Anexo 1 aprueba modelos del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica: 591, declaración anual de operaciones y 588, autoliquidación por cese de actividad
ANEXO I. Modelo 591 del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes
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Modelo 591 del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Declaración anual de operaciones con contribuyentes
(MODELO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación -BOE 19/12/2024-)
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO 591
1. Código.
Se indicará el código identificativo de la oficina gestora de Impuestos Especiales correspondiente al establecimiento a que se refiere la autoliquidación o el que figure en el acuerdo de centralización de ingresos, de acuerdo con la tabla de códigos contenida en el anexo XLIII de la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos.
2. Identificación del declarante.
NIF del declarante: Se deberá consignar el NIF del declarante.
Apellidos y nombre o razón social: Se deberá consignar el nombre y apellidos o razón social del declarante.
Persona de contacto: Se deberá consignar el nombre y apellidos de la persona de contacto.
Teléfono de contacto: Se deberá consignar el teléfono de la persona de contacto.
3. Identificación de la declaración.
Ejercicio (con 4 cifras): Se deberán consignar las cuatro cifras del año de producción e incorporación al sistema de la energía eléctrica al que corresponden los importes declarados.
Número de declaración: Se deberá consignar el número identificativo para la declaración presentada.
4. Resumen de los datos declarados.
Número total de perceptores: Se deberá consignar el número total de los diferentes perceptores incluidos en la declaración.
Importe total de pagos declarados: Se deberá consignar el importe total satisfecho en el periodo al conjunto de perceptores incluidos en la declaración.
5. Declaración de operaciones con contribuyentes.
NIF del perceptor: Campo obligatorio. NIF de la persona o entidad perceptora del pago.
Nombre o razón social: Campo obligatorio. Nombre o razón social de la persona o entidad perceptora del pago.
Importe satisfecho 1T, 2T, 3T y 4T: Campos obligatorios. Los importes deberán ser expresados en euros con dos decimales:
- Importe satisfecho 1T: el importe total satisfecho a los contribuyentes por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en los meses de enero, febrero y marzo.
- Importe satisfecho 2T: el importe total satisfecho a los contribuyentes por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en los meses de abril, mayo y junio.
- Importe satisfecho 3T: el importe total, satisfecho a los contribuyentes por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en los meses de julio, agosto y septiembre.
- Importe satisfecho 4T: el importe total, satisfecho a los contribuyentes por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en los meses octubre, noviembre y diciembre.
Importe total satisfecho: el importe total, satisfecho a los contribuyentes por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica a lo largo del período impositivo, que deberá ser expresado en euros con dos decimales.
(NOTA: El presente anexo será de aplicación a las declaraciones que deban presentarse a partir del 1 de enero de 2025)
