Anexo 1 Folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado
ANEXO I. EL FOLLETO
GPT Iberley IA
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I. Resumen
II. Finalidad, personas responsables, información sobre terceros, informes de expertos y aprobación de la autoridad competente
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre las personas responsables del contenido del folleto y dar tranquilidad a los inversores sobre la exactitud de la información divulgada en el folleto. Además, en esta sección se ofrece información sobre los intereses de las personas que participan en la oferta, así como los motivos de la oferta, el uso de los ingresos y los gastos de la oferta. Por otra parte, en esta sección se ofrece información sobre la base jurídica del folleto y sobre su aprobación por la autoridad competente.
III. Estrategia, rendimiento y entorno empresarial
La finalidad de la presente sección es revelar información sobre la identidad del emisor, su actividad, estrategia y objetivos. Los inversores deben poder formarse una idea clara de las actividades del emisor y de las principales tendencias que afectan a sus resultados, su estructura organizativa y sus inversiones importantes. Cuando proceda, el emisor revelará en esta sección las estimaciones o previsiones de sus resultados futuros.
IV. Informe de gestión, incluida la información en materia de sostenibilidad (solo valores participativos)
La finalidad de la presente sección es o incorporar por referencia o incluir la información que figura en los informes de gestión y los informes de gestión consolidados a que se refieren el artículo 4 de la Directiva 2004/109/CE, cuando proceda, y los capítulos 5 y 6 de la Directiva 2013/34/UE, para los períodos cubiertos por la información financiera histórica, incluida, en su caso, la información en materia de sostenibilidad.
V. Declaración sobre el capital de explotación (solo valores participativos)
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre los requisitos de capital de explotación del emisor.
VI. Factores de riesgo
La finalidad de la presente sección es describir los principales riesgos a los que se enfrenta el emisor y sus repercusiones en el rendimiento futuro del emisor, así como los principales riesgos específicos de los valores ofertados al público o admitidos a cotización en un mercado regulado.
VII. Condiciones de los valores
La finalidad de la presente sección es exponer las condiciones aplicables a los valores y ofrecer una descripción pormenorizada de sus características.
Cuando proceda, dicha información incluirá la información a que se refiere el artículo 5 de la Directiva (UE) 2024/2810 del Parlamento Europeo y del Consejo (*).
VIII. Detalles de la oferta/admisión a cotización
La finalidad de la presente sección es exponer la información específica de la oferta de valores y el plan de distribución y asignación, e indicar su precio. También se ofrece información sobre la colocación de los valores, los acuerdos de aseguramiento y las modalidades relativas a la admisión a cotización. Asimismo, se presenta información sobre las personas que venden los valores y la dilución entre los accionistas existentes.
IX. Información relativa a los factores ambientales, sociales o de gobernanza (solo valores no participativos, cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es exponer, cuando proceda, información relativa a los factores ambientales, sociales o de gobernanza de conformidad con el acto delegado a que se refiere el artículo 13, apartado 1, párrafo segundo, letra g).
X. Gobierno corporativo
En esta sección se explicará la administración del emisor y el papel de las personas que participan en la gestión de la empresa. En el caso de los valores participativos, también se proporcionará información sobre la experiencia de la alta dirección, su remuneración y la posible relación de esta con los resultados de la empresa.
XI. Información financiera
La finalidad de la presente sección es enumerar los estados financieros que han de incluirse en el documento para los dos últimos ejercicios (en el caso de los valores participativos) o para el último (en el caso de los valores no participativos) o el período durante el cual el emisor haya tenido actividad, si fuera más corto, así como otra información de carácter financiero. Los principios de contabilidad y de auditoría aceptados para la preparación y la auditoría de los estados financieros se determinarán de acuerdo con las normas internacionales de contabilidad y auditoría.
A. Estados consolidados y demás información financiera.
B. Cambios significativos.
XII. Información sobre los accionistas y los tenedores de valores
En esta sección se proporcionará información sobre los accionistas principales del emisor, la existencia de posibles conflictos de intereses entre el emisor y la alta dirección, el capital social del emisor y las operaciones con partes vinculadas, los procedimientos judiciales y de arbitraje y los contratos importantes.
XIII. Política de dividendos (solo valores participativos)
Descripción de la política del emisor en materia de reparto de dividendos y de cualquier restricción existente al respecto, así como de recompra de acciones.
XIV. Información sobre el garante (solo valores no participativos, cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar, cuando proceda, información sobre el garante de los valores, con información fundamental sobre la garantía vinculada a los valores, los factores de riesgo y la información financiera específica sobre el garante.
XV. Información sobre los valores subyacentes y el emisor de los valores subyacentes (cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar, cuando proceda, información sobre los valores subyacentes y, en su caso, sobre el emisor de los valores subyacentes.
XVI. Información sobre el consentimiento (cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre el consentimiento cuando el emisor o la persona responsable de elaborar un folleto consienta en su uso de conformidad con el artículo 5, apartado 1.
XVII. Documentos disponibles
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre los documentos que estarán disponibles para su inspección y el sitio web en el que pueden ser inspeccionados.
(*) Directiva (UE) 2024/2810 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a las estructuras de acciones con derechos de voto múltiple en sociedades que solicitan la admisión a cotización de sus acciones en un sistema multilateral de negociación (DO L, 2024/2810, 14.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/2810/oj).
- Artículo modificado (Anexo I) por Reglamento (UE) 2024/2809 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1129, (UE) n.° 596/2014 y (UE) n.° 600/2014 para hacer que los mercados de capitales públicos de la Unión resulten más atractivos para las empresas y para facilitar el acceso al capital a las pequeñas y medianas empresas (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 14-11-2024) en vigor desde 04-12-2024
