Anexo 2 Perros de asistencia a personas usuarias de apoyo animal
ANEXO II. Carnet de la unidad de vinculación
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Los perros de asistencia que se acrediten en la Comunidad Autónoma de Extremadura dispondrán de un carnet de acreditación de la unidad de vinculación, de 85x54 mm, conforme a las siguientes figuras:
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Figura 1: Anverso carnet unidad de vinculación
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Figura 2: Reverso carnet unidad de vinculación
En caso de que el perro de asistencia se encuentre en estado de socialización o adiestramiento y no se haya formado la unidad de vinculación, la fotografía será reciente (menos de 15 días) del perro únicamente, a color, de cuerpo entero, y realizada de frente lo suficientemente cerca como para identificarlo con facilidad de forma inequívoca. En este supuesto, figurará como usuario del perro de asistencia el centro de formación.
En caso de que se haya formado la unidad de vinculación, la fotografía será reciente (menos de 15 días) de ambos juntos, usuario y perro, a color, de cuerpo entero, de frente, estando el usuario sentado junto al perro, y realizada lo suficientemente cerca como para identificarlos con facilidad de forma inequívoca.
