Anexo 2 regula el simbolo oficial del Gobierno de Navarra y su utilizacion
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»ANEXO II.
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Cuando el símbolo lleve, además de la expresión Gobierno de Navarra, el nombre de un Departamento de la Administración de la Comunidad Foral, o de forma excepcional el de otra unidad o actividad, se compondrá de la siguiente manera:
Las características técnicas del escudo serán las mismas que las descritas en el Anexo I.
La denominación Gobierno de Navarra irá en una sola línea. Debajo, en una o dos líneas, dependiendo de su longitud, aparecerá la denominación del Departamento, de acuerdo a los siguientes ejemplos en las versiones de castellano y vascuence:

Cuando la versión sea a dos colores, se compondrá de la siguiente manera:

