Anexo 2 Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la PAC
ANEXO II. Operaciones subvencionables
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A. Características de las operaciones, objetivos globales perseguidos y acciones mínimas para su cumplimiento
| Operación | Característica de la operación | Objetivo global que persigue la operación en función de cada característica | Acciones mínimas, de las incluidas en el Anexo I, que debe incluir la operación para cumplir el objetivo global (*) | Todas las acciones que puede contener la operación |
| Replantación con o sin sistema de conducción (operación anual o bienal) (1). | a) con variedades incluidas en DOP/IGP. | Mejorar o mantener la competitividad. | Planta y plantación. | Ver Anexo I |
| b) que implique una disminución de la densidad respecto de la plantación. | Reducción de insumos y conservación suelos. | Planta y plantación. | ||
| c) que transforme a secano o se mantenga la superficie del viñedo en secano. | Gestión de los recursos hídricos. | Planta y plantación. | ||
| d) con abancalamiento. | Resistencia de la producción al riesgo de erosión del suelo. | Planta y plantación. | ||
| Abancalamiento. | ||||
| e) con instalación de un sistema de conducción sostenible. | Mejora del medio ambiente. | Planta y plantación. | ||
| Sistema de conducción (material y colocación). | ||||
| f) con cambio de ubicación a zonas edafoclimáticamente óptimas para su adaptación al cambio climático. | Adaptación al cambio climático. | Planta y plantación. | ||
| g) con cambio de ubicación a zonas de montaña. | Adaptación al cambio climático. | Planta y plantación. | ||
| h) con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en su ámbito territorial. | Adaptación al cambio climático. | Planta y plantación. | ||
| i) Que implique una reubicación de unos o más viñedos arrancados con el objeto de unificarlos en una misma parcela vitícola que faciliten las operaciones de laboreo y recolección. | Mejora del medio ambiente, reduciendo la emisión de contaminantes. | Planta y plantación. | ||
| ninguna característica de las anteriores. | Mejorar o mantener la competitividad. | Planta y plantación. | ||
| Reconversión de viñedos mediante cambio de variedad: sobreinjertado (operación anual). | j) con variedades incluidas en DOP/IGP. | Mejorar o mantener la competitividad. | Sobreinjertado o Injertado sobre pie franco. (material e injerto). | Ver Anexo I |
| k) con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en su ámbito territorial. | Adaptación al cambio climático. | |||
| ninguna característica de las anteriores(2). | Mejorar o mantener la competitividad. | |||
| Mejora de técnicas de gestión (operación anual). | l) cambio del sistema de conducción existente a un sistema de conducción más sostenible. | Mejora del medio ambiente. | Instalación del sistema de conducción (material y colocación). | Ver Anexo I |
| Replantación por arranque por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente. | No se aplica. | Replantar. | Planta y plantación. | Ver Anexo I |
| (*) Las comunidades autónomas podrán establecer acciones adicionales para considerar cumplido el objetivo global de la operación. (1) Cualquier cambio de portainjerto justificado por razones de cambio climático manteniendo la misma variedad de la uva de vinificación siempre que se demuestre la contribución positiva al objetivo medioambiental y climático relacionados en el artículo 12.1.g) del Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, es subvencionable. (2) Cualquier cambio de variedad o incluso un cambio de clon de una variedad por otro clon de la misma variedad mediante injertos, manteniendo la misma variedad de la uva de vinificación, con el fin de, entre otras cosas, reducir el exceso de vigor vegetal y aumentar la resistencia a las enfermedades, es subvencionable dentro de este tipo de operaciones ya que son clones con características diferentes, según interpretación de la Comisión en Ares 5934537 de 25 de agosto de 2022. | ||||
B. Objetivos medioambientales y climáticos (recogidos en el artículo 12.1 del Reglamento delegado 126/2022) que cumplen las operaciones con cada una de las siguientes características
| Operación | Característica de la operación | Objetivo medioambiental y climático de los recogidos en el artículo 12.1 del Reglamento Delegado 126/2022 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 |
| REPLANTACIÓN con o sin SISTEMA DE CONDUCCIÓN (3). | b) que implique una disminución de la densidad respecto de la plantación. | (a) lograr una reducción del uso actual de los insumos de producción, de la emisión de contaminantes o de los residuos del proceso de producción. |
| c) que transforme a secano o se mantenga la superficie del viñedo en secano. | (d) lograr una reducción del uso del agua. | |
| d) con abancalamiento. | (g) aumentar la resistencia de la producción a los riesgos vinculados al cambio climático, como la erosión del suelo. | |
| e) Con instalación de un sistema de conducción sostenible. | (a) lograr una reducción del uso actual de los insumos de producción, de la emisión de contaminantes o de los residuos del proceso de producción. | |
| f) con cambio de ubicación a zonas edafoclimáticamente óptimas para su adaptación al cc. | (g) aumentar la resistencia de la producción a los riesgos vinculados al cambio climático, como la erosión del suelo. | |
| g) con cambio de ubicación a zonas de montaña. | (g) aumentar la resistencia de la producción a los riesgos vinculados al cambio climático, como la erosión del suelo. | |
| h) con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en su ámbito territorial. | (g) aumentar la resistencia de la producción a los riesgos vinculados al cambio climático, como la erosión del suelo. | |
| i) Que implique una reubicación de unos o más viñedos arrancados con el objeto de unificarlos en una misma parcela vitícola que faciliten las operaciones de laboreo y recolección. | (a) lograr una reducción del uso actual de los insumos de producción, de la emisión de contaminantes o de los residuos del proceso de producción. | |
| RECONVERSIÓN DE VIÑEDOS POR CAMBIOS DE VARIEDAD(4): Sobreinjertado o Injertado sobre pie franco. | k) con variedades mejor adaptadas a las condiciones edafoclimáticas en su ámbito territorial. | (g) aumentar la resistencia de la producción a los riesgos vinculados al cambio climático, como la erosión del suelo. |
| MEJORA DE TÉCNICAS DE GESTIÓN. | l) cambio del sistema de conducción existente a un sistema de conducción más sostenible. | (a) lograr una reducción del uso actual de los insumos de producción, de la emisión de contaminantes o de los residuos del proceso de producción. |
| (3) Cualquier cambio de portainjerto manteniendo la misma variedad de la uva de vinificación es subvencionable, siempre que se demuestre la contribución positiva al objetivo medioambiental y climático relacionado con el artículo 12.1.g) del Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021. (4) Cualquier cambio de variedad o incluso un cambio de clon de una variedad por otro clon de la misma variedad mediante injertos, manteniendo la misma variedad de la uva de vinificación, con el fin de, entre otras cosas, reducir el exceso de vigor vegetal y aumentar la resistencia a las enfermedades, es subvencionable dentro de este tipo de operaciones. Estas operaciones, siempre que se demuestre la contribución positiva a uno o varios objetivos medioambientales relacionados en las letras a), d), h), o i) del artículo 12.1 del Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021, el gasto correspondiente de la operación mencionada podrá contabilizarse para la compartimentación medioambiental obligatoria del vino y para ello la comunidad autónoma deberá comunicarlo según lo establecido en el anexo VIII. | ||
- Artículo modificado (Anexo II (llamadas de las tablas A y B)) por Real Decreto 683/2025, de 29 de julio, por el que se disponen determinadas excepciones temporales relativas al cumplimiento de la normativa básica que regula los regímenes de ayudas a los sectores de frutas y hortalizas y vitivinicultura de la Política Agrícola Común, y se modifican diversos reales decretos relativos al sector de frutas y hortalizas y vitivinicultura en el marco del Plan Estratégico para la PAC 2023-2027 en el Reino de España.
(BOE de 30-07-2025) en vigor desde 31-07-2025
