Anexo 2 instrucciones par...ía pública

Anexo 2 instrucciones para el ejercicio de la auditoría pública

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ANEXO II. Modelo de remisión de actuaciones a los órganos destinatarios previstos en la disposición 23.ª 1

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Escrito de traslado de actuaciones en virtud del artículo 4.2 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado

(Párrafo-tipo: clase de responsabilidad).

(Responsabilidad penal).

En el ejercicio de la auditoría pública que la Intervención General de la Administración General del Estado, a través de (ID/IR/IT /DIVISIÓN), ha realizado en (entidad) se han puesto de manifiesto hechos acreditados que pueden ser constitutivos de delito de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

En concreto, se considera que se ha producido la infracción penal tipificada en el artículo (…) de la citada norma, que dispone…

(Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria).

En el ejercicio de la auditoría pública que la Intervención General de la Administración General del Estado, a través de (ID/IR/IT /DIVISIÓN), ha realizado en (entidad) se han puesto de manifiesto hechos acreditados que pueden ser constitutivos de infracción administrativa muy grave de conformidad con el régimen sancionador en materia de gestión económico-presupuestaria establecido en el artículo 28 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En concreto, se considera que se ha producido la infracción tipificada en el apartado (…) del artículo 28 de la citada norma, que dispone…

(Responsabilidad patrimonial o contable)

En el ejercicio de la auditoría pública que la Intervención General de la Administración General del Estado, a través de (ID/IR/IT /DIVISIÓN), ha realizado en (entidad) se han puesto de manifiesto hechos acreditados que pueden ser constitutivos de responsabilidad patrimonial o contable de acuerdo con lo establecido en los artículos 176 y 177 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En concreto, se considera que se ha producido la infracción tipificada en el apartado (…) del artículo 177.1 de la citada norma, que dispone…

(Otras infracciones administrativas)

En el ejercicio de la auditoría pública que la Intervención General de la Administración General del Estado, a través de (ID/IR/IT /DIVISIÓN), ha realizado en (entidad) se han puesto de manifiesto hechos acreditados que pueden ser constitutivos de infracción administrativa de conformidad con lo establecido en (normativa reguladora).

En concreto, se considera que se ha producido la infracción tipificada en el artículo (…) de la citada norma, que dispone…

(Párrafo-tipo: Descripción de las infracciones).

Las características fundamentales de las actuaciones que se ponen en su conocimiento se muestran en el siguiente cuadro:

Plan de Control.

 

Ente/órgano controlado.

 

Denominación de la actuación.

 

Fecha del informe de control.

 

Presuntas infracciones.

 

Presuntos autores.

 

Cuantificación de la responsabilidad.

 

Otros elementos relevantes.

 

En la actuación señalada se han constatado las siguientes circunstancias (en su caso, sólo se adjuntarán las partes del informe de control que se refieran a la infracción):

(Extracto del informe donde se ponga de manifiesto los hechos constitutivos de la infracción; si fuera necesario, se podría distinguir entre las diferentes partes del informe)

«(….)»

El informe de auditoría pública fue remitido al órgano gestor a efectos de alegaciones por el plazo de quince días hábiles, habiéndose recibido las mismas (o no habiéndose recibido), cuyo texto se reproduce, en lo concerniente a las posibles infracciones.

«(…)»

Asimismo, se adjuntan al presente escrito los documentos relacionados a continuación, en los que consta la evidencia obtenida.

1.

2.

3.

Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado, y a los efectos oportunos.

Firma: El Jefe de División/Interventor Delegado/Regional/Territorial.