Anexo 1 procedimiento para efectuar a través de internet el embargo de dinero en cuentas cuyos saldos se encuentren total o parcialmente pignorados y de aquellas otras cuya titularidad corresponda a deudores en situación concursal
ANEXO I. Especificaciones del intercambio telemático
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El intercambio telemático se realizará por medio de servicios web (desarrollados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria) y a los que las Entidades transmisoras podrán acceder en cualquier momento.
Se desarrollarán tres servicios web:
Diligencias.
Respuesta a diligencias (trabas).
Levantamientos de trabas.
Diligencias
Recogida por parte de las Entidades de crédito de las diligencias emitidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que están pendientes de contestación por aquéllas. Este servicio se ofrecerá en tres modalidades de petición:
1. Todas las diligencias no contestadas.
2. Diligencias no contestadas y no recogidas previamente.
3. Diligencias no contestadas y que ya han sido recogidas previamente (ya han sido «presentadas»).
Datos de la petición.
Las Entidades de crédito accederán a este servicio indicando su código de Entidad transmisora, su código de Entidad de crédito y la modalidad de petición.
Si se accede al servicio indicando solamente un código de Entidad transmisora, se suministrarán datos de todas las entidades de crédito asociadas a dicha transmisora, mientras que al acceder se indica también una Entidad de crédito, se suministrará información solamente de dicha Entidad de crédito.
Datos de respuesta a la petición.
- Para cada diligencia:
' N.I.F. del deudor.
' Nombre y apellidos o razón social del deudor.
' Número de diligencia.
' Importe de la diligencia de embargo.
' Fecha de presentación (Si ya ha sido recogida previamente, se corresponderá con la fecha que se ha recogido por primera vez esta diligencia).
- Para cada cuenta:
' BIC.
' IBAN.
' Código de respuesta previo: El código de respuesta previo podrá ser «09» (cuenta pignorada), «10» (deudor en proceso concursal según la Entidad de crédito) o «99» (deudor en proceso concursal según la información disponible en la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
Respuesta a diligencias (trabas)
Envío de las Entidades de crédito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las respuestas a las diligencias (trabas).
Datos que suministran las Entidades de crédito.
- Entidad transmisora.
- Entidad de crédito.
- Para cada diligencia:
' Número de diligencia de embargo.
- Para cada cuenta:
' BIC.
' IBAN (extensible a otras cuentas).
' Código de respuesta (los mismos que en Resolución de 16 de diciembre de 2011 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en Entidades de crédito).
' Importe trabado libre de pignoración.
' Tipo de cuenta:
«1»: Cuenta corriente.
«2»: Cuenta o libreta de ahorro.
«3»: Imposición a plazo.
«4»: Cuenta financiera.
«5»: Cuenta de crédito.
«6»: Otras cuentas.
' Fecha límite de ingreso.
' Importe trabado afecto a pignoración.
' Fecha de la pignoración.
' Fecha de vencimiento de la obligación garantizada.
' Importe de la obligación garantizada.
' Fecha de la traba.
' Interposición de tercería por la Entidad (Sí/No).
' Saldo contable.
Nota: Cuando exista más de una obligación garantizada, deberá consignarse en «fecha de vencimiento de la obligación garantizada» la correspondiente a aquella que venza más tarde. Asimismo, en el apartado correspondiente al «importe de la obligación garantizada» se deberá consignar el sumatorio de todas las obligaciones garantizadas.
Levantamientos de trabas
Recogida por parte de los bancos de los levantamiento emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Datos de la petición.
Las Entidades de crédito accederán a este servicio indicando su código de Entidad transmisora y, opcionalmente, un código de Entidad de crédito
Si se accede al servicio indicando solamente un código de Entidad transmisora, se suministrarán datos de todas las Entidades de crédito asociadas a dicha transmisora, mientras que si al acceder se indica también una Entidad de crédito, se suministrará información solamente de dicha Entidad de crédito.
Datos de respuesta a la petición.
- Para cada diligencia:
' N.I.F. del deudor.
' Nombre y apellidos o razón social del deudor.
' Número de diligencia de embargo.
' Fecha de levantamiento.
' Importe total a embargar.
' Importe trabado.
- Para cada cuenta:
' BIC.
' IBAN.
' Importe del levantamiento.
Especificaciones técnicas detalladas.
Se publicarán en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Artículo modificado (Anexo I (se añade)) por Resolución de 29 de julio de 2015, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 16 de diciembre de 2011, por la que se establece el procedimiento para efectuar a través de internet el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en entidades de crédito cuyos saldos se encuentren total o parcialmente pignorados y de aquellas otras cuya titularidad corresponda a deudores en situación concursal.
(BOE de 11-08-2015) en vigor desde 01-09-2015
