Anexo 1 Protección contra...Valenciana

Anexo 1 Protección contra la Contaminación Acústica de C. Valenciana

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ANEXO I. DEFINICIONES.

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Aceleración eficaz de la vibración: valor cuadrático medio (RMS) de la aceleración de la onda de vibración.

Acelerómetro: dispositivo electromecánico para medidas de vibraciones.

Analizador de frecuencias: equipo de medición acústica que permite analizar los componentes en frecuencia de un sonido.

Banda de octava: cuando la frecuencia de corte superior es doble que la inferior. Las frecuencias centrales están fijadas por las normas UNE-74.002-78, y vienen definidas por la media geométrica de los extremos.

(Imagen omitida)

Banda de tercio de octava: son los tres intervalos en que queda dividida una octava. La frecuencia de corte superior es √2 veces la inferior. Las frecuencias centrales están fijadas por las normas UNE-74.002-78, y vienen definidas por la media geométrica de los extremos.

(Imagen omitida)

Consecuencias nocivas: efectos negativos sobre la salud humana tales como molestias provocadas por el ruido, alteración del sueño, interferencia con la comunicación oral, efectos negativos sobre el aprendizaje, pérdida auditiva, estrés o hipertensión.

D: diferencia de niveles entre dos locales. Se define como la diferencia de niveles de presión sonora entre el local emisor y el receptor.

D = L 1 - L 2

donde:

  • L 1 = nivel de presión sonora en el local emisor
  • L 2 = nivel de presión sonora en el local receptor.

D n: diferencia de niveles normalizada; es la diferencia de niveles, en decibelios, correspondiente a un área de absorción de referencia en el recinto receptor

D n = D - 10 lg (A / A 0) dB

donde

  • D es la diferencia de niveles, en decibelios
  • A es el área de absorción acústica equivalente del recinto receptor m 2
  • A 0 es el área de absorción de referencia: 10 m 2 para recintos de tamaño comparable

D nT: diferencia de niveles estandarizada entre dos locales. Se define como la diferencia de niveles de presión sonora entre el local emisor y el receptor a un valor del tiempo de reverberación del local receptor.

D nT = D + 10 log (T / T 0) dB

donde

  • T es el tiempo de reverberación en el local receptor
  • T 0 es el tiempo de reverberación de referencia (0,5 s)

DW: Magnitud global para la valoración del aislamiento al ruido como diferencia de niveles que supone una ponderación de las diferencias de niveles entre todas las bandas de frecuencia.

Decibelio: escala convenida habitualmente para medir la magnitud del sonido. El número de decibelios de un sonido equivale a 10 veces el valor del logaritmo decimal de la relación entre la energía asociada al sonido y una energía que se toma como referencia. Este valor también puede obtenerse de forma equivalente estableciendo la relación entre los cuadrados de las correspondientes presiones sonoras, en este caso el factor 10 veces deberá sustituirse por 20 veces ya que el logaritmo de un número al cuadrado es igual al doble del logaritmo del citado número.

L w = 10 log 10 (W / W ref)

W= potencia sonora

Lr = 10 log 10 (I/I ref)

I= intensidad sonora

Lp= 10 log 10 (P/P ref) 2 = 20 log 10 (P/P ref)

P= presión sonora

Evaluación: cualquier método que permita medir, calcular, predecir o estimar el valor de un indicador de ruido o efectos nocivos correspondientes.

L Aeq,T: nivel sonoro continuo equivalente. Se define en la norma ISO 1996 como el valor del nivel de presión en dB en ponderación A, de un sonido estable que en un intervalo de tiempo T, posee la misma presión sonora cuadrática media que el sonido que se mide y cuyo nivel varía con el tiempo.

Mapa Acústico: representación gráfica de los niveles de ruido existentes en un territorio, ciudad o espacio determinado por medio de una simbología adecuada.

Molestia: grado de molestia que provoca el ruido ambiental determinado mediante encuestas

Nivel de emisión: nivel de presión acústica existente en un determinado lugar, originado por una fuente sonora que funciona en el mismo emplazamiento.

Nivel de recepción: es el nivel de presión acústica existente en un determinado lugar, originado por una fuente sonora que funciona en un emplazamiento diferente.

Nivel sonoro exterior: es el nivel sonoro en dB(A), procedente de una actividad (fuente emisora) y medido en el exterior, en el lugar de recepción.

Nivel sonoro interior: es el nivel sonoro en dB(A), procedente de una actividad (fuente emisora) y medida en el interior del edificio receptor, en las condiciones de abertura o cerramiento en las que el nivel de ruido sea máximo.

El nivel sonoro interior sólo se utilizará como indicador del grado de molestia por ruido en un edificio, cuando se suponga que el ruido se transmite desde el local emisor por la estructura y no por vía aérea de fachada, ventanas o balcones, en cuyo caso el criterio a aplicar será el de nivel sonoro exterior.

Presión sonora: la diferencia instantánea entre la presión originada por la energía sonora y la presión barométrica en un punto determinado del espacio.

Reverberación: fenómeno que consiste en la permanencia del sonido durante un breve tiempo, después de cesar la emisión de la fuente.

Ruido: es cualquier sonido que moleste o incomode a los seres humanos, o que produce o tiene el efecto de producir un resultado psicológico y fisiológico adverso sobre los mismos.

Salud: estado de absoluto bienestar físico, mental y social, según la definición de la Organización Mundial de la Salud.

Sonido: sensación percibida por el oído humano, debido a la incidencia de ondas de presión.

Sonómetro: instrumento provisto de un micrófono amplificador, detector de RMS, integrador-indicador de lectura y curvas de ponderación, que se utiliza para medición de niveles de presión sonora.

Vibraciones: perturbación que provoca la oscilación de los cuerpos sobre su posición de equilibrio.