Anexo 1 Producción ecológica y etiquetado de productos ecológicos
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»ANEXO I. OTROS PRODUCTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1
Vigente
- Levaduras destinadas al consumo humano o animal,
- yerba mate, maíz dulce, hojas de vid, palmitos, brotes de lúpulo y otras partes comestibles similares de plantas y productos obtenidos de las mismas,
- sal marina y otras sales para alimentación y piensos,
- capullos de seda aptos para el devanado,
- gomas y resinas naturales,
- cera de abejas,
- aceites esenciales,
- tapones de corcho natural, no aglomerados y sin sustancias aglutinantes,
- algodón sin cardar ni peinar,
- lana sin cardar ni peinar,
- pieles en bruto y pieles sin tratar,
- preparaciones vegetales tradicionales a base de plantas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-06-2018 en vigor desde 17-06-2018