Anexo 2 Administración di...e Cataluña

Anexo 2 Administración digital de Cataluña

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ANEXO 2. Glosario

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A efectos de este Decreto, se entiende por:

Acceso omnicanal: acceso a los servicios o contenidos a través de una multiplicidad de medios o canales. Puede incluir el canal presencial, el telefónico, el digital, las redes sociales, los dispositivos móviles u otros que pueden existir en la actualidad o que puedan existir en el futuro.

Activo digital: dato o información obtenida o generada por la actuación de las administraciones públicas. Son ejemplos de activos digitales los ficheros de datos, de imágenes, de sonidos, de texto, multimedia o cualquier otro tipo de dato o de representación de información.

Actuación administrativa automatizada: cualquier acto o actuación efectuada íntegramente a través de medios electrónicos por una administración pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no ha intervenido de manera directa ningún empleado público.

Base de datos distribuidos: conjunto de bases de datos situadas en diferentes espacios lógicos y geográficos interconectadas a través de una red informática.

Catálogo corporativo de procesos: sistema de información que permite gestionar, racionalizar y normalizar, de manera sistematizada, la información más relevante asociada a los procesos existentes en la organización de la Generalidad, con la voluntad de ser una fuente de información y un instrumento único para la gestión.

Certificado electrónico: documento electrónico firmado por una entidad de certificación que permite firmar por medios electrónicos de manera segura ya que garantiza a terceras personas la identidad de la persona que es poseedora cuando realiza una transacción electrónica. El certificado digital puede estar en diferentes soportes o dispositivos (un fichero, un lápiz de memoria o una tarjeta).

Certificado cualificado: certificado de firma electrónica que ha sido expedido por un prestador cualificado de servicios de confianza y que cumple los requisitos del anexo I del Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Certificado cualificado de representación: herramienta de identificación y firma electrónica que permite que una persona física (representante) actúe en nombre de una persona jurídica (representada) y pueda identificarse en un procedimiento y realizar trámites electrónicos de forma segura en nombre de la persona jurídica a la que representa, así como firmar en su nombre. El certificado lo expide un prestador cualificado de servicios de confianza que cumple los requisitos del anexo I del Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior. Es necesario que previamente se haya acreditado la representación en base a la cual actúa el representante.

Código seguro de verificación: código de 32 dígitos alfanuméricos que identifica un documento electrónico y cuya finalidad es garantizar su origen e integridad, que se puede comprobar mediante el servicio de verificación en la sede electrónica correspondiente. El código generado es único para cada documento y lo vincula con el signatario, de manera que cualquier modificación del documento da lugar a un nuevo documento con un nuevo código seguro de verificación. La persona que disponga de dicho código puede verificar el documento en la sede electrónica durante el tiempo que se establezca en la resolución que autoriza la aplicación de este procedimiento.

Comparecencia en la sede: acceso de la persona interesada a su espacio personal en la sede electrónica para consultar sus trámites o acceder a sus notificaciones.

Comunicación electrónica: envío formal y personal, por medios electrónicos, de actos o documentos administrativos que tienen como objetivo informar a las personas interesadas de actuaciones que no afectan a sus derechos e intereses.

Copia auténtica: copia realizada, con independencia de su soporte, por los órganos competentes de las administraciones públicas y que garantiza la identidad del órgano que la ha realizado y su contenido. Tiene la misma validez y eficacia que el documento origen objeto de copia.

Datos abiertos: solución tecnológica para la apertura de los datos de la Administración pública a la sociedad, para dar cumplimiento a los objetivos de transparencia y fomento de la reutilización de la información.

Digitalización: proceso tecnológico que permite convertir un documento en soporte papel o en otro soporte no electrónico en uno o varios ficheros electrónicos que contienen la imagen codificada, fiel e íntegra del documento origen.

Digitalización conformada: proceso de conversión de un documento en soporte papel a un documento electrónico con el mismo valor jurídico que el documento en papel siempre y cuando se garantice la fidelidad, integridad y conservación del documento digitalizado.

Expediente electrónico: conjunto de documentos, todos en soporte electrónico, que componen un procedimiento administrativo.

Gobierno de los datos: conjunto de principios y medidas adoptadas por una organización para asegurar la calidad, disponibilidad y seguridad de sus datos en todo el ciclo de vida.

Homogeneidad semántica y sintáctica de los datos: condición por la que los datos tienen el mismo significado para todas las unidades y órganos de la Administración y se ordenan y se relacionan entre sí de la misma manera.

Integridad: propiedad o característica que garantiza que el archivo de información no ha sido alterado de manera no autorizada.

Interoperabilidad: capacidad de los sistemas de información y, consecuentemente de los procedimientos a los que dan apoyo, para compartir datos y posibilitar el intercambio de información, conocimiento, documentos y datos entre sí.

Modelo de gobierno de los datos de la Generalidad de Cataluña: marco de trabajo adoptado por la Administración de la Generalidad de Cataluña para gobernar sus datos. Incluye el conjunto de normas, procesos, funciones y responsabilidades que garanticen el uso adecuado de la información de que dispone dicha Administración, con el objetivo de mejorar la prestación de los servicios públicos.

Notificación electrónica: comunicación formal y personal de un acto administrativo al destinatario por medios electrónicos cuando dicho acto afecte a sus derechos e intereses.

Oficina de atención ciudadana virtual: tipo de oficina de atención ciudadana de la Administración de la Generalitat de Catalunya que, obviando el criterio de la territorialidad de las oficinas físicas, da apoyo a la ciudadanía en la tramitación digital desde cualquier punto, utilizando la herramienta de la videoatención, con una comunicación bidireccional síncrona, segura y con todas las garantías.

Oficinas de atención ciudadana móviles: tipo de oficina de atención ciudadana de la Administración de la Generalitat de Catalunya que facilita información y apoyo a la tramitación de forma presencial en el territorio, sin tener una ubicación fija, siguiendo criterios de necesidad de atención y de distancia de la ciudadanía con las oficinas de atención ciudadana integradas.

Plataforma de intermediación: herramienta tecnológica que permite la consulta de datos referidos a las personas en poder de una administración pública por parte de otras administraciones públicas. Las plataformas de intermediación posibilitan la interoperabilidad de los sistemas de información y también que las personas interesadas en un procedimiento administrativo no deban aportar documentación o datos que ya han aportado a otra Administración o que están en su poder.

Prestador de servicios de confianza: persona física o jurídica que presta un servicio de confianza o varios, ya sea como prestador cualificado o como prestador no cualificado de los servicios de confianza, de acuerdo con el Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Protocolo de gobierno de los datos: documento que despliega el modelo de gobierno de los datos de la Administración de la Generalidad de Cataluña y que recoge los aspectos técnicos y organizativos del modelo. El Protocolo tiene el siguiente contenido, cuya definición consta a continuación:

- Roles: responsabilidades de las personas y organismos que intervienen en el modelo de gestión de los datos.

- Calidad de los datos: esquema organizativo y tecnológico necesario para garantizar que los datos tengan la fiabilidad adecuada para sus usos.

- Ciclo de vida de los datos: organización de la secuencia de pasos que da un dato, desde que se genera o se captura hasta que eventualmente se archiva o elimina. El ciclo incluye la definición y captura de las unidades que intervienen en cada paso y de las operaciones que se ejecutan.

- Modelado y arquitectura de los datos: identificación y definición de los datos necesarios para un determinado ámbito y su relación con el conjunto de datos de la Administración de la Generalidad. Incluye los requerimientos a fin de que la infraestructura lógica y física de los datos garantice su disponibilidad allí donde sea necesaria, según el principio de dato único.

- Seguridad: mecanismos que garantizan que a cada dato solo accedan las personas autorizadas.

- Metadatos: dato que define otro dato, es decir, propiedades que hay que definir para cada dato con el objetivo de garantizar la correcta gestión a lo largo de todo el ciclo de vida. Existen varios tipos de metadatos: del documento, del expediente y del procedimiento, entre otros.

- Catálogo de datos: documento que integra el Mapa de intercambio de datos y el Catálogo de datos y documentos interoperables, establecido en el artículo 17 de este Decreto.

- Analítica de datos: mecanismo de coordinación entre las unidades que impulsan actuaciones de analítica de datos, tratamiento masivo de datos e inteligencia artificial.

Punto de registro y digitalización: tipo de oficina de atención presencial de la Administración de la Generalidad de Cataluña que tiene encomendadas exclusivamente funciones de registro y digitalización de documentos, concretamente las funciones que constan en los apartados a) a e) del artículo 40.1 de este Decreto.

Sello electrónico: sistema de firma electrónica de un organismo o ente de la Administración que permite autenticar una actuación administrativa automatizada, según el procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Se basa en un certificado electrónico que reúne los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.

Servicios de interoperabilidad: servicios o productos que ofrecen las plataformas o sistemas de interoperabilidad que pueden ser objeto de intercambio entre las administraciones públicas. Estos servicios o productos permiten que las personas interesadas no deban aportar documentos o datos que ya obren en poder de las administraciones públicas. Estos servicios o productos solo pueden consumirse para una finalidad determinada y en el marco de un procedimiento concreto y deben respetar el principio de proporcionalidad y la gestión eficiente.

Servicios proactivos y personalizados: servicios digitales que ofrecen las administraciones públicas que tienen como finalidad informar a las personas, de manera predictiva y anticipada, sobre los servicios públicos a los que pueden acceder, en base a los datos que las administraciones públicas tienen de estas personas por otros trámites previos.

Sede electrónica: dirección electrónica en la que está disponible, de manera integrada, la información, los servicios y los trámites electrónicos de una administración. Es un punto de acceso a los servicios y trámites que la ciudadanía, las empresas y las entidades pueden realizar con una administración. La titularidad de la sede corresponde a una administración pública, que es la responsable de mantener actualizado el contenido que se publica en la sede.

Firma electrónica: conjunto de datos en formato electrónico, consignados junto con otros datos o asociados con estos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.

Solución o sistema corporativo transversal: soluciones tecnológicas utilizadas por todos los sujetos del apartado 1 del artículo 2 de este Decreto, gestionadas por el departamento competente en materia de políticas digitales, así como los requerimientos de integración de soluciones corporativas gestionadas por otros organismos o unidades.

Subsede electrónica: dirección electrónica que se crea dentro de otra dirección electrónica por razones de autonomía funcional u organizativa con la finalidad de ofrecer un acceso directo a un conjunto de servicios y trámites.

Trazabilidad de los datos: propiedad o característica de los datos que permite conocer el proceso que han seguido desde su inicio.

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