Anexo 2 relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes EM y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un EM a otro
ANEXO II
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
PARTE A
Directiva derogada con la lista de sus modificaciones sucesivas
(contempladas en el artículo 17)
| Directiva 90/434/CEE del Consejo (DO L 225 de 20.8.1990, p. 1). |
|
| Acta de adhesión de 1994, anexo I, punto XI.B.I.2 (DO C 241 de 29.8.1994, p. 196). |
|
| Acta de adhesión de 2003, anexo II, punto 9.7 (DO L 236 de 23.9.2003, p. 559). |
|
| Directiva 2005/19/CE del Consejo (DO L 58 de 4.3.2005, p. 19). |
|
| Directiva 2006/98/CE del Consejo (DO L 363 de 20.12.2006, p. 129). | Únicamente el punto 6 del anexo |
PARTE B
Plazos de transposición al Derecho nacional y de aplicación
(contemplados en el artículo 17)
| Directiva | Plazo de transposición | Fecha de aplicación |
| 90/434/CEE | 1 de enero de 1992 | 1 de enero de 1993 (1) |
| 2005/19/CE | 1 de enero de 2006 (2) 1de enero de 2007 (3) | — |
| 2006/98/CE | 1 de enero de 2007 | — |
(1) Únicamente aplicable a la República Portuguesa.
(2) En lo que se refiere a las disposiciones del artículo 2, apartado 1, de la Directiva.
(3) En lo que se refiere a las disposiciones del artículo 2, apartado 2, de la Directiva.
