Anexo 2 se da publicidad ...a Circular

Anexo 2 se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón de 29 de diciembre de 2025, por el que se aprueba el Plan 2025-2030 de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular

Ver Indice
»

ANEXO II. Documento resumen, seguimiento ambiental y resultado de la información pública y consultas del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular (GIRAPEC 2025-2030).

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Objeto.

El presente documento, de acuerdo con el artículo 19.b de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, tiene el objeto de describir de qué manera se han integrado en el Plan los aspectos ambientales, cómo se han tomado en consideración en el Plan, el Estudio Ambiental Estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas y la Declaración Ambiental Estratégica, así como, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso, y las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

2. Documento resumen.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece la obligación de las Comunidades Autónomas (en adelante CCAA) de aprobar planes de gestión de residuos, planes o programas de prevención, y define su contenido.

Así, el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022 (en adelante, PEMAR) fue aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de noviembre de 2015 y publicado mediante Resolución de la Dirección General (en adelante DG) de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural de 16 noviembre de 2015 en el "Boletín Oficial del Estado", número 297, de 12 de diciembre de 2015.

Por su parte, la Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de la obligación establecida en la normativa de residuos, aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Aragón el 24 de julio de 2018 el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (Plan GIRA 2018-2022), ajustado a la estrategia general establecida en el PEMAR, y con objeto de implementar la jerarquía europea de residuos, previniendo su generación, impulsando la Preparación para la Reutilización (en adelante PxR) y la recogida selectiva de alta calidad, y de reducir el destino de eliminación de los residuos para avanzar en el uso eficiente y sostenible de los recursos.

En aplicación de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, es necesario someter este instrumento al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, siendo en este caso el órgano sustantivo la Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de Aragón y el órgano ambiental competente el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Con fecha 29 de abril de 2021, se presentó en el INAGA el correspondiente borrador de Plan y documento ambiental estratégico, que fue objeto del trámite de consultas previas dando lugar a la Resolución de INAGA de 12 de noviembre de 2021, por la que se notifica el resultado de las consultas previas y se da traslado del Documento de Alcance.

Teniendo en cuenta el mencionado Documento de Alcance, la Dirección General de Calidad Ambiental elaboró la Propuesta Inicial de Plan GIRAPEC 2024-2030 y su Estudio Ambiental Estratégico (en adelante EsAE), donde se identifican, describen y evalúan los potenciales efectos en el medio ambiente de la aplicación del Plan y de sus diferentes alternativas. Ambos documentos han sido sometidos a un proceso de consultas, información y participación pública cuyos resultados se han tenido en cuenta en la redacción de la propuesta final de Plan Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030".

Finalmente, por Resolución de 26 de noviembre de 2025, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030 (GIRAPEC 2025-2030), promovido por la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, del Gobierno de Aragón. (Expediente INAGA 500201/71/2025/07406).

La evaluación ambiental estratégica es el proceso que permite integrar los aspectos ambientales y de sostenibilidad en la toma de decisiones sobre los contenidos propuestos en el Plan GIRAPEC 2024-2030, instrumento que revisa y actualiza el modelo de gestión de residuos actual, adecuándolo al nuevo contexto jurídico europeo y estatal.

El objetivo principal del Plan es mejorar la gestión de residuos en Aragón lo que conlleva implícitos efectos positivos sobre el medio ambiente. Por este motivo, a efectos de la evaluación ambiental estratégica se considera que la mayoría de las actuaciones propuestas no causan problemas ambientales relevantes y coadyuvan en mejorar las condiciones ambientales del entorno. Las únicas afecciones previstas sobre el territorio serían la implantación de nuevas infraestructuras, que en todo caso tendría efectos locales y poco significativos si se aprovechan las sinergias de los emplazamientos existentes.

La correcta ubicación de las instalaciones de gestión de residuos es fundamental para minimizar el impacto ambiental y social de sus actividades. El estudio establece los criterios esenciales que deben considerarse al seleccionar emplazamientos para nuevas instalaciones, con el fin de asegurar su compatibilidad con el entorno natural, el patrimonio cultural, las áreas pobladas y los recursos hídricos. Los criterios incluyen factores técnicos, ambientales y normativos, que garantizan un emplazamiento adecuado a las instalaciones de gestión de los residuos, en línea con las políticas de conservación, ordenación del territorio y cambio climático. En cualquier caso, la previsión de infraestructuras en el presente plan no exime de los correspondientes procedimientos de evaluación de impacto ambiental que sean preceptivos en cada caso, en los que se analizará cada proyecto en concreto y serán los que determinen la compatibilidad y las condiciones a aplicar.

El Plan y el Estudio Ambiental Estratégico se ha realizado con la amplitud y grado de especificación establecido en el documento de alcance indicando el contenido, objetivos principales del plan y su relación con otros planes, dispone de una evaluación de la situación actual del medio ambiente y de la gestión de los residuos en Aragón, se han estudiado alternativas en lo que concierne a la localización de infraestructuras como las TMB, se han evaluado los efectos significativos del Plan y se ha propuesto un plan de evaluación y seguimiento del mismo.

Se significa que en la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico y el Plan se han tenido en cuenta los criterios y principios de sostenibilidad establecidos en el documento de alcance para establecer los objetivos ambientales que han guiado la planificación y los indicadores para seguir la evolución de los citados objetivos. Para conseguir una mayor eficacia y transparencia en el seguimiento de indicadores se ha propuesto una nueva medida en el Plan que consiste en la creación de un observatorio a partir de los trabajos para la digitalización en materia de residuos dirigidos por el Gobierno de Aragón que serán financiados con fondos MRR.

El Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030 (Plan GIRAPEC) contribuye directamente a la protección del medio ambiente con sus principios rectores y objetivos que se resumen a continuación:

Principios rectores del Plan GIRAPEC:

- Protección de la salud humana y el medio ambiente.

La gestión de los residuos se realizará sin poner en peligro la salud humana y sin dañar al medio ambiente.

- Lucha contra el cambio climático.

El plan será coherente con las estrategias de lucha contra el cambio climático. Permitirá reducir directamente las emisiones de gases de efecto invernadero mejorando en la jerarquía de la gestión de residuos y un mayor aprovechamiento de las materias primas permitiendo indirectamente también una mejora en los parámetros que afectan al clima.

- Jerarquía de residuos.

De acuerdo con la Directiva Marco de Residuos el orden de prioridad: Prevención/Reutilización/Reciclaje/Valorización/Eliminación (último recurso).

- Cautela y acción preventiva.

Evitar acciones con riesgos potenciales sin consenso científico.

- Autosuficiencia y de proximidad.

Impulsar que las autoridades estatales y autonómicas de manera conjunta tomen las medidas adecuadas para establecer una red integrada de instalaciones de eliminación de residuos y de instalaciones de valorización. En todo caso preservando la capacidad de las instalaciones de la comunidad autónoma de Aragón para poder gestionar los residuos generados en la misma.

- Principio de "quien contamina, paga".

El productor asume los costes de gestión sin que ello implique el derecho a contaminar.

- Responsabilidad ampliada del productor.

Los productores de productos que con su uso se convierten en residuos deben asumir los costes de su gestión; pero además deben incentivar medidas para prevenir la producción de los mismo.

- Eficiencia ambiental, energética y económica.

En la gestión de residuos deben adoptarse criterios de ahorro y eficiencia en el uso de los recursos y la energía, intentando aprovechar al máximo las materias y la energía contenida en los mismos (obtención de biogás, recuperación de materias primas, producción de combustible derivado de residuos -en adelante CDR- o compost, etc).

- Responsabilidad compartida.

Todos los agentes (administraciones, empresas, ciudadanos) colaboran en la senda del cumplimiento de objetivos.

- Principio de subsidiariedad.

Este principio dispone que un asunto debe ser resuelto por la autoridad (normativa, política o económica) más próxima al objeto del problema.

- Transparencia y participación.

Todos los agentes implicados deben tener un adecuado acceso a la información sobre medio ambiente, así como la oportunidad de participar en los procesos de toma de decisiones.

- Principio de reciprocidad, aplicado a la eliminación de residuos.

La admisión de residuos en Aragón para eliminación procedentes de otras CCAA, tendrá en cuenta un equilibrio entre los flujos de entrada y salida de residuos, la naturaleza de los mismos y la medida en la cual esos flujos puedan contribuir o impedir la consecución de los objetivos de la planificación autonómica. Este principio estará en cualquier caso subordinado al principio de proximidad.

Objetivos estratégicos definidos en el Plan GIRAPEC 2024-2030:

1. Prevenir la generación de residuos.

2. Promover la economía circular de los recursos.

3. Avanzar en la PxR.

4. Promover una recogida separada de alta calidad en origen.

5. Reducir la cantidad de residuos destinados a su eliminación en vertedero.

6. Garantizar, en el territorio aragonés, una red de gestión de residuos necesaria, suficiente y adaptada a las necesidades.

7. Asegurar la transparencia y sostenibilidad económica en la gestión de residuos.

8. Integrar la participación de todos los sectores de la sociedad en las políticas y acciones en materia de residuos (Gobernanza).

9. Contribuir a la lucha contra el cambio climático.

Estos objetivos se complementan mediante 61 objetivos operativos por flujo de residuos y operación de gestión, y para los que se establecen más de 135 medidas necesarias para su consecución en los apartados 6 sobre prevención, 7 sobre gestión, 10 de acompañamiento económico del plan y 11 de basura dispersa.

En el presente Plan GIRAPEC se incluye, además, un análisis actualizado de la situación de la gestión de residuos en Aragón, una exposición de las medidas que deben tomarse para mejorar la prevención, la PxR, el reciclado, la valorización y la eliminación de los residuos de forma respetuosa con el medio ambiente, y se evalúa en qué medida el Plan contribuye a la consecución de los objetivos establecidos por la Directiva Marco de Residuos.

Por último, indicar que el Plan ha tenido en cuenta el resultado de las consultas y las alegaciones formuladas en el trámite de información pública, así como las aportaciones recibidas durante el proceso de participación ciudadana y las condiciones establecidas en la Declaración Ambiental tal y como se detalla a lo largo del presente documento.

3. Declaración Ambiental Estratégica.

La Declaración Ambiental Estratégica del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030 (GIRAPEC 2025-2030) considera ambientalmente compatible la aplicación del Plan GIRAPEC 2025-2030 y establece una serie de consideraciones, que se valoran para incorporar en el plan, a los efectos de mejorar su nivel de integración ambiental:

1. Se elaborará una versión definitiva del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030 (GIRAPEC 2025-2030), incluyendo las determinaciones de la presente Declaración Ambiental Estratégica y en el que se integrarán todas las modificaciones adoptadas como consecuencia del proceso de información y participación pública, y de la Declaración Ambiental Estratégica, siendo publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", atendiendo a los dispuesto en el artículo 19 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Valoración: Se incorpora en el Plan un nuevo anexo X para incluir las determinaciones de la declaración ambiental estratégica.

2. La información sintetizada del seguimiento de los indicadores propuestos por el estudio ambiental estratégico se pondrá a disposición pública, a través de medios de acceso fácil y directo por parte de la ciudadanía, renovando los datos con la periodicidad que resulte conveniente para cada indicador.

Valoración: Como se ha indicado anteriormente, para conseguir una mayor eficacia y transparencia en el seguimiento de indicadores, se ha propuesto una nueva medida en el plan que consiste en la creación de un observatorio de indicadores y datos relevantes de residuos que se va a financiar con fondos MRR para la digitalización en materia de residuos dirigidos por el Gobierno de Aragón.

3. En el caso de que el desarrollo de las actuaciones y medidas previstas por el plan afecte de manera directa o indirecta sobre Espacios Naturales Protegidos y Zonas ambientalmente sensibles, se deberá dar cumplimiento a todas las obligaciones y restricciones derivadas de la normativa ambiental, Planes rectores de uso y gestión, Planes de ordenación de recursos naturales, Planes de gestión y conservación, Planes de acción de especies catalogadas (especialmente en áreas críticas), etc. Al objeto de alinearse con los objetivos de conservación definidos en dichos planes en la fase de programación de las actuaciones, debiendo asegurar la protección y mantenimiento de los espacios de la Red Natura 2000, de la Red Natural de Aragón, de los procesos ecológicos y la preservación de la diversidad biológica, de poblaciones y especies de flora y fauna, así como de la diversidad geológica y del paisaje.

En este sentido, se asegurará particularmente la compatibilidad del Plan con los Planes de Gestión y Conservación de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón, aprobados mediante el Decreto 13/2021, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran las Zonas de Especial Conservación en Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 24, de 5 de febrero de 2021. También con los Espacios Naturales Protegidos de Aragón y Planes de Ordenación de los Recursos Naturales elaborados en base a Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, con los Planes de gestión de especies amenazadas establecidos en base a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, con las especies de fauna y flora amenazadas incluidas en el Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

4. Se deberán identificar los planes, programas, proyectos o actuaciones concretas, derivadas de la puesta en aplicación del Plan, que estén afectados por el procedimiento de evaluación ambiental estratégica o de evaluación de impacto ambiental de proyectos, o evaluación ambiental en Zonas ambientalmente sensible, y que deban ser objeto de tramitación ambiental, según la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, u otras normativas sectoriales de aplicación ante los organismos competentes. De la misma manera, se deberán identificar aquellas actuaciones que puedan afectar directa o indirectamente a Zonas ambientalmente sensibles, de manera especial a los que se desarrollen en espacios de la Red Natura 2000, al objeto de atender adecuadamente a la tramitación que sea de aplicación, en el contexto de su autorización sustantiva y posterior ejecución. Asimismo, cualquier modificación o revisión del GIRAPEC 2025-2030 evaluado deberá ser sometido nuevamente al procedimiento ambiental que le sea de aplicación.

5. Los criterios de selección para el diseño y ubicación de las actuaciones previstas en la planificación deberán tener en cuenta principalmente aspectos ambientales y/o principios de sostenibilidad, identificando su contribución al mantenimiento de un estado de conservación favorable de los ecosistemas naturales y, concretamente, de los hábitats y especies que son objeto de conservación, a la hora de desarrollar medidas que puedan favorecer su mantenimiento o mejora, y el control de las actuaciones que puedan generar afecciones directas o indirectas a tales espacios. Así, se priorizarán actuaciones que integren la protección de la biodiversidad, preservación y mejora del paisaje y de la calidad del aire, del suelo y del agua, así como el consumo racional de recursos en el contexto de cambio climático.

Valoración del condicionado 3, 4 y 5: Se establecen los criterios esenciales que deben considerarse al seleccionar emplazamientos para nuevas instalaciones, con el fin de asegurar su compatibilidad con el entorno natural, el patrimonio cultural, las áreas pobladas y los recursos hídricos. Los criterios incluyen factores técnicos, ambientales y normativos, que garantizan un emplazamiento adecuado a las instalaciones de gestión de los residuos, en línea con las políticas de conservación y cambio climático: proximidad a aguas, zonas inundables, riesgos, patrimonio cultural y zonas protegidas, así como posibles sinergias entre infraestructuras para concretar la mejor zonificación que puede condicionar la ubicación final prevista. Se establecen consideraciones para planificar las plantas de compostaje, emplazándolas cuando sea posible, de forma conjunta con los vertederos de residuos domésticos para evitar grandes desplazamientos y facilitar la restauración de las áreas degradadas y los puntos limpios, ubicándolos, preferentemente, en suelo urbano consolidado.

6. Se deberá realizar un esfuerzo para minimizar las presiones significativas relacionadas con la generación y gestión de residuos para lo cual se aprovecharán los efectos positivos detectados aprovechando las posibles sinergias entre las diferentes prioridades de inversión, con especial atención a las medidas de eficiencia energética, uso de energía renovables, reducción de emisiones a la atmósfera y mejora del medio hídrico.

Valoración: El plan ha tenido en cuenta las posibles sinergias entre las diferentes prioridades de inversión, con especial atención a las medidas de eficiencia energética, uso de energía renovables, reducción de emisiones a la atmósfera y mejora del medio hídrico, así como de la ordenación territorial de Aragón.

7. Se impulsarán las acciones de voluntariado en todos aquellos aspectos relacionados con el Plan GIRAPEC 2025-2030, haciendo participes a todos los actores que puedan colaborar en su impulso como la Dirección General de Inclusión Social y Voluntariado del Departamento de Bienestar Social Familia del Gobierno de Aragón, administración local, Comarcas, asociaciones y entidades, sindicatos, asociaciones empresariales, gestores de Espacios Naturales Protegidos, universidades, o cualquier otro. Se realizarán acciones de voluntariado sobre la recogida de basura en el medio natural, priorizando las zonas de mayores valores y catalogación ambiental, en sensibilización y educación ambiental a la ciudadanía en temas como reciclaje, minimización y tratamiento de residuos, buenas prácticas, economía circular, etc.

Valoración: Se incorpora el impulso a acciones de voluntariado sobre la recogida de basura en el medio natural además de las ya indicadas sobre basura dispersa, sensibilización y educación ambiental a la ciudadanía en temas como reciclaje, minimización y tratamiento de residuos, buenas prácticas, economía circular, etc.

4. Alternativas seleccionadas.

La normativa obliga a que los residuos domésticos se traten antes de llevarlos a un vertedero autorizado. Además, existe un impuesto que penaliza llevar residuos directamente a vertedero, para fomentar que se valoricen (es decir, que se recuperen materiales o energía).

Actualmente, Aragón solo tiene una gran planta de tratamiento (CTRUZ, en Zaragoza), que recibe residuos de varias áreas. Huesca y Teruel llevan sus residuos a los vertederos autorizados de cada zona.

Para cumplir la nueva normativa, se plantean tres posibles alternativas de futuro, además de una alternativa cero (no hacer cambios). El objetivo es reducir lo que se entierra en vertedero, mejorar la eficiencia y adaptar la planificación a las nuevas leyes europeas y estatales.

- Alternativa 0: No hacer cambios.

• Se seguiría aplicando el Plan anterior (Plan GIRA 2018-2022).

• No se cumplirían los nuevos objetivos legales de prevención, reciclaje y reducción de vertido.

• El plan actual necesita una revisión profunda porque ha quedado desactualizado.

• No se adaptaría a la nueva normativa europea ni al futuro Plan Estatal (PEMAR 2023-2035).

• Conclusión: Esta alternativa no permite cumplir la ley.

- Alternativa 1: Propone tres plantas de valorización, una en cada provincia, y varias estaciones de transferencia en sustitución de vertederos que han llegado al fin de su vida útil en vigencia del Plan.

• Zaragoza:

# 1 planta TMB existente (la actual junto al vertedero CTRUZ).

# Capacidad: 342.000 t/año.

# Se mantienen las estaciones de transferencia actuales.

• Huesca:

# 1 planta TMB junto al vertedero de Huesca.

# Capacidad: 72.000 t/año.

# 2 estaciones de transferencia: Fraga y Barbastro.

# Cierre de los vertederos de Fraga y Barbastro.

• Teruel:

# 1 planta TMB junto al vertedero de Teruel.

# Capacidad: 41.500 t/año.

# 1 estación de transferencia en Alcañiz.

# Cierre del vertedero de Alcañiz.

- Alternativa 2: Propone cuatro plantas de valorización: una en Zaragoza, una en Huesca y dos en Teruel.

• Zaragoza:

# Igual que en la alternativa 1.

• Huesca:

# 1 planta TMB (ubicación por definir: centro de generación o junto al vertedero).

# 2 estaciones de transferencia: Fraga y Barbastro.

# Cierre de los vertederos de Fraga y Barbastro.

• Teruel:

# 2 plantas TMB:

# Una junto al vertedero de Alcañiz (21.000 t/año).

# Otra junto al vertedero de Teruel (31.000 t/año).

# Se mantienen los vertederos de Teruel y Alcañiz.

- Alternativa 3: Propone tres plantas de valorización (una por provincia), pero con un único vertedero provincial en Teruel.

• Zaragoza:

# Igual que en las alternativas anteriores.

• Huesca:

# 1 planta TMB en el centro de generación de residuos.

# 2 estaciones de transferencia: Fraga y Barbastro.

# Vertedero: Huesca.

• Teruel:

# 1 planta TMB en el centro de generación de residuos.

# 1 vertedero nuevo junto a la planta (25 años de vida útil).

# Cierre de los vertederos de Teruel y Alcañiz.

Análisis de alternativas:

Los elementos ambientales seleccionados para caracterizar el entorno se clasifican de la siguiente forma:

- Medio abiótico (atmósfera, agua, suelo, consumo de recursos).

- Medio biótico (afección a biodiversidad, Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000, hábitats de interés, zonas forestales, especies protegidas).

- Patrimonio cultural (posibles afecciones).

- Medio socioeconómico (población, empleo, alteraciones en el planeamiento urbanístico…).

Para la evaluación de las alternativas, se ha valorado en una escala del -2 al 2, en función del impacto sobre los factores considerados (siendo -2 el mayor impacto negativo, el 0 impacto nulo y 2 el mayor impacto positivo). Por último, se suman los valores de cada alternativa para conocer cuál tiene mayor impacto positivo.

Teniendo en cuenta que el Plan GIRAPEC 2025-2030 es un Plan diseñado específicamente para la mejora ambiental, que incluye objetivos y principios de carácter ambiental y mantiene como meta la mejora de la gestión de los residuos en la Comunidad de Aragón, la evolución previsible de los aspectos ambientales deberá ser necesariamente más positiva que la que se daría de no llevarse a cabo el Plan.

Ver: Tabla 4.1. Análisis comparativo de las alternativas analizadas en el Plan GIRAPEC 2025-2030 de los anexos.

En virtud de la Directiva Marco de Residuos modificada y las obligaciones de la Ley de residuos, los planes de gestión deben estar adaptados a los nuevos

requerimientos de la Directiva modificada. Por ello, el actual Plan GIRA 2018-2022 debe ser revisado para adecuarse a las nuevas disposiciones incluidas por la revisión de la Directiva Marco de Residuos. En consecuencia, la Alternativa 0 quedaría descartada.

En las tres alternativas ejecutivas las nuevas instalaciones de valorización evitan la entrada directa de residuos domésticos a vertedero, lo que conlleva una reducción de los gases de efecto invernadero asociados a vertedero, especialmente dióxido de carbono y metano.

La Alternativa 1 contempla el cierre de los vertederos de Fraga, Alcañiz y Barbastro, que alcanzarán el fin de su vida útil durante la fase de vigencia del Plan, sustituyendo los mismas por instalaciones de transferencia, lo que podría ayudar a mantener los puestos de trabajo más allá de la vida útil de los vertederos. Mientras que en la Alternativa 2 solamente se contemplan las clausuras de los vertederos de Barbastro y Fraga, y en la Alternativa 3 además los vertederos de la provincia de Teruel, pero con la construcción de uno nuevo junto a la TMB prevista. El vertedero de Teruel cuenta con capacidad suficiente más allá del periodo de vigencia del GIRAPEC, su clausura podría eliminar puestos de trabajo, y podría además suponer cargas financieras añadidas al tener vasos operativos y contratos de explotación en vigor lo que unido a las dificultades para la ubicación de un nuevo vertedero en la provincia hacen que no parezca la alternativa óptima.

Pese a que en la Alternativa 1 se realicen en algunos casos trayectos más largos, quedará compensado por la sustitución de vertederos por estaciones de transferencia, se mejorará la eficiencia en el transporte de residuos, se mantienen y se ubican las instalaciones en los vertederos existentes con capacidad y vida útil más allá del Plan.

En cuanto a la construcción de nuevas Plantas de valorización, la Alternativa 1 sería la que menos carga financiera supondría.

La sustitución de vertederos por estaciones de transferencia no supondrá la afección de nuevos espacios o nuevas afecciones a la flora o la fauna, pues se ubicarán sobre emplazamientos con infraestructuras ya construidas.

Además, los vertederos son instalaciones que suelen generar un importante rechazo social entre la población cercana, por lo que su clausura, reorientación o menor uso de varios de ellos, redundará en una mayor aceptación social. En este sentido, la Alternativa 1 sería la que obtiene una puntuación más favorable.

Por todo lo expuesto, se considera que la Alternativa 1 es la opción más adecuada en cuanto a la ubicación de nuevas instalaciones de valorización y transferencia.

5. Participación ciudadana.

En paralelo a la información pública reglada, se diseñó e implementó un proceso participativo en colaboración con la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia (Laboratorio de Aragón Gobierno Abierto - LAAAB) del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón, que dio comienzo el 5 de noviembre de 2024 con una sesión informativa, y en el marco del cual:

- Tuvieron lugar un total de cuatro talleres participativos dinamizados durante el mes de noviembre de 2024: dos talleres en Zaragoza, uno en Teruel y otro en Huesca.

- Se dispuso en la web de LAAB la herramienta "editor ciudadano" para que todo el público interesado pudiera hacer a través de él sus aportaciones si optaba por dicho canal de participación.

- Se convocó a un total de 148 agentes que representan a todos los sectores de la sociedad.

Como resultado de este proceso participativo se recibieron un total de 206 aportaciones de 53 participantes (los cuales se relacionan en el anexo), de las cuales se aceptaron 103, se rechazaron 63 y se aceptaron parcialmente 40. Los resultados de este proceso se evaluaron en una sesión especial llamada sesión de retorno el 31 de enero de 2025 y se publicaron en la web del LAAB.

Esta labor de difusión del documento a través de talleres participativos en los primeros días de la información pública oficial ha favorecido la presentación de propuestas en el trámite reglado. De modo que el número de alegaciones y aportaciones recibidas en total es de 670, provenientes de 86 entidades diferentes.

Toda la información sobre el proceso de participación ciudadana, desde la fase de debate hasta la fase de retorno, puede consultarse en la página web de Aragón Participa.

6. Consultas personalizadas.

Siguiendo las indicaciones del mencionado documento de alcance y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 11/2014, de 5 de noviembre de 2024, se sometieron los documentos antes referidos (Propuesta Inicial de Plan GIRAPEC 2025-2030 y EsAE) a consultas personalizadas a todas las entidades públicas y privadas relacionadas en dicho documento del INAGA, con el fin de que pudieran presentar las alegaciones o sugerencias que consideraran oportunas en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles (hasta el 16 de enero de 2025 incluido).

La documentación correspondiente estuvo ese periodo disponible para su consulta en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón.

La relación de entidades consultadas se encuentra listadas en el anexo III y las alegaciones recibidas con su valoración en la tabla del anexo de alegaciones.

7. Información pública.

Como continuación al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria, el 5 de noviembre de 2024, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón" el anuncio de la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Turismo por el que se somete a información pública la propuesta inicial del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2024-2030 y su Estudio Ambiental Estratégico.

El plazo del trámite de información pública finalizó el 16 de enero de 2025. No obstante, se recibieron y estudiaron alegaciones pasada esa fecha.

Durante todo el proceso de consultas, información y participación pública, la documentación correspondiente estuvo disponible para su consulta en la página web del Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón y también pudo examinarse en las dependencias administrativas de los Servicios Provinciales del Departamento de Medio Ambiente de Zaragoza, Huesca y Teruel.

Como resultado del trámite de información pública y del sometimiento simultáneo de la propuesta inicial de Plan y del Estudio Ambiental Estratégico a las consultas que se indican en el Documento de Alcance, se presentaron un total de 38 escritos de alegaciones dirigidos a esta Dirección General del Gobierno de Aragón, entre los que se encuentra el Dictamen del Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón. En total se han identificado 497 alegaciones o propuestas de 38 entidades diferentes, que tras su estudio, análisis y valoración se han incorporado a la propuesta final de Plan que se remite al órgano ambiental junto con el presente documento.

De estas 498 alegaciones o propuestas, se aceptaron 213, se rechazaron 153 y se aceptaron parcialmente 132.

En el anexo IV se relacionan las personas y entidades que remitieron alegaciones durante el referido periodo y en el anexo V se resumen en una tabla y se responden motivadamente las alegaciones, ordenadas por programas.

8. Resumen de alegaciones y aportaciones recibidas.

Las respuestas a las consultas, las alegaciones recibidas y los resultados del proceso participativo han sido estudiados y analizados en la Dirección General. En general constituyen aportaciones con el propósito de mejorar el documento, de tal manera que muchas de las observaciones y alegaciones han sido admitidas, total o parcialmente, al ser conformes con los principios y el espíritu del Plan GIRAPEC 2025-2030 y otorgarle mayor precisión, concreción y claridad o bien porque han permitido subsanar errores.

En el anexo V, en forma de tabla, se resume el contenido de la totalidad de las alegaciones recibidas y de las respuestas a las consultas junto con su consideración en cada caso, y en el anexo II se incluyen las propuestas de mejora y observaciones debatidas en el proceso participativo.

El texto de la "Propuesta Final de Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2024-2030" remitido al INAGA, incluye aquellas mejoras propuestas a través de las aportaciones producidas durante el periodo de información y participación pública y en respuesta a las consultas personalizadas, que se han considerado conforme al detalle que se expone en los referidos anexos y en este documento resumen que también se remite a INAGA.

Se muestra a continuación mediante tablas el resumen por programas del número de alegaciones recibidas en el trámite de información pública y de consultas, así como de las aportaciones recibidas en el proceso de participación ciudadana.

Ver: Tabla 6.1. Aportaciones recibidas durante el proceso de participación ciudadana de los anexos.

El balance total de las aportaciones recibidas durante el proceso de participación ciudadana, se han recibido un total de 206 aportaciones de 53 entidades de las cuales se han aceptado el 48,6% de ellas, se han aceptado parcialmente el 20,8% y un total de 30,6% han sido rechazadas.

Ver: Tabla 6.2. Alegaciones recibidas en el trámite de información pública y consultas personalizadas.

El balance total de las alegaciones recibidas durante el proceso de información pública, se han recibito un total de 498 alegaciones de 38 entidades de las cuales se han aceptado el 42,8% de ellas, se han aceptado parcialmente el 26,5% y un total de 30,7% han sido rechazadas.

Además, tras las consultas personalizadas realizadas en el ámbito de la participación pública, desde los Departamentos de Presidencia, Economía y Justicia, Departamento de Sanidad, Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades y Departamento de Educación, Cultura y Deporte, presentaron escritos indicando que, consultadas las Direcciones Generales de los respectivos Departamentos, no se habían formulado observaciones por parte de ninguno de ellos.

La propuesta final de Plan ha sido modificada teniendo en cuenta el resultado de las consultas y las alegaciones formuladas en el trámite de información pública, así como las aportaciones recibidas durante el proceso de participación ciudadana tal y como se detalla a lo largo del presente informe.

9. Medidas para el seguimiento ambiental

Las medidas para el seguimiento ambiental del Plan son las siguientes:

Además de las revisiones periódicas del Plan GIRAPEC 2024-2030 en los distintos periodos programados, se define un sistema de seguimiento y vigilancia ambiental que contribuya a velar por el correcto desarrollo de la planificación y el logro de sus resultados. En este sentido, y para cada uno de los programas y medidas contenidos en el nuevo Plan se definen indicadores que hagan posible evaluar el grado de avance, detectar las dificultades y corregir las desviaciones y por tanto que permitan alcanzar los objetivos establecidos.

El seguimiento del Plan se plantea a tres escalas de trabajo:

- Un primer nivel basado en un sistema de indicadores de seguimiento de los objetivos y de las medidas específicas propuestas por flujo de residuos. Para la evaluación de las medidas se diseñará una herramienta específica que permitirá reflejar el grado de avance en la realización de cada una de las medidas.

- Un segundo nivel, de gestión, basado en la elaboración de informes periódicos o específicos que analicen los resultados de las actuaciones desarrolladas y el grado de avance de las mismas respecto a la planificación.

- Un tercer nivel de organización a través de la Comisión de Seguimiento del Plan GIRAPEC.

Indicadores de seguimiento.

El Plan vigente incluye una batería de indicadores basados en datos proporcionados por la fuente que se referencia sobre gestión de residuos en Aragón, así como otros indicadores compuestos. Los indicadores seleccionados responden a las siguientes características:

- medibles y utilizables en las series temporales (…).

- entendibles y fácilmente interpretables (…).

- controlables (…).

- sensibles.

- están relacionados con los objetivos del Plan de manera que puedan funcionar como herramientas de gestión.

- reflejan la evolución en el tiempo, de forma que puedan analizarse para prevenir o corregir tendencias negativas.

- están fácilmente disponibles y no requieren de múltiples fuentes de información para su obtención.

- son compatibles y coherentes con otros contextos de planificación relacionados con el ámbito de la gestión de residuos.

Los indicadores del Plan GIRAPEC 2024-2030 se organizan en:

- indicadores asociados a objetivos específicos.

- indicadores adicionales relacionados con co-beneficios ambientales y sociales (GEI, empleo…).

La periodicidad propuesta para el cálculo de los indicadores dependerá de la tipología del indicador:

Los indicadores asociados a objetivos específicos se calcularán cada año publicándose en el Informe anual sobre el estado del Medio Ambiente en Aragón.

Asimismo, esta publicación podrá incluir otros indicadores que, si bien no están asociados por el presente Plan a objetivos específicos, sí muestran una evolución del sector de gestión de residuos y corresponden a series históricas.

Los indicadores adicionales aportarán información del impacto del Plan GIRAPEC 2025-2030 sobre emisiones de gases de efecto invernadero, contribución a la desmaterialización de la economía y a la generación de empleo. Se calcularán para cada año, publicándose en el Informe anual sobre el estado del Medio Ambiente en Aragón.

En referencia a los indicadores asociados a los objetivos propuestos para aquellos flujos de residuos específicos que cuentan con Sistemas de Responsabilidad Ampliada, se velará, a través de las facultades administrativas de seguimiento y control, porque dichos objetivos se cumplan para cada flujo y cada obligado responda de su parte de responsabilidad sobre el total. Asimismo, se realizará control y seguimiento de la obligación de adhesión del 100% de los productores del producto al sistema.

Las fuentes de información clave para el cálculo de los indicadores serán las Memorias Anuales de gestión de residuos, la información facilitada por las entidades locales aragonesas, las caracterizaciones periódicas realizadas, así como la información disponible en el Registro de Productores del Producto y los informes anuales presentados por los SCRAP.

Creación del Observatorio Aragonés de Residuos.

Se desarrollará un Observatorio de Residuos que recopile información sobre indicadores de la producción, gestión y destino de los residuos en la región. Este observatorio servirá como herramienta para la toma de decisiones basada en evidencia, que mejorará la transparencia y la toma de decisiones en las políticas de gestión ambiental.

Toda la información vinculada a indicadores se reportará mediante el Observatorio Aragonés de Residuos, incluido en la MED.C.10. y que se va a financiar con fondos para digitalización en materia de residuos del Plan de Recuperación para la Recuperación Transformación y Resiliencia.

Comisión de Seguimiento del Plan GIRAPEC.

La Comisión de Seguimiento del Plan GIRA se creó mediante Decreto 58/2005, de 29 de marzo, del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 45, de 13 de abril de 2005), constituyéndose como órgano colegiado consultivo y de participación en materia de gestión de residuos, adscrito orgánicamente al Departamento competente en materia de medio ambiente, a través de la Dirección General competente en materia de planificación de la gestión de residuos.

El artículo 3.3 del citado Decreto establece que el régimen interno de funcionamiento de la Comisión se regulará por el reglamento que fue elaborado por la Comisión y aprobado por el Pleno. Dicho reglamento establece la periodicidad con la que se reunirá este órgano, que actualmente es un mínimo de dos veces al año.

La función principal por la que se creó la Comisión de Seguimiento del Plan GIRA es evaluar periódicamente el Plan a la vista del desarrollo y grado de implantación del mismo, de las dificultades que surjan en su ejecución y de los avances normativos y tecnológicos que se produzcan.

El Plan GIRAPEC 2025-2030 prevé dar continuidad a esta Comisión de Seguimiento, en la que están representados diversos agentes sociales (organizaciones sindicales y empresariales, asociaciones, gestores de residuos, colegios profesionales…) y administraciones públicas, con el fin de asegurar la participación ciudadana, social y territorial.

En el seno de la Comisión se presentarán tanto el conjunto de indicadores (que son además accesibles para toda la ciudadanía) como los informes de seguimiento periódicos sobre la ejecución de las medidas del Plan.

Asimismo, la Comisión de Seguimiento tendrá un papel relevante en el proceso de revisión del Plan, de modo que, a través de una evaluación intermedia se concluirá el grado de ejecución de las medidas propuestas en el Plan, así como la necesidad justificada de dar continuidad al Plan, a sus objetivos y medidas o la necesidad de acometer nuevas medidas si se detectan desviaciones.

Informes anuales de seguimiento y evaluación de los efectos ambientales del Plan.

La periodicidad de los informes será anual y permitirán evaluar las repercusiones del Plan GIRAPEC 2025-2030 sobre los objetivos ambientales definidos en el Estudio Ambiental Estratégico. Dichos informes se enviarían al órgano ambiental, el INAGA, por parte del órgano promotor, la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental. Tal y como se ha señalado, el Plan es, como sus antecesores, un Plan de carácter fundamentalmente ambiental, y la consecución de sus objetivos permitirá una mejora ambiental notable a nivel autonómico y global.

La puesta en marcha del Plan se espera que tenga una incidencia favorable en la mayor parte de los efectos ambientales. A nivel específico sí podrán valorarse los impactos ambientales -positivos y negativos- derivados de las nuevas instalaciones de gestión de residuos o de la adaptación de instalaciones existentes que pudieran surgir al amparo del Plan y que, de acuerdo con la normativa de evaluación ambiental vigente, se encuentren sometidos a evaluación ambiental estratégica (planes) o evaluación de impacto ambiental (proyectos).

Será en el marco de dichos procedimientos ambientales donde se lleve a cabo la valoración de los efectos de la ubicación y la capacidad de las futuras instalaciones de gestión de residuos sobre las variables ambientales posiblemente afectadas. Se desarrollan a continuación los indicadores que deberán servir para llevar a cabo dicha valoración:

- Ocupación y contaminación del suelo.

• % de suelo artificializado.

• % superficie de suelos recuperada.

• % de superficie de suelos recuperados, de los suelos contaminados de titularidad pública.

- Hábitats.

• % de superficie ocupada por hábitats naturales, seminaturales y naturalizados en Aragón.

• Superficie de hábitats naturales que han mejorado su calidad o estado de conservación.

- Calidad de las aguas.

• Vertidos a aguas continentales y litorales.

• Índice de calidad de las aguas.

- Calidad del aire.

• Índice de partículas PM10.

• Índice de partículas PM 2.5.

• Concentración NOx y Ozono.

• Población expuesta a niveles de ruido superiores a los recomendados por la OMS.

ANEXOS.

El presente documento resumen con sus anexos se encuentra completo para descargarse en la siguiente dirección electrónica:

https://www.aragon.es/residuos/planificacion-y-normativa/plan-de-gestion-integral-de-residuos.