Anexo 2 Compatibilidad del IMV con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia
ANEXO II. Conceptos modelo 190/184
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Conceptos modelo 190/184
| HHPP | AEAT | H. Foral Araba | H. Foral Bizkaia | H. Foral Gipuzkoa | H. Foral Navarra | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Rendimientos de trabajo. | Modelo 190. | Imputaciones de los modelos 190 (Claves A, B, C, E y F) y 345 Planes de pensiones y Subvenciones que se consideran rendimientos de trabajo dinerarias y en especie. | CLAVES: A+B+E. | CLAVES A+B+C+E. | ||
| Gastos deducibles de trabajo. | Modelo 190. | Cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios, detracciones por derechos pasivos y cotizaciones a los colegios de huérfanos (Campo de gastos deducibles de las Claves A, B, C, E, L05, L10 Y L27). | CLAVES: A, B, C, E, L05 y L27 del campo Gastos deducibles. | CLAVES: A, B, C, E y l05 del campo Gastos deducibles. | ||
| Rendimientos de actividades económicas - Profesionales. | Modelo 190. | Modelo 190. Clave G. Subclaves 01 a 08. Dinerarias y en especie. | CLAVES:F02, G01, G02, G03, I01, I02. | CLAVES:F02, G01, G02, G03, I01, I02. | ||
| Rendimientos de actividades económicas. Otros. | Modelo 190. | Modelo 190. Clave I y J. Dinerarias y en especie. | ||||
| Rendimientos de actividades económicas agrícola, ganaderas, forestales y pesqueras. | Modelo 190. | Modelo 190. Clave H. Subclaves 01, 02, 03. Dinerarias y en especie. | CLAVE H0I, H02, H03. | CLAVE H01, H02, H03. | ||
| Rendimientos de actividades económicas empresariales. | Modelo 190. | Modelo 190. Clave H. Subclave 04. Dinerarias y en especie. | CLAVE H04. | CLAVE H04. | ||
| Prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas de IRPF. | Modelo 190. | CLAVE L Subclave 27. | CLAVE L. Subclave 27. | CLAVE B. Subclaves 90, 91 y 92. | ||
| Prestaciones públicas por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y Corresponsabilidad en el cuidado del lactante. | Modelo 190. | CLAVE L. Subclave 20. | ||||
| Socios/partícipes de entidades en atribución de rentas. | Modelo 184. | CLAVE D. |
D. Tipo de registro de socio/a, heredero/a, comunero/a y participe. D. Rendimientos de actividades económicas. |
Tipo de registro de socio/a, heredero/a, comunero/a y participe. Clave D - Rendimientos de actividades empresariales y profesionales. |
||
Incentivo al empleo
Se detallan a continuación las siguientes claves:
1. Rendimientos de trabajo:
– Clave A: Rendimientos de trabajo: las personas empleadas por cuenta ajena en general.
– Clave B: Rendimientos de trabajo: pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones previstas en el artículo 17.2.a) de la Ley de Impuesto.
– Clave C: Rendimientos de trabajo: prestaciones o subsidios por desempleo.
– Clave E: Rendimientos de trabajo: miembros del Consejo, administradores y administradoras.
– Clave F: Rendimientos del trabajo: cursos, conferencias, seminarios y similares y elaboración de obras literarias, artísticas o científicas.
2. Gastos deducibles de rendimientos de trabajo:
– Diseño de Registro de Fichero AEAT: 0007- importe 37: gastos deducibles de rendimientos de trabajo.
3. Rendimientos de actividades económicas:
– Clave G: Rendimientos de actividades económicas: actividades profesionales.
– Clave H: Rendimientos de actividades económicas: actividades agrícolas, ganaderas y forestales y actividades de estimación objetiva a las que se refiere el artículo 95.6 del Reglamento del Impuesto.
– Clave I: Rendimientos de actividades económicas: rendimientos a que se refiere el artículo 75.2, letra b), del Reglamento del Impuesto.
– Clave J: Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen.
Se excluirá del cómputo de ingresos a los efectos previstos en este real decreto el subsidio no contributivo por desempleo, cuando a la fecha de solicitud de la prestación del ingreso mínimo vital dicho subsidio se hubiera extinguido.
- Artículo modificado por Real Decreto 240/2026, de 25 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre, por el que se regula la compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia con el fin de mejorar las oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación. (BOE de 26-03-2026) en vigor desde 27-03-2026
