Anexo 19 Potencial de pro...n vitícola

Anexo 19 Potencial de producción vitícola

Ver Indice
»

ANEXO XIX

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Comunicaciones en virtud del artículo 230.1.b)i) del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre

Cuadro 1. Sanciones impuestas por las comunidades autónomas según los artículos 85 bis (3), 85 ter (4) y 85 quáter (2) del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007

Comunidad Autónoma:
Campaña:
Fecha de la comunicación:
Sanción impuesta en la campaña*
Conforme a la legislación nacional o de la Comunidad Autónoma, según el artículo 85 bis(3) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo Conforme a la legislación comunitaria según el artículo 85 bis(3) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo Conforme a la legislación comunitaria según el artículo 85 ter(4) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo Conforme a la legislación comunitaria, según el artículo  85 quater(2) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo
Superficie (ha) Superficie (ha) Superficie (ha) Superficie (ha)
               

* Los datos estarán referidos a la campaña precedente.

Fecha límite de la comunicación: 1 de octubre.

Cuadro 2. Comunicación anual sobre superficies plantadas sin derechos de plantación después del 31/8/1998

Comunidad Autónoma:
Campaña:
Fecha de la comunicación:
Superficie plantada sin derechos de plantación después del 31 /8/1998
detectadas en la campaña* arrancadas en la campaña* superficie sujeta a destilación volumen de vino destilado en la campaña* superficie sujeta a probar la no circulación
(ha) (ha) (ha) (hl) (ha)
         

* Los datos estarán referidos a la campaña precedente.

Fecha límite de la comunicación: 1 de octubre.

Cuadro 3. Comunicación anual sobre superficies plantadas sin derechos de plantación antes de 1/9/1998

Comunidad Autónoma:
Campaña:
Fecha de la comunicación:
Superficie plantada sin derechos de plantación antes del 1/9/1998
No regularizada hasta 31/12/2009 arrancada en la campaña* (Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo art. 85 ter(4)) superficie sujeta a destilación volumen de vino destilado en la campaña* superficie sujeta a probar la no circulación
(ha) (ha) (ha) (hl) (ha)
         

* Los datos estarán referidos a la campaña precedente.

Fecha límite de la comunicación: 1 de octubre.