ANEXO 2. Resolución de 5 de marzo de 2026, Baleares
ANEXO 2. Importe destinado a los planes de formación de acuerdo con los datos del Instituto de Estadística de las Illes Balears
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El importe total transferido a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la formación del personal al servicio de la Administración local de las Illes Balears y que, por lo tanto, se tiene que distribuir entre los entes locales y la FELIB, es de 414.540EUR.
De acuerdo con los datos aportados al EBAP por el IBESTAT, el total de efectivos de las entidades locales de las Illes Balears es de 17.921. De este total, 14.089 corresponden a los ayuntamientos con más de 200 efectivos mientras que los 3.832 restantes corresponden a los ayuntamientos con 200 o menos efectivos.
El cálculo a efectuar se tiene que llevar a cabo distribuyendo el importe total transferido entre la totalidad de los efectivos, hecho que supone para las entidades locales con más de 200 efectivos, un importe de 325.900 EUR y, para las entidades locales con 200 o menos efectivos, un importe de 88.640 EUR.
*Nota: En la tabla que aparece a continuación, consta a título informativo el porcentaje de efectivos que representa cada entidad local, en relación con el número total de efectivos. Ahora bien, a la hora de realizar el cálculo del importe a destinar a cada entidad local, se ha tenido en cuenta el número concreto de efectivos de cada entidad local en lugar del porcentaje mencionado, pues este aparece redondeado al alza y, por lo tanto, utilizarlo para hacer el cálculo supondría un resultado inexacto.
(CONTENIDO OMITIDO. CONSULTAR DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
ANEXO 3. Contenido de la memoria del plan de formación
1. El contenido de la memoria del plan de formación es el siguiente:
- Objetivos y finalidad del plan de formación.
- Procedimiento de detección y análisis de necesidades formativas.
- Ámbito de aplicación del plan (territorial i organizativo).
- Destinatarios y criterios de selección.
- Criterios de seguimiento y evaluación del plan.
- Calendario global de ejecución previsto.
- Presupuesto y financiación global del plan de formación, con indicación del importe de los recursos propios destinados en el plan, de acuerdo con los importes que se consignen en el modelo que figura al anexo 5.
El presupuesto del plan está constituido por las aportaciones que hacen la EBAP y la entidad local correspondiente. La aportación hecha por la entidad local tendrá que constar obligatoriamente en este apartado de la memoria. Los recursos propios que las entidades locales aportan pueden consistir, indistintamente, en la financiación de los costes directos derivados de la ejecución de acciones formativas contenidas en el plan (como por ejemplo, pagos a formadores internos o externos; medios y materiales didácticos; alojamiento, manutención y desplazamiento, y alquileres de instalaciones y equipación) o en la asignación de personal propio destinado a la gestión y seguimiento del plan de la entidad local.
- Compromiso de ejecutar directamente el plan de formación.
- En el caso de planes agrupados, se tiene que indicar el sistema de coordinación y cooperación, en su caso, con otros promotores del plan de formación.
