Agrupacion 82 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal
Agrupación 82. Seguros
Grupo 821. Entidades aseguradoras de vida y capitalización.
Cuota de:
Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:
- En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 85.000 pesetas [510,860289 euros].
- En poblaciones de más de 10.000 a 100.000 habitantes: 31.000 pesetas [186,313752 euros].
- En las poblaciones restantes: 17.000 pesetas [102,172058 euros].
A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejercen según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
- Epígrafe 821.1. Seguros de vida.
- Epígrafe 821.2. Seguros de capitalización.
- Epígrafe 821.3. Seguros mixtos de vida y capitalización.
Grupo 822. Entidades aseguradoras de enfermedad y riesgos diversos.
Cuota de:
Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:
- En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 85.000 pesetas [510,860289 euros].
- En poblaciones de más de 10.000 a 100.000 habitantes: 31.000 pesetas [186,313752 euros].
- En las poblaciones restantes: 17.000 pesetas [102,172058 euros].
Nota: A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los epígrafes siguientes:
- Epígrafe 822.1. Seguros de asistencia sanitaria, enfermedad y accidentes (libres).
- Epígrafe 822.2. Seguros de entierro.
- Epígrafe 822.3. Seguros de daños materiales.
- Epígrafe 822.4. Seguros de transportes.
- Epígrafe 822.9. Otros seguros.
Grupo 823. Otras entidades aseguradoras (Montepíos, Caja de Pensiones, etc.).
Cuota de:
Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones indicadas en la Nota al grupo:
- En poblaciones de más de 100.000 habitantes: 42.000 pesetas [252,425084 euros].
- En poblaciones de más de 10.000 a 100.000 habitantes: 15.000 pesetas [90,151816 euros].
- En las poblaciones restantes: 8.000 pesetas [48,080968 euros].
Nota: Este grupo comprende a las entidades aseguradoras corporativas, ajenas al Régimen Especial de la Seguridad Social, tales como Montepíos Laborales, Cajas de Pensiones, Mutualidades, Montepíos y otras previsoras de funcionarios, de colegios profesionales y de otras asociaciones o corporaciones, entidades que comercialicen fondos de pensiones, y demás entidades análogas.
- Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996