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ACUERDO GOV/1/2022, de 4 de enero, sobre la defensa del catalán, de las escuelas y de la cohesión social., - Diario Oficial de Cataluña, de 05-01-2022

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8578

F. Publicación: 05/01/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 8578 de 05/01/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

El restablecimiento de la Generalitat de Catalunya y la aprobación del Estatuto de autonomía de Cataluña en 1979 hicieron posible la recuperación de la oficialidad del catalán, lengua propia de Cataluña, y el inicio de un proceso de normalización de esta lengua en todas las vertientes públicas después de largos periodos de represión y de discriminación lingüística.

La Ley de Normalización Lingüística y la Ley de Política Lingüística impulsaron actuaciones de fomento y de protección de la lengua catalana tanto en las instituciones y en los servicios públicos como en muchos sectores y actividades sociales y económicas, coadyuvando a su conocimiento y uso normal. Igualmente, hicieron posible la articulación de un modelo de enseñanza en lengua catalana que, en una sociedad plural y diversa como la nuestra, ha tenido un papel muy relevante y se ha convertido en una herramienta clave para garantizar la cohesión social.

El modelo lingüístico de nuestro sistema educativo se fundamenta legalmente en los artículos 6.1 y 35 del Estatuto de autonomía de Cataluña y en la Ley 12/2009, de 10 de julio, de Educación, así como en la disposición adicional 38ª de la Ley orgánica de educación, y se caracteriza por ser un modelo flexible, basado en el principio de no discriminación lingüística del alumnado (derecho a no ser separado en centros ni grupos clase diferentes por razón de su lengua habitual), en el derecho y el deber de todo el alumnado a conocer con suficiencia oral y escrita las dos lenguas oficiales al finalizar la enseñanza obligatoria y en el derecho a recibir la enseñanza en catalán. La escuela catalana ha sido considerada un modelo de éxito y ha recibido el reconocimiento del Tribunal Constitucional, que ha confirmado la constitucionalidad de un modelo lingüístico escolar que tiene en la lengua catalana su centro de gravedad.

Los principios contenidos en la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias del Consejo de Europa deben ser igualmente tenidos en cuenta a la hora de interpretar la normativa lingüística aplicable al catalán. Y precisamente, su artículo 7.2, prevé que La adopción de medidas especiales en favor de las lenguas regionales o minoritarias, destinadas a promover una igualdad entre los hablantes de estas lenguas y el resto de la población o encaminadas a tener en cuenta sus situaciones particulares, no es considerada como un acto de discriminación hacia los hablantes de las lenguas más extendidas. Por lo tanto, y de acuerdo con la Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias, ninguna actuación positiva de los poderes públicos en favor de una lengua minoritaria e históricamente perseguida como el catalán puede ser nunca considerada contraria ni discriminatoria hacia una lengua cooficial y hegemónica. En este sentido, el Consejo de Europa ha avalado el modelo de escuela catalana por considerar que garantiza el conocimiento tanto del catalán como del castellano.

Pese a ello, últimamente, varias actuaciones políticas y judiciales han puesto en cuestión el modelo de enseñanza en catalán, legalmente establecido, al margen de la comunidad educativa, de la ciudadanía y de los poderes públicos elegidos democráticamente.

Por eso hay que advertir que la lengua catalana todavía está lejos de su total normalización, ya sea porque su uso todavía es minoritario en muchos ámbitos, como el judicial, o bien porque la ciudadanía no se puede dirigir en esta lengua a las instituciones centrales del Estado y, por lo tanto, se debe seguir impulsando y promoviendo las actuaciones necesarias para garantizar tanto su protección jurídica como su uso social.

Igualmente, resulta rechazable cualquier ataque ilegítimo e injusto contra las y los maestros, profesorado, y el resto de personas que prestan servicios en los centros educativos, empleados que disfrutan del principio de indemnidad y de protección de los servidores públicos reconocido en el ordenamiento jurídico. Asimismo, resulta igualmente rechazable cualquier otro ataque injusto hacia personas o colectivos por la defensa y el uso del catalán.

Y es en este contexto, precisamente en defensa de la escuela catalana y de la comunidad educativa en el que procede proclamar los valores de ciudadanía y de pleno respeto hacia los derechos fundamentales que rigen nuestro sistema educativo y que constituyen los valores de una sociedad plural y democrática.

En consecuencia, el Gobierno de la Generalitat considera necesario afianzar su voluntad y su compromiso de defensa de la escuela catalana, de toda la comunidad educativa y de la cohesión social del país, así como hacia el deber inexcusable de defender y promover el uso social de la lengua catalana como lengua propia y oficial de Cataluña.

Por todo eso, a propuesta del Presidente de la Generalitat de Catalunya, el Gobierno

Acuerda:

1. Afianzar el compromiso del Gobierno con la defensa del catalán, de las escuelas y de la cohesión social, a todos niveles y por todas las vías institucionales, políticas y jurídicas que tenga a su disposición, así como promover el consenso y la máxima unidad política para hacerlo posible.

2. Proteger con todos los medios a las personas que rigen los centros educativos, a los y las maestras y al resto de personas que prestan servicios ante cualesquiera ataques ilegítimos que puedan sufrir y, de acuerdo con el principio legal de indemnidad, poner los servicios de asesoramiento, representación y defensa jurídica de la Administración de la Generalitat a su servicio.

3. Exigir responsabilidades por la vía correspondiente, ya sea política, penal, administrativa o de otra naturaleza, a todas aquellas personas o entidades que ataquen injustamente a personas o colectivos por la defensa y el uso del catalán o por el ejercicio de sus funciones.

4. Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 4 de enero de 2022

Xavier Bernadí Gil

Secretario del Gobierno