Anexo 2 Sistema de financ... Insulares

Anexo 2 Sistema de financiación definitivo de los Consejos Insulares

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ANEXO 2. Relación de materias correspondientes a competencias no homogéneas

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Ordenación turística

Ley 3/1996, de 29 de noviembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de ordenación turística.

Transporte por carretera

Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transporte por carretera.

Espectáculos públicos y actividades recreativas

Ley 7/1999, de 8 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Agricultura, ganadería, pesca y artesanía

Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía

Decreto 2/2011, de 14 de enero, de ampliación de los medios económicos y patrimoniales adscritos a las funciones ya traspasadas al Consejo Insular de Menorca mediante la Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía (financiación de los costes vinculados al traspaso al Consejo Insular de Menorca de determinados medios personales y materiales de Servicios de Mejora Agraria, SA, ubicados en la isla de Menorca, para la realización de tareas de vigilancia pesquera y de promoción de la calidad de los productos agroalimentarios, así como el seguimiento de las producciones agrarias y pesqueras).

Decreto 3/2011, de 14 de enero, de ampliación de los medios económicos adscritos a las funciones y los servicios inherentes a las competencias que en su momento fueron traspasadas al extinto Consejo Insular de Ibiza y Formentera por la Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía, la titularidad y el ejercicio de las cuales asume hoy, también por mandato legal, el Consejo Insular de Formentera en el ámbito territorial de esta isla, desde el momento de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (financiación de los costes vinculados a la ejecución de programas de asistencia y asesoramiento técnico y capacitación del sector agrario, así como de promoción, seguimiento y protección territorial de los productos agroalimentarios en la isla de Formentera).

Decreto 4/2011, de 14 de enero, de ampliación de los medios económicos adscritos a las funciones ya traspasadas al Consejo Insular de Ibiza mediante la Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de agricultura, ganadería, pesca y artesanía (financiación de los costes vinculados al traspaso al Consejo Insular de Ibiza de determinados medios personales de Servicios de Mejora Agraria, SA, ubicados en la isla de Ibiza, para la realización de tareas de promoción de la calidad de los productos agroalimentarios, así como el seguimiento de las producciones agrarias).

Juventud y ocio

Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio.

Artesanía, fomento de la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas

Decreto 80/2010, de 18 de junio, sobre el traspaso al Consejo Insular de Mallorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que actualmente ejerce la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de artesanía y de fomento de la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas.

Actividades catalogadas

Decreto 94/2010, de 30 de julio, sobre el traspaso al Consejo Insular de Mallorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de esta institución insular que actualmente ejerce la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de actividades catalogadas.

Administración de museos y bibliotecas

Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consejo Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca y Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad