Anexo 1 Medidas urgentes ...it público

Anexo 1 Medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público

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ANEXO I

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A. Cuantías de pensiones y prestaciones públicas aplicables en 2012

I. Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado

1. Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones señaladas al amparo del título I del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

a) Haberes reguladores para el personal ingresado en algún cuerpo, escala, plaza, empleo o categoría administrativa con posterioridad a 1 de enero de 1985:

Grupo/Subgrupo

Ley 7/2007

Haber regulador

-

Euros/año

A1 

39.661,46

A 2 

31.214,57

B

27.333,42

C 1

23.973,33

C 2

18.966,88

E (Ley 30/84) y Agrupaciones profesionales

16.170,77

b) Haberes reguladores para el personal ingresado en algún cuerpo, escala, plaza, empleo o categoría administrativa con anterioridad a 1 de enero de 1985:

ADMINISTRACIÓN CIVIL Y MILITAR DEL ESTADO

Índice

Haber regulador

-

Euros/año

10

39.661,46

8

31.214,57

6

23.973,33

4

18.966,88

3

16.170,77

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Multiplicador

Haber regulador

-

Euros/año

4,75

39.661,46

4,50

39.661,46

4,00

39.661,46

3,50

39.661,46

3,25

39.661,46

3,00

39.661,46

2,50

39.661,46

2,25

31.214,57

2,00

27.333,43

1,50

18.966,88

1,25

16.170,77

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Cuerpo

Haber regulador

-

Euros/año

Secretario General

39.661,46

De Letrados

39.661,46

Gerente

39.661,46

CORTES GENERALES

Cuerpo

Haber regulador

-

Euros/año

De Letrados

39.661,46

De Archiveros-Bibliotecarios

39.661,46

De Asesores Facultativos

39.661,46

De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas.

39.661,46

Técnico-Administrativo

39.661,46

Administrativo

23.973,33

De Ujieres

18.966,88

1. Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones señaladas al amparo del título II del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

Haberes reguladores

ADMINISTRACIÓN CIVIL Y MILITAR DEL ESTADO

Índice

Grado

Grado especial

Importe por concepto de sueldo y grado en

cómputo anual

-

Euros

10 (5,5)

8

26.588,07

10 (5,5)

7

25.857,33

10 (5,5)

6

25.126,64

10 (5,5)

3

22.934,46

10

5

22.561,34

10

4

21.830,65

10

3

21.099,95

10

2

20.369,18

10

1

19.638,46

8

6

18.972,33

8

5

18.387,87

8

4

17.803,39

8

3

17.218,89

8

2

16.634,44

8

1

16.049,93

6

5

14.453,44

6

4

14.015,21

6

3

13.577,05

6

2

13.138,78

6

1

(12 por 100)

14.172,06

6

1

12.700,54

4

3

10.694,84

4

2

(24 por 100)

12.761,59

4

2

10.402,62

4

1

(12 por 100)

11.290,94

4

1

10.110,38

3

3

9.234,27

3

2

9.015,12

3

1

8.796,01

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Multiplicador

Importe por concepto

de sueldo en

cómputo anual

-

Euros

4,75

43.419,06

4,50

41.133,84

4,00

36.563,40

3,50

31.992,97

3,25

29.707,77

3,00

27.422,54

2,50

22.852,12

2,25

20.566,91

2,00

18.281,71

1,50

13.711,28

1,25

11.426,07

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Cuerpo

Importe por concepto

de sueldo en

cómputo anual

-

Euros

Secretario General

41.133,84

De Letrados

36.563,40

Gerente

36.563,40

CORTES GENERALES

Cuerpo

Importe por concepto

de sueldo en

cómputo anual

-

Euros

De Letrados

23.928,50

De Archiveros-Bibliotecarios

23.928,50

De Asesores Facultativos

23.928,50

De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas

21.973,87

Técnico-Administrativo

21.973,87

Administrativo

13.233,45

De Ujieres

10.467,80

Trienios

ADMINISTRACIÓN CIVIL Y MILITAR DEL ESTADO

Índice

Valor unitario del trienio en cómputo anual

-

Euros

10

858,92

8

687,15

6

515,33

4

343,59

3

257,68

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Multiplicadores

a efectos de trienios

Valor unitario del trienio

en cómputo anual

-

Euros

3,50

1.599,63

3,25

1.485,40

3,00

1.371,13

2,50

1.142,58

2,25

1.029,75

2,00

914,10

1,50

685,56

1,25

571,32

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Cuerpo

Valor unitario del trienio

en cómputo anual

-

Euros

Secretario General

1.599,63

De Letrados

1.599,63

Gerente

1.599,63

CORTES GENERALES

Cuerpo

Valor unitario

del trienio

en cómputo anual

-

Euros

De Letrados

978,39

De Archiveros-Bibliotecarios

978,39

De Asesores Facultativos

978,39

De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas

978,39

Técnico-Administrativo

978,39

Administrativo

587,05

De Ujieres

391,34

II. Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones especiales de guerra

Haber regulador

Importe referido a 12 mensualidades

Pensión de mutilación reconocida al amparo de la Ley 35/1980

4.900,92 euros

Suma de remuneraciones básica, sustitutoria de trienios y suplementaria en compensación de retribuciones no percibidas de la Ley 35/1980

13.217,67 euros

Retribución básica reconocida al amparo de la Ley 6/1982

9.252,37 euros

Pensiones reconocidas al amparo del Decreto 670/1976

5.871,92 euros

La cuantía de las pensiones de orfandad en favor de huérfanos no incapacitados mayores de 21 años, causadas por personal no funcionario al amparo de las Leyes 5/1979, de 18 de septiembre, y 35/1980, de 26 de junio, será de 150,15 euros mensuales.

III. Complementos para mínimos

1. Cuantías mínimas de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas para el año 2012:

Importe

Clase de pensión

Con cónyuge

a cargo

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

Euros/año

Con cónyuge

no a cargo

Euros/año

Pensión de jubilación o retiro

10.690,40

8.664,60

8.218,00

Pensión de viudedad

8.664,60

Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones

8.443,40

N

Límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos:

En 2012: 6.993,14 euros/año.

En 2011: 6.923,90 euros/año.

2. Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2012:

Clase de pensión

Titulares

Con cónyuge a cargo

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

Euros/año

Con cónyuge

no a cargo

Euros/año

Jubilación:

Titular con sesenta y cinco años

10.690,40

8.664,60

8.218,00

Titular menor de sesenta y cinco años

10.018,40

8.104,60

7.658,00

Titular con 65 años procedente de gran invalidez

16.035,60

12.997,60

12.327,00

Incapacidad Permanente:

Gran invalidez

16.035,60

12.997,60

12.327,00

Absoluta

10.690,40

8.664,60

8.218,00

Total: Titular con sesenta y cinco años

10.690,40

8.664,60

8.218,00

Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

10.018,40

8.104,60

7.658,00

Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años

5.388,60

5.388,60

55 % base mínima cotización Régimen General

Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años

10.690,40

8.664,60

8.218,00

Viudedad

Titular con cargas familiares

10.018,40

Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100

8.664,60

Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

8.104,60

Titular con menos de sesenta años

6.559,00

Clase de pensión

Euros/año

Orfandad:

Por beneficiario

2.646,00

En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 6.559,00 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.

Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100

5.206,60

En favor de familiares

Por beneficiario

2.646,00

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

- Un solo beneficiario con sesenta y cinco años

6.396,60

- Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años

6.024,20

Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.913,00 euros/año entre el número de beneficiarios.

Límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos:

- En 2012:

• Sin cónyuge a cargo: 6.993,14 euros/año.

• Con cónyuge a cargo: 8.157,57 euros/año.

- En 2011: 6.923,90 euros/año.

IV. Cuantías de otras pensiones y prestaciones públicas

1. Límite máximo de percepción de pensión pública: 2.522,89 euros/mes o 35.320,46 euros/año.

2. Pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI):

- Pensiones del SOVI no concurrentes: 5.539,80 euros/año.

- Pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 5.383,00 euros/año.

3. Pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva: 5.007,80 euros/año.

- Complemento de pensión para el alquiler de vivienda: 525 euros anuales.

4. Prestaciones familiares de la Seguridad Social:

- Prestación por hijo menor de 18 años no minúsválido: 291 euros/año.

- Prestación por hijo menor de 18 años con discapacidad superior al 33 por 100: 1.000 euros/año.

- Prestaciones por hijo a cargo mayor de 18 años discapacitado:

• Con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 4.292,40 euros/año.

• Con un grado de discapacidad igual o superior al 75 por 100 y necesitado del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida: 6.439,20 euros/año.

- Prestación por nacimiento o adopción de hijo establecida en el artículo 186.1 del TRLGSS: 1.000 euros.

- Límite de ingresos para el reconocimiento de las prestaciones familiares de la Seguridad Social por hijo a cargo:

• Cuantía a la que se refiere el párrafo primero del artículo 182.1.c) del TRLGSS (hijo menor de 18 años no discapacitado): 11.376,66 euros/año.

• Cuantía a la que se refiere el párrafo segundo del artículo 182.1.c) del TRLGSS (familia numerosa): 17.122,59 euros/año, incrementándose en cada 2.773,39 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.

5. Subsidios económicos de la Ley 13/1982 (LISMI):

- Subsidio de garantía de ingresos mínimos: 149,86 euros/mes.

- Subsidio por ayuda de tercera persona: 58,45 euros/mes.

- Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte: 61,40 euros/mes.

6. Pensiones asistenciales de la Ley de 21 de julio de 1960 y Real Decreto 2620/1981: 149,86 euros/mes.

7. Cuantía de las ayudas sociales reconocidas a los afectados por el VIH al amparo del Real Decreto-ley 9/1993: 601,12 euros/mes.

8. Cuantía de la prestación económica establecida por la Ley 3/2005: 7.059,10 euros/año.

B. CUANTÍAS ACTUALIZADAS DE DETERMINADAS PENSIONES Y PRESTACIONES PARA EL AÑO 2011

1. Cuantías mínimas de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas para el año 2011:

Clase de pensión

Importe

Con cónyuge

a cargo

-

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

-

Euros/año

Con cónyuge

no a cargo

-

Euros/año

Pensión de jubilación o retiro....... ...

10.584,00

8.577,80

8.135,40

Pensión de viudedad

8.577,80

Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones

8.359,40

N

2. Cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva del Sistema de la Seguridad Social para el año 2011:

Clase de pensión

Titulares

Con cónyuge

a cargo

-

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

-

Euros/año

Con cónyuge

no a cargo

-

Euros/año

Jubilación:

Titular con sesenta y cinco años

10.584,00

8.577,80

8.135,40

Titular menor de sesenta y cinco años

9.919,00

8.023,40

7.581,00

Titular con sesenta y cinco años años procedente de gran invalidez

15.876,00

12.867,40

12.203,80

Incapacidad Permanente:

Gran invalidez

15.876,00

12.867,40

12.203,80

Absoluta

10.584,00

8.577,80

8.135,40

Total: Titular con sesenta y cinco años

10.584,00

8.577,80

8.135,40

Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

9.919,00

8.023,40

7.581,00

Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años

5.334,00

5.334,00

4.938,08

Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años

10.584,00

8.577,80

8.135,40

Viudedad:

Titular con cargas familiares

9.919,00

Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100

8.577,80

Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años

8.023,40

Titular con menos de sesenta años

6.493,20

Clase de pensión

Euros/año

Orfandad:

Por beneficiario

2.619,40

Por beneficiario discapacitado menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100

5.154,80

En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 6.493,20 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.

En favor de familiares:

Por beneficiario

2.619,40

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

- Un solo beneficiario con sesenta y cinco años

6.332,20

- Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años

5.964,00

Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 3.873,80 euros/año entre el número de beneficiarios.

3. Pensiones del extinguido seguro obligatorio de vejez e invalidez no concurrentes: 5.483,80 euros/año.

4. Pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva: 4.957,40 euros/año.

5. Prestaciones por hijo a cargo mayor de 18 años discapacitado:

Con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100: 4.249,20 euros/año.

Con un grado de discapacidad igual o superior al 75 por 100 y necesitado del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida: 6.374,40 euros/año.

6. Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte: 728,40 euros/año.