Acuerdo �nico adhesion Adhesión al Acuerdo de Schengen, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes
ACUERDO DE ADHESION DEL REINO DE ESPAÑA al Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 entre los Gobiernos de los Estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, firmado en Schengen el 19 de junio de 1990, al cual se adhirió la República Italiana por el Acuerdo firmado en París el 27 de noviembre de 1990
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El Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de los Países Bajos, Partes en el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985, entre los Gobiernos de los Estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, firmado en Schengen el 19 de junio de 1990, en lo sucesivo denominado el "Convenio de 1990", así como la República Italiana que se adhirió a dicho Convenio por el Acuerdo firmado el 27 de noviembre de 1990 en París, por una parte, y el Reino de España, por otra parte;
Teniendo presente la firma, que tuvo lugar en Bonn el 25 de junio de 1991, del Protocolo de Adhesión del Gobierno del Reino de España al Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 entre los Gobiernos de los Estados de la Unión Económica Benelux, de la República Federal de Alemania y de la República Francesa, relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes, tal como quedó enmendado por el Protocolo de Adhesión del Gobierno de la República Italiana firmado en París el 27 de noviembre de 1990;
Con fundamento en el artículo 140 del Convenio de 1990, han convenido lo siguiente:
