Legislación

Acuerdo del Pleno de la Asamblea de fecha 23 de octubre de 2009, relativo a aprobacion provisional de las Nuevas Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2010. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 27-10-2009

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: Melilla

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 4655

F. Publicación: 27/10/2009

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 4655 de 27/10/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

2708.- La Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 23/10/2009 aprobó el expediente de imposición de las nuevas Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2010, con el siguiente detalle:

1.- Tasa por la utilización de Centros culturales, Palacio de Exposiciones y Congresos y otros Centros o lugares análogos.

2.- Tasa por prestación de servicios y actuaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla en materia de ordenación de transportes terrestres por carretera. 3.- Precio público por prestación de servicios y utilización del vertedero de inertes en la Ciudad Autónoma de Melilla.

4.- Precio público por asistencia a representaciones de espectáculos escénicos y culturales en general organizadas por esta Ciudad Autónoma de Melilla.

cuyaparte dispositiva es la siguiente:

EXPEDIENTE DE IMPOSICIÓN

DE ORDENANZAS FISCALES

Primero,- Se acuerda aprobar provisionalmente la imposición de las nuevas Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2010, con el siguiente detalle:

1.- Tasa por la utilización de Centros culturales, Palacio de Exposiciones y Congresos y otros Centros o lugares análogos.

2.- Tasa por prestación de servicios y actuaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla en materia de ordenación de transportes terrestres por carretera.

3.- Precio público por prestación de servicios y utilización del vertedero de inertes en la Ciudad Autónoma de Melilla.

4.- Precio público por asistencia a representaciones de espectáculos escénicos y culturales en general organizadas por esta Ciudad Autónoma de Melilla.

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva del artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, mediante exposición del mismo en el Tablón de anuncios de esta Ciudad y en el Boletín Oficial de la Ciudad por plazo de 30 días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las treclamacionesque estimen oportunas.

Tercero.- En el caso de que no se presentasen reclamaciones en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cuarto.- Facultar al Sr. Consejero, tan ampliamente como en derecho fuera preciso, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo. El expediente se encuentra expuesto al público, durante el plazo de 30 días, en la Dirección General de Hacienda-Intervención, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Melilla, 26 de octubre de 2009.

El Secretario Técnico.

José Ignacio Escobar Miravete.