Anexo 1 Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de la liquidación de los hechos imponibles 2018 de ITPyAJD e ISD
ANEXO I. METODOLOGÍA EMPLEADA PARA LA OBTENCIÓN DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES ESTABLECIDOS EN EL ANEXO II
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Para la obtención de los coeficientes multiplicadores del valor catastral aplicables en el año 2018 se ha seguido la misma metodología que en los ejercicios anteriores, con la incorporación del análisis de los datos de mercado disponible procedente de diversas fuentes de información.
El coeficiente multiplicador del valor catastral (CMVC), se obtiene como cociente entre el coeficiente de variación del mercado inmobiliario (CVMI), desde el año de aprobación de las Ponencias de Valores hasta el año 2017, y el producto del coeficiente de relación al mercado (RM) por el coeficiente de actualización del valor catastral (CAVC), desde el año de aplicación de la revisión catastral hasta el año 2018.
CMVC = CVMI / (RM x CAVC)
Siendo:
CMVC: coeficiente multiplicador del valor catastral por el que ha de multiplicarse el valor catastral actualizado para obtener el valor real del bien inmueble.
CVMI: coeficiente de variación del mercado inmobiliario.
RM: coeficiente de relación al mercado.
CAVC: coeficiente de actualización del valor catastral.
Estos coeficientes se calculan de la siguiente manera:
a) Coeficiente de variación del mercado inmobiliario (CVMI).
Para la obtención del coeficiente de variación del mercado inmobiliario se utilizan las estadísticas elaboradas por los departamentos de la Administración del Estado competentes en materia de vivienda sobre precios de vivienda, con datos obtenidos de las tasaciones hipotecarias de las compraventas de viviendas formalizadas en escritura pública, cuya serie histórica abarca desde el primer trimestre de 1987.
El coeficiente de variación del mercado inmobiliario se obtiene dividiendo el precio del metro cuadrado de vivienda en el año 2017 por el del año de aprobación de la ponencia de valores. Para ello se utilizan tanto datos trimestrales como anuales. En el primer caso, se comparan los valores del cuarto trimestre de cada año y, en el segundo, los valores medios anuales. Cuando no estén publicados los valores de todos los trimestres del último año y, por tanto, el valor medio anual, para obtener la variación en el primer caso se considera el último trimestre disponible y, en el segundo, la evolución de los cuatro últimos trimestres disponibles.
Para aquellos municipios cuyo año de aprobación de ponencias sea anterior a 1987, se toma como valor inicial el correspondiente al de 1987.
Los coeficientes se calculan utilizando las tablas elaboradas por los departamentos de la Administración del Estado competentes en materia de vivienda para los siguientes criterios:
Media de Extremadura.
Media de la Provincia de Badajoz.
Media de la Provincia de Cáceres.
Media para los municipios mayores de 25.000 habitantes.
De ellas se deducirían los siguientes coeficientes de variación del mercado inmobiliario:
CVMI autonómico, con la media de Extremadura.
CVMI provincial, con las medias de cada una de las dos provincias, Badajoz y Cáceres.
CVMI tamaño municipio, con la media para los municipios mayores de 25.000 habitantes.
b) Coeficiente de relación al mercado (RM).
El coeficiente de relación entre el valor catastral y el valor de mercado en el año de aplicación de la revisión catastral, es de 0,5, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 14 de octubre de 1998, del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre aprobación del módulo de valor M y del coeficiente RM y sobre modificación de Ponencias de Valores.
c) Coeficiente de actualización del valor catastral (CAVC).
Se obtiene multiplicando los coeficientes de actualización del valor catastral publicados por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los ejercicios comprendidos entre el año de aplicación de la Revisión Catastral y el año 2018.
Para los municipios cuyos valores catastrales revisados han surtido efecto entre el año 1998 y el año 2003, ambos inclusive, el coeficiente de actualización del valor catastral permanece constante durante 10 años.
Para cada municipio se calculan varios valores del coeficiente multiplicador del valor catastral (CMVC), atendiendo a los criterios de presentación de las estadísticas (media de Extremadura, media de la provincia de Badajoz, media de la provincia de Cáceres y media para los municipios mayores de 25.000 habitantes) y, a su vez, utilizando datos medios anuales y trimestrales. De los valores obtenidos se considera el valor medio.
