Anexo 2 criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, control y suministro
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ANEXO II. Tipos de análisis y frecuencia de muestreo

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Parte A. Aspectos generales

1. El control del agua de consumo deberá:

a) Verificar que las medidas establecidas para controlar los riesgos para la salud humana a lo largo de la cadena de suministro de agua desde la zona de captación de la zona protegida, toma de captación, el tratamiento y el almacenamiento hasta la distribución, estén funcionando de manera efectiva y que el agua en el punto de cumplimiento sea salubre y limpia;

b) Proporcionar información sobre la calidad del agua suministrada para consumo para demostrar que se cumplen las obligaciones establecidas en esta normativa y los valores paramétricos establecidos en el anexo I;

c) Identificar las medidas correctoras más adecuadas para mitigar el riesgo para la salud humana.

2. Se realizarán los siguientes análisis y se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en este anexo:

a) «Control de rutina», tiene por objeto la valoración de las características organolépticas del agua de consumo y el control de la desinfección;

b) «Análisis de control», tiene por objeto facilitar al operador y a la autoridad sanitaria la información sobre la calidad organoléptica y microbiológica del agua de consumo, así como información sobre la eficacia del tratamiento de potabilización;

c) «Análisis completo», tiene por objeto facilitar al operador y a la autoridad sanitaria la información necesaria para determinar el cumplimiento de los valores paramétricos de todos los parámetros de esta normativa;

d) «Control de radiactividad», tiene por objeto facilitar información al operador y a la autoridad sanitaria sobre la presencia de sustancias radiactivas naturales o artificiales en el agua de consumo;

e) «Control operacional», tiene por objeto facilitar al operador una visión rápida de la eficacia del tratamiento y los problemas de calidad del agua, y permite una acción correctora rápida previamente planificada;

f) «Caracterización del agua», tiene por objeto facilitar al ciudadano las características generales del agua.

g) «Control en grifo», tiene por objeto facilitar al titular de la instalación, al operador y a la autoridad sanitaria la información necesaria para determinar la calidad del agua de consumo en el punto de cumplimiento de las instalaciones interiores. Abarca tanto los controles a realizar por el ayuntamiento en el grifo del usuario, como los análisis a realizar por el titular del edificio, en el «Control de edificios prioritarios».

h) «Control en buque», tiene por objeto facilitar al operador del buque de pasaje y a la autoridad sanitaria la información necesaria para determinar la calidad del agua de consumo en el punto de cumplimiento de la instalación interior del buque.

3. El operador que tenga un PSA, podrá solicitar a la autoridad sanitaria, variar la frecuencia de muestreo del análisis de control y completo, según lo dispuesto en el anexo VII.

4. El operador que tenga un PSA, según lo descrito en el apartado anterior, no podrá disminuir la frecuencia de muestreo señalada en este real decreto para los siguientes parámetros: E. coli, Enterococo intestinal y Turbidez, además:

a) En los casos que la autoridad sanitaria lo considere necesario, el operador no podrá disminuir además los colífagos somáticos y el Clostridium perfringens incluidas las esporas;

b) En los grifos de cuidados aumentados en hospitales y centros sanitarios tampoco se podrá disminuir el control de Pseudomona Aeruginosa.

Parte B. Parámetros a controlar en cada tipo de análisis

1. Control de rutina.

Este análisis se podrá realizar en los siguientes tipos de puntos de muestreo:

- En red de distribución.

- En grifo del usuario.

- En grifos de buques de pasaje.

Se controlarán, al menos, los siguientes parámetros:

Siempre

Al menos organolépticamente: Color; Sabor y Olor

Turbidez; (con kit o en laboratorio o en línea).

pH; (con kit o en laboratorio o en línea).

Cuando se utilicen como desinfectantes productos en los que se libere o genere cloro activo

Además, se controlará:

Cloro libre residual (con kit o en laboratorio o en línea).

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique

2. Análisis de control:

Este análisis se podrá realizar en los siguientes tipos de puntos de muestreo:

- Salida ETAP o salida depósito de cabecera.

- Salida de depósito de regulación/distribución.

- Red de distribución.

- Salida de la cisterna.

Se controlarán, al menos, los siguientes parámetros:

Siempre.

E. coli; Enterococo intestinal; bacterias coliformes; recuento de colonias a 22 ºC;

Color; Sabor; Olor (con kit o en laboratorio)

pH; Conductividad, Turbidez;

Cuando se utilicen como desinfectantes, productos en los que se libere o genere cloro activo como desinfectantes.

Además, se controlará:

Cloro libre residual (con kit o en laboratorio).

Cuando los resultados de estos parámetros hayan superado el valor paramétrico en el último análisis completo.

Además, se controlarán hasta que alcancen su valor paramétrico:

Clorito y clorato o THM o Acido Haloacéticos

Cuando se realice cloraminación.

Además, se controlará:

Nitritos; cloro combinado residual y Amonio

Cuando se utilicen en el tratamiento sales de aluminio o de hierro en el tratamiento de potabilización.

Además, se controlará en salida de ETAP o en depósito de cabecera:

Aluminio o hierro

En la salida de la ETAP o salida de depósito de cabecera.

Además, se controlará:

Clostridium perfringens (incluidas las esporas)

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique

3. Análisis completo.

Este análisis se podrá realizar en los siguientes tipos de puntos de muestreo:

- Salida ETAP o salida depósito de cabecera

- Salida de depósito de regulación o de distribución.

- Red de distribución.

Se controlarán los siguientes parámetros:

Siempre.

Escherichia coli; Enterococo intestinal; Clostridium perfringens (incluidas las esporas)

Acrilamida; Antimonio; Arsénico; Benceno; Benzo(a)pireno; Bisfenol a, Boro; Bromato; Cadmio; Cianuro total; Cloruro de Vinilo; Cobre; Cromo total; 1,2-Dicloroetano; Epiclorhidrina; Fluoruro; Mercurio; Níquel; Nitrato; Nitritos; Plomo; Selenio; Uranio

Plaguicidas: al menos, los que señale la autoridad sanitaria;

20 PFAS; n Plaguicidas; 4 Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos; 2 Tricloroeteno + Tetracloroeteno; 5 Acidos Haloacéticos, 4 Trihalometanos,

Bacterias coliformes; Recuento de colonias a 22 ºC; Colífagos somáticos

Color; Olor; Sabor; (con kit o en laboratorio)

pH; Aluminio; Amonio; Cloruro; Conductividad; Hierro; Manganeso; Índice de Langelier, Sodio; Sulfato. Turbidez

Clorato, Clorito, Cloro combinado residual, Cloro libre residual

En las zona de abastecimiento tipo 1, 2 o 3.

Además se controlará:

Oxidabilidad

En las zona de abastecimiento tipo 4, 5 y 6.

Además, se controlará:

Carbono Orgánico Total

Cuando el origen del agua sea total o parcialmente de embalse o lago o laguna.

Además, se controlará:

Microcistina LR

Cuando el PM sea red de distribución.

Además, se podrá controlar:

Fluoranteno (con valor de referencia de 0,01 µg/L)

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique

4. Control de radiactividad.

Este análisis se podrá realizar en alguno de los siguientes tipos de puntos de muestreo:

- Toma de Captación.

- Salida de planta de tratamiento o en depósito de cabecera.

- En el caso que no haya ETAP o depósito de cabecera, se realizará en la salida de depósito de regulación o de distribución.

- Red de distribución en el caso que no haya depósito entre la captación y la red de distribución.

Se controlarán los siguientes parámetros, sin perjuicio de lo dispuesto en el anexo VI:

Siempre.

Actividad alfa total.

Actividad beta resto.

Cuando el origen del agua sea subterráneo.

Además, se controlará:

Radón.

Cuando el origen del agua sea superficial y aguas arriba de la zona de captación exista una Central Nuclear.

Además, se controlará:

Tritio.

Según lo dispuesto en el anexo I, parte E.2, y anexo VI.

Cálculo de la Dosis Indicativa.

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique.

5. Control operacional.

a) El control operacional tendrá en cuenta los resultados de la identificación de peligros y eventos peligrosos y evaluaciones de riesgos del suministro, y con la intención de confirmar la efectividad de todas las medidas de control en la captación, tratamiento, almacenamiento y distribución. Se notificará en SINAC al menos los parámetros que señala este apartado.

b) Se controlarán con la frecuencia que señala el punto 4 de la parte C de este anexo, al menos, los siguientes parámetros en los puntos de muestreo que designe el operador en la ETAP, depósito donde se desinfecte o red de distribución o en buque de pasaje:

Siempre.

Turbidez;

Tras una limpieza de decantadores, limpieza de depósito o red de distribución o red interior del buque de pasaje.

Además, se controlará:

Clostridium perfringens incluidas esporas.

Tras desinfección en ETAP o desinfección en otra infraestructura distinta a la ETAP.

Además, se controlará:

pH.

Cloro libre residual.

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique.

c) Se controlarán con la frecuencia que señala el punto 4 de la parte C de este anexo, al menos, los siguientes parámetros en los puntos de muestreo que designe el operador en la toma de captación:

Siempre (excepto en agua de mar o si el PSA no lo considera como parámetro de control)

Colífagos somáticos; Si > 50 UFP/100 ml, Además, se controlarán a la salida de tratamiento o depósito de cabecera:

Cuando el origen del agua sea total o parcial de embalse o lago o laguna

Además, se controlará:

Microcistina LR, si >1 µg/L, se controlará clorofila a.

Si la clorofila a > 50 mg/m3 se realizará la identificación de cianobacterias y otras cianotoxinas.

Si la captación está en zona agrícola

Además, se controlará:

Plaguicidas individuales autorizados que pudieran estar en esa zona de captación o el resultado del PSA lo considere un parámetro de control.

6. Caracterización de las aguas.

Este análisis se podrá realizar en Red de distribución.

Se controlarán los siguientes parámetros:

Siempre

Dureza, Calcio, Magnesio y Potasio

7. Control en grifo.

Este análisis se realizará en el grifo de la instalación interior más utilizado o en los que designe el titular de la instalación, informando de ello a la autoridad sanitaria, preferentemente en las viviendas y edificios construidos antes del año 1980.

Se controlarán los siguientes parámetros:

Siempre.

Escherichia coli; Recuento de colonias a 22 ºC;

Color; Turbidez;

pH; Conductividad;

Cloro libre residual;

Plomo;

Cuando se realice cloraminación.

Además, se controlará:

Cloro combinado residual; Nitritos y Amonio;

Cuando se sospeche que hay instaladas tuberías metálicas.

Además, se controlarán:

Cobre; Cromo total; Níquel; Hierro u otro parámetro inorgánico, cuando se sospeche que la instalación interior tiene este tipo de material instalado.

Cuando se sospeche que hay instaladas tuberías de plástico o PVC.

Además, se controlará:

Cloruro de vinilo y Bisfenol a.

En edificios prioritarios.

Además, se controlará:

Legionella spp.

En hospitales o centros sanitarios.

Además, se controlará.

Pseudomona aeruginosa en unidades de cuidados aumentados.

Temperatura de agua fría.

Temperatura del agua caliente.

Además se controlará cualquier otro parámetro que la autoridad sanitaria indique.

8. Control en buques.

Además del control de rutina, se deberá realizar el siguiente control específico para buques de pasaje:

Siempre.

Escherichia coli; Legionella spp.

Plomo; Hierro, Cobre, Cromo total, Cloruro de vinilo y Bisfenol a.

Si desalinizan el agua de mar.

Boro.

a) Los buques de pasaje que desalinicen el agua de mar, además deberán realizar el control operacional.

b) Los buques de pasaje que no desalinice el agua de mar y utilicen como agua de consumo, el agua de la red de distribución pública, el titular del buque solicitará un boletín de análisis del último análisis de control y análisis completo realizado en el agua de la red al operador de la red de distribución.

Parte C. Frecuencia anual de muestreo

1. Aspectos generales.

a) Los volúmenes de agua distribuida se calcularán como medias en un año natural. Para determinar la frecuencia mínima, en el caso de no conocer el volumen distribuido por día, se podrá utilizar el número de habitantes de una zona de abastecimiento en lugar del volumen de agua, en este caso se calculará considerando un consumo de agua de 200 L diarios por persona.

b) La zona de abastecimiento es la definida en el artículo 2.1.

c) En la medida de lo posible, el número de muestras se distribuirá de manera uniforme en el tiempo y en el espacio.

d) El control de rutina se realizará semanalmente, siempre y cuando en esa semana no se haya realizado un análisis de control o completo.

e) La frecuencia de la Caracterización de las aguas se realizará al menos una vez por semestre.

2. Frecuencia mínima de muestreo

Tabla 8. Frecuencia de muestreo anual en cada zona de abastecimiento.

Tipo de ZA

Análisis de control

Análisis completo

Control de radiactividad

Zona tipo 1

<10 m3

A criterio de la autoridad sanitaria

Zona tipo 2

>10 m3 y <100 m3

3

1

1 cada 5 años

Zona tipo 3

> 100 m3 y < 1.000 m3

4

2

1

Zona tipo 4

> 1.000 m3 y < 10.000 m3

4 por los primeros 1.000 m3

+

3 por cada 1.000 m3 adicional o fracción del volumen total.

1 por los primeros 1.000 m3

+

1 por cada 4.500 m3 adicional o fracción del volumen total.

1 por los primeros 1.000 m3

+

1 por cada 3.300 m3 adicional o fracción del volumen total.

Zona tipo 5

(>10.000 - <100.000 m3)

3 por los primeros 10.000 m3

+

1 por cada 10.000 m3 adicional o fracción del volumen total.

3 por los primeros 10.000 m3

+

1 por cada 10.000 m3 adicional o fracción del volumen total.

Zona tipo 6

(más de 100.000 m3)

12 por los primeros 100.000 m3

+

1 por cada 25.000 m3 adicional o fracción del volumen total.

12 por los primeros 100.000 m3

+

1 por cada 25.000 m3 adicional o fracción del volumen total.

3. Frecuencia mínima de muestreo por infraestructura.

Tabla 9. Frecuencia anual de análisis completo por infraestructura.

Volumen de agua

(m3)

Salida de ETAP o Depósito de cabecera

Volumen de agua tratada al día (m3)

Depósito de regulación o distribución

Capacidad del depósito (m3)

Red de distribución

Volumen de agua distribuida al día (m3)

< 10 m3

A criterio de la Autoridad Sanitaria

> 10 a < 100 m3

A criterio de la Autoridad Sanitaria

1

> 100 a < 1.000 m3

1

1

1

> 1.000 a < 10.000 m3

1 por cada 5.000 m3/día y fracción del volumen total

2

1 por cada 5.000 m3/día y fracción del volumen total

> 10.000 a < 100.000 m3

2 + 1 por cada 20.000 m3/día y fracción del volumen total

4

2 + 1 por cada 20.000 m3/día y fracción del volumen total

> 100.000 m3

5 + 1 por cada 50.000 m3/día y fracción del volumen total

6

5 + 1 por cada 50.000 m3/día y fracción del volumen total

Notas:

1

El número de análisis completos que deberá realizar el operador será el resultante de aplicar esta frecuencia salvo que este valor sea inferior a lo establecido en la tabla 8, para el análisis completo, entonces deberán incrementarse el número de muestras en red de distribución para cumplir lo establecido en la tabla 8.

Tabla 10. Frecuencia anual de análisis de control por infraestructura (nota 2).

Volumen de agua

(m3)

Salida de ETAP o Depósito de cabecera Volumen de agua tratada al día (m3)

Depósito de regulación o distribución

Capacidad del depósito (m3)

Red de distribución

Volumen de agua distribuida al día (m3)

< 10 m3

A criterio de la Autoridad Sanitaria

> 10 a < 100 m3

1

1

1

> 100 a < 1.000 m3

1

1

2

> 1.000 a < 10.000 m3

1 por cada 1.000 m3/día y fracción del volumen total

12

1 por cada 1.000 m3/día y fracción del volumen total

> 10.000 a < 100.000 m3

18

> 100.000 m3

24

Notas:

1

El número de análisis de control que deberá realizar el operador será el resultante de aplicar esta frecuencia salvo que este valor sea inferior a lo establecido en la tabla 8, para el análisis de control, entonces deberán incrementarse el número de muestras en red de distribución para cumplir lo establecido en la tabla 8.

2

En el caso de las cisternas, se realizará un análisis de control siempre y cuando la autoridad sanitaria se lo requiera a los operadores implicados

4. Control operacional.

Tabla 11. Frecuencia de muestreo anual en función del volumen de agua tratada, excepto para la turbidez:

Volumen de agua tratada (m3/día)

En toma de captación o en ETAP o IDAM en el caso que no hubiera ETAP, en depósito de cabecera/en los depósitos donde se reclore

d 100

6

> 100

d 1.000

12

> 1.000

d 10.000

24

> 10.000

52

En el caso de la turbidez la frecuencia en ETAP o en el caso de no existir ETAP, en depósito de cabecera:

Volumen de agua tratada en metros cúbicos o volumen de agua distribuida/día

Frecuencia mínima

d 1.000

Semanal

> 1.000 a d 10.000

Diaria

>10.000

En línea (nota 1)

Nota 1: se notificarán en SINAC: el valor medio diario y el valor máximo diario.

5. Control mínimo en grifo en la Vigilancia municipal por zona de abastecimiento.

Tabla 12. Frecuencia mínima anual para el control en grifo:

Número de habitantes suministrados

Número mínimo de muestras al año

Zona de abastecimiento tipo 1.

1

Zona de abastecimiento tipo 2.

4

Zona de abastecimiento tipo 3.

6

Zona de abastecimiento tipo 4. 5 o 6.

6 por los 5.000 primeros + 1 por cada 5.000 hab. y fracción

Si el depósito interior supera los 1.000 m3 de capacidad, se controlarán y se seguirá la frecuencia que señala la tabla 9.

6. Control en grifo para los edificios prioritarios.

El número de muestras estará en función del número de puntos de acceso al agua: cuartos húmedos (estancia en la que existen aparatos que consumen agua) y duchas.

En el caso de hospitales y centros sanitarios, los grifos asistenciales de unidades de cuidados aumentados serán todos muestreados, al menos en cuanto a los parámetros microbiológicos se refiere.

Tabla 13. Número mínimo4 de muestras al año.

N.º de puntos de acceso al agua

Análisis anuales por edificio

< 50

2

>50 a <100

4

>100 a <200

6

>200

6 por los primeros 200 + 1 por cada 100 o fracción

Si el depósito interior supera los 1.000 m3 de capacidad, se controlarán y se seguirá la frecuencia que señala la tabla 9.

Las muestras se tomarán de forma representativa a lo largo del año; si son 6, cada dos meses; si son 4, cada tres meses, etc.

7. Control en buques de pasaje.

La frecuencia de muestreo del control específico en buques de pasaje deberá ser al menos cuatrimestral.

Estos datos y las características de los buques se notificarán en SINAC.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-2023 en vigor desde 12-01-2023