad de las Islas Baleares.
Módulo de financiación del programa "Observación y aprendizaje entre centros": 315 euros por participante de los centros que hacen la observación en un centro fuera de las Islas Baleares.
Módulo de financiación del programa "Semana azul de las Islas Baleares": 10 euros por alumno y actividad.
Módulo de financiación del servicio de transporte escolar en los centros concertados de educación especial por Mallorca: 22 € por plaza, 365 días.
Módulo de financiación del servicio de transporte escolar en los centros concertados de educación especial por Ibiza: 25 € por plaza, 365 días.
Módulo de financiación del PCT de Refuerzo de la Competencia Matemática: 3 euros por alumno matriculado en las etapas de educación infantil y educación primaria, y 2 euros por alumno matriculado en las etapas de educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y bachillerato.
Los importes asignados se destinarán a financiar gastos vinculados a la adquisición de recursos materiales adicionales para el aprendizaje de las matemáticas, como materiales didácticos específicos, recursos manipulativos, materiales fungibles u otros soportes pedagógicos, así como para la contratación o asistencia a jornadas de formación.
Módulo de financiación del PCT de refuerzo de la competencia lectora: 3 euros por alumno matriculado, en las etapas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y formación profesional básica.
Los importes asignados se destinarán a financiar gastos vinculados a la adquisición de recursos materiales adicionales para el aprendizaje de las matemáticas, como materiales didácticos específicos, recursos manipulativos, materiales fungibles u otros soportes pedagógicos, así como para la contratación o asistencia a jornadas de formación.
Módulo anual de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0: 110 euros anuales para cada centro asignado a la mentoría o centro de formación SeDi situado en un municipio diferente del centro mentor cuando la distancia es inferior a 35 km.
Módulo anual de financiación de los gastos asociados a la implementación del Programa Código Escuela 4.0: 236 euros anuales para cada centro asignado a la mentoría o centro de formación SeDi situado en un municipio diferente del centro mentor cuando la distancia es igual o superior a 35 km.
