Anexo 3 Evaluación Ambiental de La Mancha -Derogada-
ANEXO III. Criterios de selección contemplados en el artículo 5.1.2
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1. Características de los proyectos.
Las características de los proyectos deberán considerarse, en particular, desde el punto de vista de:
a. El tamaño del proyecto.
b. La acumulación con otros proyectos.
c. La utilización de recursos naturales.
d. La generación de residuos.
e. Contaminación y otros inconvenientes.
f. El riesgo de accidentes, considerando en particular las sustancias y las tecnologías utilizadas.
2. Ubicación de los proyectos.
La sensibilidad medioambiental de las áreas geográficas que puedan verse afectadas por los proyectos deberá considerarse teniendo en cuenta, en particular:
a. El uso existente del suelo.
b. La relativa abundancia, calidad y capacidad regenerativa de los recursos naturales del área.
c. La capacidad de carga del medio natural, con especial atención a las áreas siguientes:
1. Humedales.
2. Zonas de policía.
3. Áreas de montaña y de bosque.
4. Reservas naturales y parques.
5. Áreas clasificadas o protegidas por la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas; áreas de especial protección designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE.
6. Áreas en las que se han rebasado ya los objetivos de calidad medioambiental establecidos en la legislación comunitaria.
7. Áreas de gran densidad demográfica.
8. Paisajes con significación histórica, cultural y/o arqueológica.
3. Características del potencial impacto.
Los potenciales efectos significativos de los proyectos deben considerarse en relación con los criterios establecidos en los anteriores apartados 1 y 2, y teniendo presente en particular:
a. La extensión del impacto (área geográfica y tamaño de la población afectada).
b. El carácter transfronterizo del impacto.
c. La magnitud y complejidad del impacto.
d. La probabilidad del impacto.
e. La duración, frecuencia y reversibilidad del impacto.
