ANEXOACUERDO 16/2026, de 26 de febrero
ANEXO
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1. Ayudas destinadas a reparar los daños causados en las viviendas, así como en las edificaciones complementarias de las mismas, siempre que no estuvieran previamente en estado de ruina, abandonadas o fuera de ordenación.
2. Ayudas para la reposición de mobiliario, electrodomésticos y enseres básicos de uso habitual en las viviendas que se hayan visto afectados por las inundaciones y hayan quedado inservibles.
3. Ayudas a los municipios para la reparación de los daños que, a consecuencia de las inundaciones, se hayan producido en las sedes y edificios municipales y en la maquinaria afecta a los servicios municipales de carácter general con excepción de las contempladas en la actuación 6.
4. Ayudas para la reposición de contenedores u otras infraestructuras necesarias para la gestión de residuos domésticos que hayan sufrido daños por las inundaciones, a través de las entidades responsables para la gestión de dichos residuos.
5. Retirada de escombros, troncos y demás materiales arrastrados por las riadas e inundaciones, así como cualesquiera otras obras de emergencia que sean necesarias para reparar los daños causados por las inundaciones.
6. Actuaciones en materia del ciclo del agua, incluyendo abastecimiento, depuración y saneamiento:
- Reparación urgente y reposición, si procede, de los sistemas de captación y conducción de agua potable a los núcleos de población afectados por inundaciones.
- Reparación urgente y reposición, si procede, de los sistemas de potabilización de agua deteriorados o destruidos por inundaciones.
- Reparación urgente y reposición, si procede, de las redes de saneamiento de los núcleos de población afectados por inundaciones.
- Ejecución, en su caso, de nuevos sondeos para garantizar la disponibilidad de agua potable en las poblaciones afectadas.
- Abastecimiento urgente a las poblaciones afectadas mediante el suministro de agua con cisternas o embotellada.
7. Ayudas a autónomos y pymes para facilitar la reanudación de la actividad.
Su objetivo es reforzar la liquidez y solvencia de los autónomos y las empresas afectadas por la interrupción de su actividad con motivo de los daños sufridos por las inundaciones en los locales e instalaciones de negocio, a fin de proteger el tejido productivo y recuperar lo antes posible la actividad económica interrumpida.
8. Ayudas a los ayuntamientos para la contratación de personal: (RENACEL 2).
Ayudas a los ayuntamientos de los municipios, que a consecuencia de las inundaciones hayan sufrido daños, para la contratación de desempleados para su recuperación, regeneración y asistencia a sus vecinos, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social.
9. Ayudas a empresas y trabajadores afectados por la suspensión temporal de la actividad ERTES.
Para el mantenimiento del empleo se financiará el coste de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, por empresas que apliquen expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o por fuerza mayor, en el ámbito territorial de Castilla y León.
Para paliar el impacto económico se compensará la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contrato de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, en el ámbito de Castilla y León mediante la línea ATRER EXTRAORDINARIO.
10. Ayudas dirigidas a la promoción del sector comercial de Castilla y León:
Priorización de proyectos de promoción del sector comercial que incluyan actuaciones desarrolladas en municipios afectados por inundaciones, en el marco de las ayudas dirigidas a la promoción del sector comercial de Castilla y León.

