Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2024 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears, - Boletín Oficial de las Islas Baleares, de 04-05-2024
Ambito: Baleares
Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 59
F. Publicación: 04/05/2024
Documento oficial en PDF: Enlace
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2024 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears
De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE n.º 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de las fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE n.º 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE n.º 267, de 7 de noviembre).
Asimismo, el artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d del artículo 1 por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.
Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en la reunión de fecha 29 de abril de 2024 ha dado la conformidad al calendario de fiestas que se acuerda.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Empresa, Trabajo y Energía, en la sesión de 3 de mayo de 2024, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:
1 1 de enero Año Nuevo Miércoles
2 6 de enero Epifanía del Señor Lunes
3 1 de marzo Día de las Illes Balears Sábado
4 17 de abril Jueves Santo Jueves
5 18 de abril Viernes Santo Viernes
6 1 de mayo Día del Trabajo Jueves
7 15 de agosto Asunción de la Virgen Viernes
8 1 de noviembre Todos los Santos Sábado
9 6 de diciembre Día de la Constitución Sábado
10 8 de diciembre Inmaculada Concepción Lunes
11 25 de diciembre Día de Navidad Jueves
12 26 de diciembre Segunda fiesta de Navidad Viernes
Segundo. Dar cuenta del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo y Economía Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Segundo. Dar cuenta del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo y Economía Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de mayo de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno
Antònia Maria Estarellas Torrens