Anexo 2 Modelo 291 Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes
ANEXO II. Diseños físicos y lógicos para la presentación del modelo 291en soporte directamente legible por ordenador
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de la declaración informativa de cuentas de no residentes (modelo 291), comprensiva de las personas o entidades titulares, autorizadas o beneficiarias de dichas cuentas, de los saldos de las mismas a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre, así como de los rendimientos obtenidos por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, sin mediación de establecimiento permanente, habrán de cumplir las siguientes características.
A) Características de los soportes magnéticos
-Tipo: CD-R (Compact Disc Recordable) de 12 cm.
-Capacidad: hasta 700 MB.
-Formato ISO/IEC DIS 9660:1999, con extensión o sin extensión Joliet.
-No multisesión.
B) Diseños lógicos
Descripción de los registros.
Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta Orden Foral.
Tipo 2: Registro de declarado: Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta Orden Foral.
El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como declarados tenga la declaración.
Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.
Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación UTF8. De esta forma la letra Ñ tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la Ç (cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).
Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.
Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.
MODELO 291
A-Tipo de registro 1
Registro de Declarante
| POSICIONES | NATURALEZA | DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS | ||
| 1 | Numérico | TIPO DE REGISTRO. Constante número 1 . | ||
| 2-4 | Numérico | MODELO DECLARACIÓN. Constante 291 . | ||
| 5-8 | Numérico | EJERCICIO. Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración. | ||
| 9-17 | Alfanumérico | N.I.F. DEL DECLARANTE. Se consignará el N.I.F. del declarante. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él. | ||
| 18-57 | Alfanumérico | RAZÓN SOCIAL DEL DECLARANTE. Se consignará la razón social completa, sin anagrama. En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial. | ||
| 58 | Alfabético | TIPO DE SOPORTE. Se cumplimentará la siguiente clave: | ||
| C : | Si la información se presenta en CD-R. | |||
| T : | Transmisión telemática | |||
| 59-107 | Alfanumérico | PERSONA CON QUIÉN RELACIONARSE. Datos de la persona con quién relacionarse. Este campo se subdivide en dos: | ||
| 59-67 | TELÉFONO: Campo numérico de 9 posiciones. | |||
| 68-107 | APELLIDOS Y NOMBRE: Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden. | |||
| 108-120 | Numérico | NÚMERO IDENTIFICATIVO DE LA DECLARACIÓN. Se consignará el número identificativo correspondiente a la declaración. Campo de contenido numérico de 13 posiciones. El número de justificante que habrá de figurar, será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 291. | ||
| 121-122 | Alfabético | DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA. En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos: | ||
| 121 | DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA.: Se consignará una C si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir registros que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidas en la misma. | |||
| 122 | DECLARACIÓN SUSTITUTIVA: Se consignará una S si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior. | |||
| 123-135 | Numérico | NÚMERO IDENTIFICATIVO DE LA DECLARACIÓN ANTERIOR. En el caso de que se haya consignado una S en el campo Declaración sustitutiva , se consignará el número identificativo correspondiente a la declaración a la que sustituye. Campo de contenido numérico de 13 posiciones. En cualquier otro caso deberá rellenarse a ceros. | ||
| 136-144 | Numérico | NÚMERO TOTAL DE REGISTROS DE DECLARADOS. Se consignará el número total de declarados en los registros de detalle del tipo 2 por la entidad declarante. Si un mismo declarado figura en varios registros, se computará tantas veces como figure relacionado. (Número de registros de tipo 2). | ||
| 145-162 | Alfanumérico | SUMA TOTAL DE LOS IMPORTES DE LAS PERCEPCIONES DINERARIAS DECLARADAS. Campo numérico de 18 posiciones. Este campo se subdivide en dos: | ||
| 145 | SIGNO: campo alfabético que se cumplimentará cuando el resultado de la suma para obtener la SUMA TOTAL DE LOS IMPORTES DE LAS PERCEPCIONES DINERARIAS DECLARADAS (posiciones 146 a 162 de este registro de tipo 1) sea menor de 0 (cero). En este caso se consignará una N ; en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio. | |||
| 146-162 | IMPORTE: Campo numérico de 17 posiciones. Se consignará sin coma decimal, la suma total de las cantidades reflejadas en los campos Importe de las percepciones dinerarias (posiciones 133-146) correspondientes a los registros de declarados. En el supuesto de que en estos registros de declarados se hubiera consignado N en el campo SIGNO DEL IMPORTE DE LAS PERCEPCIONES DINERARIAS (Posición 132 del registro tipo 2), dichas cantidades se computarán con signo menos al totalizar los importes que deben reflejarse en esta suma. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: | |||
| 146-160 | Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | |||
| 161-162 | Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | |||
| 163-179 | Numérico | SUMA TOTAL DE LOS IMPORTES DE LAS RETRIBUCIONES EN ESPECIE DECLARADAS. Campo numérico de 17 posiciones. Se consignará sin signo y sin coma decimal, la suma total de las cantidades reflejadas en los campos IMPORTE DE LAS RETRIBUCIONES EN ESPECIE (posiciones 147-160) correspondientes a los registros de declarados. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: | ||
| 163-177 | Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | |||
| 178-179 | Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | |||
| 180-500 | - | BLANCOS. | ||
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 291
B.-Tipo de registro 2
Registro del Declarado
| POSICIONES | NATURALEZA | DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS | |||||||||
| 1 | Numérico | TIPO DE REGISTRO. Constante 2 . | |||||||||
| 2-4 | Numérico | MODELO DECLARACIÓN. Constante 291 . | |||||||||
| 5-8 | Numérico | EJERCICIO. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | |||||||||
| 9-17 | Alfanumérico | N.I.F. DEL DECLARANTE. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | |||||||||
| 18-26 | Alfanumérico | N.I.F. DEL DECLARADO. Sólo se cumplimentará con los NIF asignados en España. Teniendo en cuenta que las cuentas de no residentes están exceptuadas del régimen de identificación previsto en el artículo 12 del Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, este campo podrá venir sin contenido (espacios). No obstante, si el declarado dispone de NIF asignado en España, de acuerdo con las reglas previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, se consignará en este campo. | |||||||||
| Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda. | |||||||||||
| 27-35 | Alfanumérico | N.I.F. DEL REPRESENTANTE LEGAL. Este campo sólo se cumplimentará con los NIF asignados en España. Teniendo en cuenta que las cuentas de no residentes están exceptuadas del régimen de identificación previsto en el artículo 12 del Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, este campo podrá venir sin contenido (espacios). Si el declarado es menor de 14 años o incapacitado y su representante legal dispone de NIF asignado en España de acuerdo con las reglas previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio y en el Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, se consignará en este campo el número de identificación fiscal de su representante legal. Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda. | |||||||||
| 36-75 | Alfanumérico | APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN DEL DECLARADO. a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden. Si el declarado es menor de 14 años o incapacitado, se consignarán en este campo los apellidos y nombre del menor de 14 años o incapacitado. b) Tratándose de personas jurídicas y entidades, se consignará la razón social o denominación completa de la entidad, sin anagramas. | |||||||||
| 76 | Alfabético | CLAVE DE PERSONALIDAD. En función del declarado se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| F | Declarado persona física. | ||||||||||
| J | Declarado persona jurídica o una entidad. | ||||||||||
| 77 | Numérico | CLAVE DE DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA NO RESIDENCIA DEL TITULAR. En función de la documentación acreditativa de no residencia del titular entregada a la entidad registrada, conforme a lo previsto en el artículo 2.º4 del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior, se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| 1 | Certificación de la autoridad consular española, expedida a las personas físicas españolas. | ||||||||||
| 2 | Certificación negativa de residencia expedida por el Ministerio del Interior a las personas físicas extranjeras. | ||||||||||
| 3 | Documento fehaciente que acredite la naturaleza y domicilio de las personas jurídicas domiciliadas en el extranjero. | ||||||||||
| 4 | Tarjeta de identidad expedida por el Ministerio de Asuntos Exteriores a los diplomáticos extranjeros acreditados en España y al personal extranjero que preste servicios en Embajadas y Consulados extranjeros o en Organizaciones internacionales en España. | ||||||||||
| 5 | Otros. | ||||||||||
| 78 | Numérico | CLAVE DE CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR. En función del documento del que procede el CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR (posiciones 79-98), se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| 1 | Pasaporte. | ||||||||||
| 2 | Documento de identidad válido en el país de origen. | ||||||||||
| 3 | Otro. | ||||||||||
| 79-98 | Alfanumérico | CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR. Teniendo en cuenta que las cuentas de no residentes están exceptuadas del régimen de identificación previsto en el artículo 12 del Decreto Foral 8/2010, de 22 de febrero, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal y determinados censos relacionados con él, el campo NIF DEL DECLARADO , (posiciones 18-26), podrá venir sin contenido (espacios). No obstante, de acuerdo con la Orden de 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior y la Circular del Banco de España 1/1994, de 25 de febrero, las entidades registradas deben consignar a efectos de identificación de la cuenta el número de pasaporte o número de identidad válido en su país de origen del titular, que se indicará en este campo. | |||||||||
| 99-100 | - | BLANCOS. | |||||||||
| 101 | Alfabético | CLAVE DE DECLARADO. Se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| T | Titular pleno dominio. | ||||||||||
| O | Titular nudo propietario. | ||||||||||
| U | Usufructuario. | ||||||||||
| B | Otro Beneficiario. | ||||||||||
| A | Autorizado. | ||||||||||
| 102 | Numérico | CLAVE DE ALTA. Se consignará una de las claves siguientes: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| 0 | Cuenta antigua. | ||||||||||
| 1 | Cuenta de alta en el ejercicio de la declaración. | ||||||||||
| 2 | Cuenta cancelada en el ejercicio de la declaración. | ||||||||||
| 3 | Cuenta cuya condición se modifica en el ejercicio de la declaración, pasando a ser de titular residente. | ||||||||||
| 4 | Cuenta de alta y cancelada en el ejercicio de la declaración. | ||||||||||
| 5 | Cuenta cuya condición se modifica en el ejercicio de la declaración, pasando a ser de titular no residente. | ||||||||||
| 103-105 | Numérico | NÚMERO DE TITULARES DE LA CUENTA. Número total de titulares en la cuenta. | |||||||||
| 106 | Numérico | TIPO DE CUENTA. Se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| 1 | Cuentas corrientes. | ||||||||||
| 2 | Cuentas de Ahorro. | ||||||||||
| 3 | Imposiciones a plazo. | ||||||||||
| 4 | Otro tipo de cuentas. | ||||||||||
| 107 | Alfabético | CLAVE TIPO DE CÓDIGO. En función de la identificación de la cuenta se consignará una de las siguientes claves: | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| C | Identificación de la cuenta con el Código Cuenta Cliente (C.C.C.). | ||||||||||
| O | Otra identificación. | ||||||||||
| 108-111 | Alfanumérico | PREFIJO CODIGO IBAN. Este subcódigo se forma con las cuatro primeras posiciones del IBAN (Código Internacional de Cuenta Bancaria) para España. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 108-109 | CÓDIGO PAÍS ISO: campo alfabético que toma el valor ES. | ||||||||||
| 110-111 | DÍGITO DE CONTROL. | ||||||||||
| En los supuestos en que el declarante no tiene asignado el código de entidad por el Banco Emisor y en consecuencia no se tenga el IBAN, se rellenarán a blancos. | |||||||||||
| 112-131 | Alfanumérico | IDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA. Se consignará: 1 - Para Identificación de la cuenta con el Código Cuenta Cliente (C.C.C.). Su estructura se descompone de la siguiente forma: | |||||||||
| Posiciones | Descripción | ||||||||||
| 112-115 | Código de Entidad. | ||||||||||
| 116-119 | Código de sucursal. | ||||||||||
| 120-121 | Dígitos de control. | ||||||||||
| 122-131 | Número de cuenta. | ||||||||||
| 2 - Si el declarante no tiene asignado el código de entidad por el Banco Emisor, se consignará la identificación definida internamente por la entidad. | |||||||||||
| 132-146 | Alfanumérico | IMPORTE DE LAS PERCEPCIONES DINERARIAS. Sólo para las claves de declarado (posición 101) T, U y B. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 132 | SIGNO: Campo alfabético. Si el rendimiento de la cuenta es negativo se consignará una N, en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio. | ||||||||||
| 133-146 | IMPORTE: Campo numérico de 14 posiciones. Se hará constar sin coma decimal, el importe exigible en euros o su contravalor en los casos de cuentas en divisas. Este campo se subdivide en dos: | ||||||||||
| 133-144 | Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 145-146 | Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| Cuando existan múltiples perceptores de los rendimientos de la cuenta se consignará, para cada uno de ellos, el importe que le sea imputable individualmente en función de su porcentaje de participación en el rendimiento. En los supuestos de que existan varias imposiciones y/o renovaciones asociadas a una cuenta, se acumularán los rendimientos en un solo registro o los que correspondan según el número de perceptores. También formarán parte de este importe los rendimientos negativos obtenidos en concepto de penalizaciones por incumplimiento de condiciones incluidas en promociones comerciales derivadas de la tenencia de cuentas en toda clase de instituciones financieras. | |||||||||||
| 147-160 | Numérico | IMPORTE DE LAS RETRIBUCIONES EN ESPECIE. Sólo para las claves de declarado (posición 101) T, U y B. Campo numérico de 14 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, la valoración resultante de la retribución en especie satisfecha. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 147-158 | Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 159-160 | Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| Cuando existan múltiples perceptores de los rendimientos de la cuenta se consignará, para cada uno de ellos, el importe que le sea imputable individualmente en función de su porcentaje de participación en el rendimiento. | |||||||||||
| 161-165 | Numérico | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN EL RENDIMIENTO. Sólo para las claves de declarado (posición 101) T, U y B. Se consignará el porcentaje de participación en el rendimiento que corresponda al perceptor al que se refiere el registro. Se subdivide en dos campos: | |||||||||
| 161-163 | Figurará la parte entera del porcentaje (si no tiene, configurar a ceros). | ||||||||||
| 164-165 | Figurará la parte decimal del porcentaje (si no tiene, configurar a ceros). | ||||||||||
| 166 | Numérico | INDICADOR DE RETENCIÓN O INGRESO A CUENTA. Los rendimientos de cuentas de no residentes obtenidos, sin mediación de establecimiento permanente, por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, están exceptuados de retención, o ingreso a cuenta, cuando se acredite ante las entidades registradas el derecho a la exención aportando la declaración o certificado previstos en la disposición adicional única de esta Orden Foral. La falta de aportación de esa documentación, o su no renovación, determina que se practique retención, o ingreso a cuenta. En este campo se consignará la clave que corresponda para indicar si se ha practicado o no retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos de la cuenta. | |||||||||
| Clave | Descripción | ||||||||||
| 0 | No se ha practicado retención o ingreso a cuenta. | ||||||||||
| 1 | Se ha practicado retención o ingreso a cuenta. | ||||||||||
| Cuando se haya consignado un 1 en el campo INDICADOR DE RETENCIÓN O INGRESO A CUENTA, además de la información correspondiente a todo el ejercicio objeto de declaración que debe facilitarse mediante el modelo 291, la información relativa a las retenciones e ingresos a cuenta se suministrará en el modelo 296. | |||||||||||
| 167-174 | Numérico | FECHA DE APERTURA DE LA CUENTA. Se consignará la fecha de APERTURA DE LA CUENTA Cuando ésta haya sido abierta después del 1/01/2008, indicando los cuatro dígitos del año, los dos del mes (de 01 a 12) y los dos del día (de 01 a 31) con el formato AAAAMMDD. Este campo se cumplimentará aunque la fecha de apertura esté comprendida en un ejercicio distinto al que sea objeto de declaración. | |||||||||
| 175-182 | Numérico | FECHA DE CONCESIÓN DE LA AUTORIZACIÓN. Sólo para clave de declarado (posición 101) A. Se consignará la fecha notificada al declarante como inicio de la autorización para el uso y disposición de la cuenta, indicando los cuatro dígitos del año, los dos del mes (de 01 a 12) y los dos del día (de 01 a 31) con el formato AAAAMMDD. Cuando tanto la autorización de uso y disposición de la cuenta como su revocación o cancelación se hayan comunicado o producido en el año objeto de la declaración, se cumplimentarán los dos campos de fecha. Cuando en el año al que se refiere la declaración se produzca sobre una misma cuenta y con relación a un mismo declarado sucesivas autorizaciones y revocaciones, se aportarán tantos registros como periodos de tiempo durante el año haya durado cada autorización, cumplimentando los campos de fecha de cada de ellos de acuerdo con los párrafos anteriores. | |||||||||
| 183-190 | Numérico | FECHA DE REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN. Sólo para clave de declarado (posición 101) A. Se consignará la fecha notificada al declarante como revocación de la autorización para el uso y disposición de la cuenta, o en su caso, la cancelación de la cuenta, indicando los cuatro dígitos del año, los dos del mes (de 01 a 12) y los dos del día (de 01 a 31) con el formato AAAAMMDD. | |||||||||
| Cuando tanto la autorización de uso y disposición de la cuenta como su revocación o cancelación se hayan comunicado o producido en el año objeto de la declaración, se cumplimentarán los dos campos de fecha. Cuando en el año al que se refiere la declaración se produzca sobre una misma cuenta y con relación a un mismo declarado sucesivas autorizaciones y revocaciones, se aportarán tantos registros como periodos de tiempo durante el año haya durado cada autorización, cumplimentando los campos de fecha de cada de ellos de acuerdo con los párrafos anteriores. | |||||||||||
| 191-205 | Numérico | SALDO MEDIO ÚLTIMO TRIMESTRE. Cualquiera que sea la clave de declarado, se consignará el saldo medio de la cuenta en el último trimestre. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 191 | SIGNO: Campo alfabético. Si el saldo de la cuenta es negativo se consignará una N , en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio. | ||||||||||
| 192-205 | IMPORTE: Campo numérico de 14 posiciones. Se hará constar sin coma decimal el saldo de la cuenta. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: | ||||||||||
| 192-203 | Parte entera del saldo, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 204-205 | Parte decimal del saldo, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 206-220 | Numérico | SALDO A 31 DICIEMBRE. Cualquiera que sea la clave de declarado, se consignará el saldo de la cuenta a 31 de diciembre. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 206 | SIGNO: Campo alfabético. Si el saldo de la cuenta es negativo se consignará una N , en cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio. | ||||||||||
| 207-220 | IMPORTE: Campo numérico de 14 posiciones. Se hará constar sin coma decimal el saldo de la cuenta. Este campo se subdivide en dos: | ||||||||||
| 207-218 | Parte entera del saldo, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 219-220 | Parte decimal del saldo, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||||||||||
| 221-382 | Alfanumérico | DOMICILIO DEL TITULAR/BENEFICIARIO. Se consignará en este campo la dirección del domicilio del titular o beneficiario, cuando la clave de declarado sea distinta de A . Este campo se subdivide en: | |||||||||
| 221-270 | NOMBRE VÍA PÚBLICA Y NÚMERO DE CASA. Se consignará el nombre largo de la vía pública, si no cupiese completo el nombre, no se harán constar los artículos, preposiciones ni conjunciones y se pondrán en abreviatura los títulos (vgr. cd = Conde). Los demás casos se abreviarán utilizando las siglas de uso general. Asimismo se consignará el número o punto kilométrico. | ||||||||||
| 271-310 | COMPLEMENTO. En su caso, se harán constar en este campo los datos adicionales que resulten necesarios para la completa identificación del domicilio. | ||||||||||
| 311-340 | POBLACIÓN/CIUDAD. Se consignará el nombre de la población o ciudad en la que se encuentra situado el domicilio. | ||||||||||
| 341-370 | PROVINCIA/REGIÓN/ESTADO. Se consignará en este campo el nombre de la Provincia, Región, Estado, Departamento o cualquier otra subdivisión política o administrativa, donde se encuentre situado el domicilio. | ||||||||||
| 371-380 | CÓDIGO POSTAL (ZIP CODE). Se consignará el código postal referido al domicilio. | ||||||||||
| 381-382 | CÓDIGO PAÍS. Se cumplimentará el código del país o territorio correspondiente al domicilio del titular o beneficiario, de acuerdo con las claves de países que figuran en el anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196. | ||||||||||
| 383 | Alfabético | UNIDAD DE CUENTA EMPLEADA. Se consignará la calve alfabética que corresponda en función de la moneda empleada en la cuenta bancaria. | |||||||||
| E | EUROS | ||||||||||
| D | DIVISAS | ||||||||||
| 384-401 | Numérico |
| |||||||||
| 402-419 | Numérico |
| |||||||||
| 420 | Alfabético | CUENTAS EN PRESUNCIÓN DE ABANDONO Se consignará una \'X\' para las cuentas en presunción de abandono, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, con problemas en la identificación de los declarados.** | |||||||||
| 421-132 | - | BLANCOS** | |||||||||
| 433-452 | Alfanumérico | NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL EN EL PAÍS DE RESIDENCIA FISCAL. Se consignará el número de identificación fiscal del declarado asignado en el país o territorio de residencia fiscal. | |||||||||
| 453-460 | Numérico | FECHA DE NACIMIENTO. Cuando en la clave de personalidad , posición 76 del tipo de registro 2, se haga constar una F, se indicará la fecha de nacimiento del declarado. Se consignarán los cuatro dígitos del año, los dos del mes (de 01 a 12) y los dos del día (de 01 a 31) con el formato AAAAMMDD. | |||||||||
| 461-497 | Alfanumérico | LUGAR DE NACIMIENTO. Cuando en la clave de personalidad , posición 76 del tipo de registro 2, se haga constar una F, se indicará el lugar de nacimiento del declarado. Este campo se subdivide en dos: | |||||||||
| 461-495 | CIUDAD: 35 posiciones. Se consignará el municipio y, en su caso, la provincia o región o departamento correspondiente al lugar de nacimiento. | ||||||||||
| 496-497 | CÓDIGO PAÍS: Campo alfabético de 2 posiciones. Se consignará el código del país o territorio correspondiente al lugar de nacimiento, de acuerdo con las claves de países y territorios que figuran en el anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196. | ||||||||||
| 498-499 | Alfabético | PAÍS O TERRITORIO DE RESIDENCIA FISCAL DEL DECLARADO. Se cumplimentará el código del país o territorio de residencia fiscal del declarado, de acuerdo con las claves de países que figuran en el anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196. | |||||||||
| 500 | - | BLANCO. | |||||||||
* Todos los importes serán positivos.
* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos
**(NOTA: con efectos a partir del 1 de enero de 2019)
* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
- Modificación realizada (Anexo II) por ORDEN FORAL 158/2018, de 19 de diciembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se modifican los siguientes modelos informativos F-50, 187, 190, 196, 198 y 291.
(NA de 27-12-2018) en vigor desde 28-12-2018 - Artículo modificado (Anexo II) por ORDEN FORAL 142/2016, de 28 de noviembre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se modifica la Orden Foral 19/2015, de 28 de enero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 291 'Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración informativa de cuentas de no residentes', así como los diseños físicos y lógicos para su presentación en soporte directamente legible por ordenador.
(NA de 31-12-2016) en vigor desde 01-01-2017
