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ANEXO II. DF. 22/2024, de 6 de marzo, Navarra, Áreas de pernocta del turismo itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares

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ANEXO II.-MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O BAJA EN EL REGISTRO DE TURISMO DE NAVARRA DE LAS ÁREAS DE PERNOCTA DEL TURISMO ITINERANTE DE AUTOCARAVANAS, CARAVANAS EN TRÁNSITO Y SIMILARES

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MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O BAJA EN EL REGISTRO DE TURISMO DE NAVARRA DE LAS ÁREAS DE PERNOCTA DEL TURISMO ITINERANTE DE AUTOCARAVANAS, CARAVANAS EN TRÁNSITO Y SIMILARES

1.-OBJETO DE LA SOLICITUD

o Apertura

o Reinicio de actividad tras cese temporal

o Reclasificación (indicar categoría anterior)

o Cambio de titularidad

o Baja

o Otros

 

2.-DATOS DEL ÁREA (los marcados con * serán de carácter público)

Nombre del área*

 

Parcela catastral (Municipio, Polígono, Parcela)

 

Dirección postal (calle, número)*

 

Código postal*

 

Localidad*

 

Teléfono de contacto

 

Correo electrónico de contacto

 

Web

 

Nombre y apellidos de la persona responsable

 

DNI/NIE

 

Sexo de la persona responsable

o Femenino o Masculino o Otro

N.º de parcelas de estacionamiento a inscribir en el Registro de Turismo*

 

3.-DATOS DE LA PERSONA TITULAR (persona jurídica o persona física que gestiona el área)

Razón social/Nombre y apellidos

 

DNI/NIE/CIF

 

Sexo de la persona titular

o Femenino o Masculino o Otro

Dirección

 

Código postal

 

Localidad

 

Teléfono

 

Correo electrónico

 

 

4.-DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE (completar sólo en el caso que la solicitud se haga en representación de la persona titular. Se deberá acreditar dicha condición)

Nombre y apellidos

 

DNI/NIE

 

Sexo de la persona representante

o Femenino o Masculino o Otro

Dirección

 

Código postal

 

Localidad

 

Teléfono

 

Correo electrónico

 

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5.-INFORMACIÓN PREVIA EN LA ADMINISTRACIÓN (marcar solo en caso de que proceda)

o Consulta previa de adecuación a la normativa turística.

 

6.-REQUISITOS TÉCNICOS GENERALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO E IMPRESCINDIBLES PARA PRESENTAR ESTA DECLARACIÓN RESPONSABLE CONFORME AL CAPÍTULO I DEL TÍTULO II.

o Cierre perimetral (art. 5).

o Parcelas (art. 6).

o Viales (art. 7).

o Iluminación (art. 8).

o Señalización (art. 9).

o Control de acceso y sistema de vigilancia (art. 10).

o Distintivo (art. 11).

o Servicios e instalaciones (art. 12):

o Toma de agua apta para el consumo.

o Punto limpio de vaciado de aguas negras y grises.

o Recogida selectiva de residuos.

o Panel informativo.

o Equipo de primeros auxilios.

 

7.-REQUISITOS TÉCNICOS POR CATEGORÍA

Indicar la categoría solicitada para el área de pernocta, eligiendo solamente una de estas cuatro posibles: Básica, Plus, Complementaria básica y Complementaria plus. Debe cumplir con todos los requisitos técnicos exigidos para la categoría elegida.

o Área de pernocta BÁSICA

o Área de pernocta PLUS

o Área de pernocta COMPLEMENTARIA BÁSICA

o Área de pernocta COMPLEMENTARIA PLUS

 

7.1. BÁSICA

Deberá cumplir todos los requisitos generales indicados en el apartado número 6.

En caso de contar con una capacidad superior a 10 plazas deberá disponer de (art. 13):

o Duchas y servicios higiénicos.

o Fregadero.

 

7.2 PLUS

Deberá cumplir todos los requisitos generales indicados en el apartado número 6 y además:

o Servicios e instalaciones obligatorios (art. 14):

o Duchas y servicios higiénicos.

o Fregadero.

o Electricidad.

o Estación de recarga de vehículos eléctricos en áreas de más de 10 parcelas.

Selección de al menos 3 de los siguientes servicios adicionales:

o Lavadora industrial.

o Espacios de esparcimiento.

o Zona de esparcimiento para mascotas.

o Wifi.

o Personal de servicio.

o Transporte a población.

o Acceso a servicios polideportivos.

o Cubierta de sombra.

o Espacios o salas comunes.

o Merenderos.

o Sistema automatizado de autolimpieza y antiheladas.

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7.3. COMPLEMENTARIA BÁSICA

Deberá cumplir todos los requisitos generales indicados en el apartado número 6.

o Cumplimiento de la totalidad de requisitos de manera específica por el área de pernocta implantada.

o Exoneración de requisitos por cumplimiento a través de la actividad turística o establecimiento de interés turístico principal (art.15.2).

 

7.4. COMPLEMENTARIA PLUS

Deberá cumplir todos los requisitos generales indicados en el apartado número 6.

o Cumplimiento de la totalidad de requisitos de manera específica por el área de pernocta implantada recogidos en el apartado número 7.2.

o Exoneración de requisitos por cumplimiento a través de la actividad turística o establecimiento de interés turístico principal (art.15.2).

 

OBSERVACIONES:

En el caso de necesitar realizar aclaraciones de alguno de los requisitos exigidos, cumplimentar el siguiente cuadro.

 

8. DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

1.-Que son ciertos cuantos datos figuran en la presente declaración.

2.-Que el área de pernocta reseñado reúne los requisitos establecidos en el Decreto Foral 22/2024, de 6 de marzo, y en las demás normativas aplicables, con el compromiso de mantener su cumplimiento durante toda la vigencia de la actividad.

3.-Que se cumple con los siguientes requisitos:

-Estar en posesión de la acreditación de la personalidad física o jurídica que se declara.

-Disponer de la documentación que le acredita como persona propietaria del inmueble, arrendataria o poseedora de cualquier otro título que acredite su disponibilidad para ser destinado a área de pernocta.

-Disponer de un contrato de seguro de responsabilidad civil de explotación con una cobertura mínima de 150.000 euros, cuyos datos son los siguientes:

  • N.º de la póliza: ...........................................
  • Entidad aseguradora: ...........................................................................................................................

-Disponer de las autorizaciones sectoriales legalmente exigidas.

4.-Que se compromete al cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de funcionamiento (Título III Decreto Foral 22/2024, de 6 de marzo, por el que se regula las áreas de áreas de pernocta del turismo itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares).

5.-Que se dispone de poder suficiente para actuar como representante (en el caso que se actúe mediante representación).

6.-Que se cumplen los requisitos de accesibilidad y no discriminación dispuestos en la normativa vigente, en concreto, en el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público, y en la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos.

7.-Que se compromete a entregar la documentación que la Administración le requiera y que aporta junto a esta declaración los siguientes documentos:

o Planos finales de obra o planos a escala 1:100, en los que se indicará el emplazamiento y distribución de usos y la superficie de cada parcela, y que reflejen las instalaciones de protección contra incendios, firmados por un técnico competente.

o Fotografías en soporte informático (.jpg), nombradas y numeradas tal y como se indica en la guía de trámites previos a la inscripción en el Registro de Turismo de Navarra.

o En el supuesto de cambio de titularidad, documento privado del titular en el Registro de Turismo de Navarra mostrando su consentimiento a dicho trámite o documento que le sustituya.

o En su caso, documento acreditativo de la representatividad para realizar el trámite/s solicitado/s.

8.-Que se conoce que la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que se acompaña o incorpora a una declaración responsable o la no presentación de la misma, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho de la actividad afectada, desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa a que hubiera lugar. Además, la resolución que declare tales circunstancias podrá determinar la imposibilidad de inscribir el área de pernocta por un plazo máximo de 6 meses desde la notificación de dicha resolución.

9.-Que se comunicará cualquier modificación que se produzca en su establecimiento, el cese de la actividad y, en general, cualquier variación de los datos inscritos o anotados.

Y, por tanto, por medio de la presente comunicación, se da por realizado el trámite para la Inscripción en el Registro de Turismo de Navarra,

 

   

Lugar y fecha

Nombre y firma

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