Anexo 15 Aplicación de intervenciones en forma de pagos directos y establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la PAC a partir de 2023
ANEXO XV. Especies mejorantes
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
(Incluida corrección de errores publicada en «BOE» núm. 297, de 11 de diciembre de 2025)
Leguminosas: guisante (Pisum sativum L.), habas (Vicia faba L.), altramuz blanco (Lupinus albus L.), altramuz amarillo (Lupinus luteus L.), altramuz azul (Lupinus angustifolius L.), veza o alverja (Vicia sativa L.), yeros [Vicia ervilia (L.) Willd.], algarrobas (Vicia monanthos Desf.), titarros (Lathyrus cicera L.), almortas (Lathyrus sativus L.), alholva (Trigonella foenum-graecum L.), alberjón (Vicia narbonensis L.), alfalfa (Medicago sativa L.), Medicago, spp., biserrula (Astragalus pelecinus L.), añil (Indigofera tinctoria), esparceta (Onobrychis viciifolia Scop.), zulla (Hedysarum coronarium L.), alubia o judía (Phaseolus vulgaris L.), judía de lima (Phaseolus lunatus L.), judía escarlata (Phaseolus coccineus L.), judía mungo (Vigna radiata), caupí o frijol de carilla [Vigna unguiculata (L.) Walp.], garbanzo (Cicer arietinum L.), lenteja (Lens sculenta Moench, Lens culinaris Moench), crotalaria (Crotalaria juncea L.), cacahuete (Arachis hypogaea L.), soja [Glycine max (L.)], veza vellosa (Vicia villosa Roth), alverja húngara (Vicia pannonica Crantz.), trébol (Trifolium spp), meliloto amarillo (Melilotus officinalis), serradella (Ornithopus sativus), cuernecillo (Lotus corniculatus L.).
Cuando sea una práctica habitual de cultivo, se admitirán mezclas de las especies de leguminosas recogidas en esta lista con otros cultivos herbáceos, siempre que las leguminosas sean el cultivo predominante en la mezcla.
Crucíferas o Brasicáceas: rábano (Raphanus sativus), rúcula (Eruca sativa), colza (Brassica napus), nabo forrajero (Brassica rapa), rábano silvestre (Raphanus raphanistrum), mostaza blanca (Sinapis alba), mostaza negra (Brassica nigra), mostaza castaña (Brassica juncea), mostaza etíope (Brassica carinata), camelina (Camelina sativa (L.) Crantz).
Compuestas o Asteráceas: girasol (Helianthus annuus L.), cártamo (Carthamus tinctorius L.).
Liliáceas: ajo (Allium sativum L.).
Papaveráceas: adormidera (Papaver somniferum).
- Modificación realizada (Anexo XV) por Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre, por el que se modifican diversos reales decretos en materia de Política Agrícola Común.
(BOE de 15-10-2025) en vigor desde 16-10-2025 - Modificación realizada (Anexo XV) por Real Decreto 1028/2024, de 8 de octubre, por el que se modifican diversos reales decretos en materia de política agrícola común, para su adaptación a la modificación del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
(BOE de 09-10-2024) en vigor desde 10-10-2024 - Modificación realizada (Anexo XV (párrafo 1)) por Real Decreto 1177/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifican diversos reales decretos dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
(BOE de 28-12-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Modificación realizada (Anexo XV) por Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
(BOE de 01-03-2023) en vigor desde 02-03-2023 - Modificación realizada (Anexo XV) por Corrección de errores del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
(BOE de 28-01-2023) en vigor desde 01-01-2023

