Acuerdo �nico de se impulsan medidas urgentes de actuación para la restauración de los daños ocasionados por la DANA Alice en Les Terres de l Ebre y se aprueba la puesta en marcha de una línea de préstamos con condiciones preferentes para entidades afectadas
Acuerdo GOV/234/2025, de 14 de octubre, por el que se impulsan medidas urgentes de actuación para la restauración de los daños ocasionados por la DANA Alice en Les Terres de l Ebre y se aprueba la puesta en marcha de una línea de préstamos con condiciones preferentes para empresas y entidades afectadas por situaciones de emergencia
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El cambio climático comporta un aumento del riesgo de episodios meteorológicos adversos y de emergencias, como incendios forestales, inundaciones, precipitaciones extremas en forma de granizadas, entre otros. Estas situaciones generan daños materiales en infraestructuras, construcciones, instalaciones, materiales, terrenos y materias primas de empresas, entidades y entes locales. Estos daños y las pérdidas económicas provocadas por estos fenómenos pueden estar cubiertos por seguros, no obstante, a veces el cobro de las indemnizaciones no llega con la celeridad necesaria, se ralentiza el periodo de recuperación para las empresas y entidades y entes locales afectados, y pueden llegar a provocar el cierre de empresas con la pérdida de puestos de trabajo. En este sentido, el Gobierno de la Generalitat, ante situaciones parecidas ha tomado determinados acuerdos, como el Acuerdo de 14 de enero de 2025, por el quese impulsan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por las lluvias torrenciales derivadas de la DANA en el sector agrícola de Cataluña, o más recientemente, el Acuerdo de 17 de julio de 2025, por el que se impulsan medidas de actuación urgente para la prevención y la restauración de los daños ocasionados por los incendios forestales y otras situaciones de emergencia.
Para responder a estas situaciones de emergencia de manera rápida, específicamente las derivadas de la DANA Alice (el episodio de precipitaciones torrenciales que ha afectado y está afectando el 12 y 13 de octubre a las Terres de l Ebre), el Gobierno de la Generalitat considera necesario desarrollar unas líneas de actuación que incidan en los ámbitos de ayudas y subvenciones, préstamos y créditos, para paliar esta situación tan grave, teniendo en cuenta, además, que es previsible que episodios como este, derivados del aumento del riesgo provocado por el cambio climático, se vuelvan a producir.
Así, mediante este Acuerdo del Gobierno se impulsa la creación de unas líneas de ayudas y subvenciones directas dirigidas a los ayuntamientos y a los titulares de cultivos y actividades económicas que se han visto afectados muy gravemente por este fenómeno meteorológico. Estas ayudas y subvenciones tienen que permitir, en algunos casos, (incluso a fondos perdidos, si es necesario) vehicular financiación para la recuperación y, en otros, adelantar las indemnizaciones a percibir si estas están cubiertas, ya sea por contratos de seguro o por posible declaración como zona catastrófica.
En estos casos, para acercar la gestión al ámbito territorial afectado, se prevé la posibilidad de que los entes locales afectados actúen como colaboradores en la gestión de las ayudas y subvenciones e, igualmente, se atribuya este carácter al Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro (IDECE).
Por otra parte, se acuerda que el Instituto Catalán de Finanzas (ICF), en el ámbito de su autonomía de gestión y teniendo en cuenta su objeto social, ya atiende de manera recurrente a empresas y entidades afectadas por situaciones de emergencia. En este sentido, las empresas y entidades afectadas ya se pueden dirigir al ICF para que estudie las mejores vías de financiación de sus planes de recuperación, después de la situación de emergencia actual.
En este contexto, la línea de préstamos del ICF para empresas afectadas por emergencias estará dotada con un total de 50 millones de euros. El ICF aportará 37,5 millones de euros en el tramo sénior, y el Departamento de Economía y Finanzas aportará 12,5 millones de euros en el tramo júnior.
Los beneficiarios, tipo de proyectos y gastos elegibles de la línea de préstamos para empresas afectadas por situaciones de emergencia tendrán que acreditar que efectivamente se han visto afectadas por una emergencia; que disponen de póliza de seguro en vigor y que han elaborado un documento en el que se expliquen las actuaciones y medidas de recuperación de la actividad previstas que serán el objeto de financiación. Además, las empresas y entidades tendrán que cumplir con la normativa europea de ayudas de estado que corresponda según se especifique en la normativa concreta de la línea y con los requisitos que se prevean en la documentación de los préstamos concretos a suscribir con cada uno de los beneficiarios.
Por otra parte, dado que numerosos caminos, márgenes y otras infraestructuras de comunicación rural han quedado estropeados como consecuencia de la DANA, la recuperación de los cuales corresponde a la Administración de la Generalitat de Catalunya, resulta pertinente implementar un mecanismo que permita la tramitación de los contratos correspondientes para su reparación. Igualmente, por razón de la afectación de numerosas infraestructuras gestionadas o de competencia de la Agencia Catalana del Agua (ACA) y de Infraestructuras de Cataluña, SAU (Infraestructures.cat), se considera necesario que se evalúen los daños producidos y se lleven a cabo las actuaciones que sean pertinentes.
Las Terres de l Ebre constituyen un territorio especialmente vulnerable ante estos fenómenos, por sus características geográficas y ambientales, su estructura territorial con municipios de dimensión reducida y áreas rurales amplias, y por la relevancia que tiene el sector primario y las infraestructuras asociadas. Este conjunto de factores incrementa la exposición a los riesgos naturales y las consecuencias económicas y sociales derivadas.
La protección civil en Cataluña comprende las acciones destinadas a proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente ante situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofes y calamidades públicas. La Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, regula los municipios como entidades básicas de la protección civil en Cataluña y los dota de capacidad general de actuación y de planificación en esta materia.
En este sentido, y de acuerdo con la especial relevancia que otorga la Ley 4/1997 a los mecanismos de asistencia y apoyo por parte de la Generalitat de Catalunya a las funciones municipales de protección civil, se ha constatado la conveniencia de facilitar la tarea y las atribuciones que corresponden a los ayuntamientos y consejos comarcales en materia de protección civil, en especial dotarlos de medios materiales con el fin de hacer frente a las emergencias. A raíz de los últimos episodios de inundaciones sufridas por los municipios de las comarcas del Montsià, Baix Ebre, Ribera d Ebre y Terra Alta que han provocado daños importantes en el territorio, se hace necesario reforzar la preparación y resiliencia de los municipios a fin de que dispongan de las infraestructuras de protección civil para futuras emergencias.
Finalmente, se considera necesario el impulso de la creación de un grupo de trabajo que tenga como objetivo la evaluación de la situación creada, así como de las futuras actuaciones a llevar a cabo. Este Grupo de Trabajo está formado por varios departamentos y entidades del sector público de la Generalitat de Catalunya a razón de su competencia. En su funcionamiento, y a razón de su conocimiento del territorio, tendrá un papel relevante el delegado del Gobierno en las Terres de l Ebre.
A propuesta conjunta de la consejera de Economía y Finanzas, del consejero de la Presidencia, de la consejera de Interior y Seguridad Pública, de la consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, del consejero de Empresa y Trabajo y del consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, el Gobierno
