Anexo 10 Normativa básica...as de mesa

Anexo 10 Normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa

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ANEXO X. Entrega de aceituna: Relación complementaria de proveedores de aceituna

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La relación complementaria de proveedores de aceituna deberá contener, como mínimo, información relativa a: la campaña, denominación del centro de recepción o de compra, nombre o razón social, NIF, dirección, localidad, provincia, código postal, teléfono y correo electrónico de contacto del titular del citado puesto de compra. Además, RIA u otro número de control que identifique la industria para llevar a cabo las declaraciones exigidas por SIMO, nombre o razón social, NIF, dirección, localidad, provincia, código postal, teléfono fijo y móvil y correo electrónico de contacto de la industria que adquiere la aceituna y fecha de entrega de la relación.

Además, deberá incluir un listado en el que consten los datos siguientes: fecha, número de albarán, kilogramos recibidos por albarán, variedad de aceituna (en el caso de aceituna de mesa), si la aceituna es de agricultura ecológica, nombre o razón social, domicilio y NIF del oleicultor, y kilogramos entregados a la industria por albarán, debiéndose totalizar las cantidades incluidas en los albaranes a que haga referencia la entrega, así como indicar la cantidad realmente pesada por la industria receptora la entrada en sus instalaciones.

Asimismo, está relación deberá incluir, las firmas y NIF del operador del puesto de compra, el transportista y la industria receptora y demás observaciones que se consideren necesarias.