Anexo 1 Mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión en locales de pública concurrencia
ANEXO I. Locales de pública concurrencia con obligación de suscribir un contrato de mantenimiento
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A) Locales de espectáculos y actividades recreativas:
Cualquiera que sea su capacidad de ocupación:
- Cines y autocines.
- Teatros.
- Auditorios.
- Salas de concierto.
- Estadios de fútbol, estadios de baloncesto.
- Pabellones deportivos, polideportivos, campos de deporte, Frontones.
- Piscinas de competición.
- Pistas de patinaje.
- Galerías de tiro, campos de tiro.
- Plazas de toros y tentaderos.
- Hipódromos, canódromos, velódromos, circuitos de velocidad de vehículos.
- Parques de atracciones y parques acuáticos.
- Zoológicos fijos.
- Boleras.
- Trinquetes.
- Billares.
- Ferias fijas.
- Circos permanentes.
- Salas de fiesta.
- Discotecas.
- Salas de juegos de azar.
- Salas de juegos recreativos.
B) Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios que tengan una potencia instalada superior a 100 kW:
Cualquiera que sea su capacidad de ocupación:
- Templos, iglesias y en general locales de culto.
- Museos.
- Salas de conferencias.
- Salas y pabellones de congresos.
- Casinos.
- Hoteles, hostales y alojamientos turísticos.
- Campings y locales anexos a zonas de campamento al aire libre.
- Bares.
- Cafeterías.
- Restaurantes.
- Salones de banquetes.
- Pubs.
- Zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales.
- Aeropuertos.
- Estaciones de viajeros con independencia del medio de transporte.
- Estacionamientos cerrados y cubiertos para más de cinco vehículos.
- Hospitales.
- Ambulatorios.
- Sanatorios.
- Centros de salud con servicio de urgencias.
- Clínicas y policlínicas con habitaciones.
- Residencias y centros de día para personas mayores.
- Residencias o centros de día para personas con discapacidad o diversidad funcional.
- Guarderías.
- Tanatorios con capilla propia
Si la ocupación prevista es superior a 50 personas:
- Bibliotecas.
- Centros de enseñanza y formación, de carácter reglado o no, públicos o privados, con independencia del nivel educativo impartido.
- Consultorios médicos.
- Establecimientos comerciales.
- Oficinas con presencia de público.
- Residencias de estudiantes.
- Gimnasios.
- Salas de exposiciones.
- Centros culturales.
- Clubes sociales.
- Clubes deportivos.
- Tanatorios sin capilla propia.
