Anexo 2 normas aplicables...umo humano

Anexo 2 normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano

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ANEXO II. Contenido mínimo del documento comercial para movimientos nacionales de SANDACH

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Contenido mínimo del documento comercial para movimientos nacionales

 

N.º de página

1 de 2

I. N.º de Referencia del documento.

 

 

II. LUGAR DE ORIGEN.

 

 

1. Nombre del establecimiento.

 

 

2. N.º de autorización o registro (Código oficial).

 

 

3. NIF del establecimiento.

 

 

4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).

 

 

5. Actividad.

 

 

En el caso de traslado de cadáveres desde explotaciones ganaderas:

 

 

6. En caso de que exista, número de póliza del seguro que cubra la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación.

 

 

7. Fecha de notificación.

 

 

III. DATOS DE LA CARGA A RELLENAR EN ORIGEN.

 

 

1. Fecha de recogida.

 

 

2. N.º de lote/contenedor.

 

 

3. Descripción de la mercancía (Naturaleza).

 

 

4. Categoría.

 

 

5. Especie o especies animales de procedencia1.

 

 

6. Materiales y Especies de procedencia de Subproductos animales de categoría 3 o productos derivados de los mismos destinados a alimentación animal.

 

 

6.a) Indicar el epígrafe correspondiente según el artículo 10 del R (CE) n.º 1069/2009:

 

 

6.b) Destinado a2:

 

 

6.c) Especies genéricas2:

 

 

7. Harinas de carne y hueso de categoría 1 obtenidas a partir de animales sospechosos, confirmados o sacrificados en aplicación de medidas de erradicación de EET R (CE) n.º 999 / 2001:

 

 

8. Producto procesado en la planta de origen del envío.

 

 

8.1 Tratamiento.

 

 

8.2 Marcado con GTH (C1, C2).

 

 

9. Peso o volumen.

 

 

10. En caso de animales muertos retirados de explotaciones ganaderas:

 

 

10.1) Con identificación por lotes.

 

 

Número total de animales.

 

 

Número de identificación oficial.

 

 

10.2) Con identificación individual, relación de los números de identificación oficial.

 

 

IV. DATOS DEL TRANSPORTE3.

1. Nombre.

 

 

2. N.º de autorización o Registro (Código oficial).

 

 

3. NIF del establecimiento.

 

 

4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).

 

 

5. Matrícula del vehículo, remolque o n.º de identificación de los contenedores.

 

 

IV. DATOS DEL TRANSPORTE DE LAS ISLAS A LA PENÍNSULA3.

 

 

DATOS DEL TRANSPORTE DEL ESTABLECIMIENTO DE ORIGEN AL PUERTO DE ORIGEN.

 

 

1. Nombre.

 

 

2. N.º de autorización o registro (Código oficial).

 

 

3. NIF del establecimiento.

 

 

4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).

 

 

5. Matrícula del vehículo, remolque o n.º de identificación de los contenedores.

 

 

DATOS DEL TRANSPORTE DEL PUERTO DE DESTINO AL ESTABLECIMIENTO DE DESTINO.

 

 

1. Nombre.

 

 

2. N.º de autorización o Registro (Código oficial).

 

 

3. NIF del establecimiento.

 

 

4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).

 

 

5. Matrícula del vehículo, remolque o n.º de identificación de los contenedores.

 

 

IV. DATOS DEL TRANSPORTE EUROPEO3.

 

 

1. Nombre.

 

 

2. N.º de autorización o Registro (Código oficial).

 

 

3. País.

 

 

4. Tipo de medio de transporte.

 

 

5. Matrícula del vehículo, remolque o n.º de identificación de los contenedores.

 

 

IV. DATOS DEL TRANSPORTE INTERNO3.

 

 

1. Nombre del establecimiento: MOVIMIENTO INTERNO.

 

 

V. LUGAR DE DESTINO.

 

 

1. Nombre del establecimiento.

 

 

2. N.º de autorización o Registro (Código oficial SANDACH o, cuando proceda, código concedido con arreglo a otra normativa europea).

 

 

3. NIF del establecimiento.

 

 

4. Dirección (CA, provincia, municipio, código postal y dirección).

 

 

5. Actividad.

 

 

VI. DATOS DE LA CARGA A RELLENAR EN DESTINO.

 

 

1. Fecha de recepción.

 

 

2. Cantidad recibida (Peso/Volumen).

 

 

VII. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD.

 

 

A) DEL EXPEDIDOR.

El abajo firmante declara que la información descrita en la parte II y en la parte III es correcta y que se han adoptado todas las precauciones necesarias para evitar riesgos para la salud pública o la salud animal.

Hecho en .................(lugar) el.............................(fecha) ..................................................(firma).

 

 

B) DEL TRANSPORTISTA.

El abajo firmante declara que la información descrita en la parte IV es correcta y que se han adoptado todas las precauciones necesarias para evitar riesgos para la salud pública o la salud animal.

Hecho en .................(lugar) el.............................(fecha) ..................................................(firma).

 

 

C) DEL RECEPTOR.

El abajo firmante declara que la información descrita en la parte V y en la parte VI es correcta y que se han adoptado todas las precauciones necesarias para evitar riesgos para la salud pública o la salud animal.

Hecho en .................(lugar) el.............................(fecha) ..................................................(firma).

 

 

1 El campo especie es obligatorio en los movimientos de materiales de categoría 3 desde establecimientos con actividades que puedan mover a destinos relacionados con alimentación animal: plantas que almacenan y/o manipulan subproductos animales, almacenes, plantas de transformación, plantas de biodiésel, plantas oleoquímicas, fábrica de alimentos para animales de compañía (FAAC) que utilizan solo subproductos procesados, FAAC que utilizan subproductos sin procesar, mataderos, salas de despiece e industrias cárnicas.

2 Para pescado y productos derivados del pescado: solo podrán destinarse a la fabricación de piensos para acuicultura si en el documento comercial se indica si proceden de la pesca o de la acuicultura, y en este último caso, se indicará además la especie de procedencia, incluido el nombre científico. Para su uso en la fabricación de piensos para animales distintos de los peces de piscifactoría, podrá hacerse una mención genérica.

3 Datos de transporte, seleccionar en función de la empresa de transporte utilizada. En caso de transporte de las islas a la Península se indicarán los datos del transportista del establecimiento de origen al puerto de origen y los datos del transportista del puerto de destino al establecimiento de destino. Datos de transporte europeo, si se utiliza un transportista para realizar un movimiento nacional que no está registrado en el RES, pero sí en un país de la UE. Transporte interno, para movimientos internos entre establecimientos autorizados por las autoridades competentes de las CC.?AA.

Normas generales de utilización de los documentos comerciales para envíos nacionales

La utilización del documento se basará en las siguientes indicaciones, sin perjuicio de los requisitos adicionales que puedan establecer las autoridades competentes:

a) El documento comercial podrá firmarse en papel o electrónicamente. Para poder seleccionar la opción de firma manual o electrónica el firmante deberá acceder al Registro de movimientos SANDACH.

En cualquier punto del trayecto el operador implicado deberá poder aportar, ya sea en formato papel o electrónico, toda la información correspondiente al envío, independientemente de la opción de firma utilizada.

El operador deberá conservar durante dos años un registro de los documentos por él firmados.

b) Se presume que la responsabilidad de la veracidad de los datos reflejados en el documento se distribuye de la siguiente manera:

- Expedidor: datos sobre el establecimiento de origen; datos sobre la mercancía objeto de movimiento, incluidas la categoría y la cantidad (kilogramos, metros cúbicos, o litros) en origen; fecha de expedición y firma de conformidad.

- Receptor: datos sobre el destino; la cantidad (kilogramos, metros cúbicos o litros) de la mercancía en destino y fecha de llegada; firma de conformidad.

- Transportista: datos sobre el transportista y el medio de transporte; firma de conformidad.

Corresponde al establecimiento de origen la correcta categorización de los subproductos animales o los productos transformados, y si no es este establecimiento quien emite el documento comercial, la comunicación de los datos relativos a la mercancía al operador o autoridad competente encargado de expedirlo.

c) Al documento se le asignará un número de identificación que permita identificarlo de manera única dentro de su registro de envíos.

d) Cuando se utilice un documento electrónico, en el momento de la recogida el transportista podrá entregar un recibo al expedidor indicando al menos el número de identificación del documento comercial, la fecha de recogida, la identificación del transportista (número de registro o datos completos), la categoría y la cantidad de materiales retirados.

e) En los casos contemplados en el epígrafe d), el receptor de la mercancía remitirá posteriormente, en un plazo no superior a un mes, un documento comercial completo, en papel o en formato electrónico, al expedidor y al transportista, para que éstos lo conserven junto a sus registros durante un mínimo de dos años.