Anexo 3 Folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado
ANEXO III. NOTA SOBRE LOS VALORES
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
I. Finalidad, personas responsables, información sobre terceros, informes de expertos y aprobación de la autoridad competente
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre las personas responsables del contenido de la nota sobre los valores y dar tranquilidad a los inversores sobre la exactitud de la información divulgada en el folleto. Además, en esta sección se ofrece información sobre los intereses de las personas que participan en la oferta, así como los motivos de la oferta, el uso de los ingresos y los gastos de la oferta. Por otra parte, en esta sección se ofrece información sobre la base jurídica del folleto y sobre su aprobación por la autoridad competente.
II. Declaración sobre el capital de explotación (solo valores participativos)
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre los requisitos de capital de explotación del emisor.
III. Factores de riesgo
La finalidad de la presente sección es describir los principales riesgos específicos de los valores ofertados al público o admitidos a cotización en un mercado regulado.
IV. Condiciones de los valores
La finalidad de la presente sección es exponer las condiciones aplicables a los valores y ofrecer una descripción pormenorizada de sus características.
Cuando proceda, esta información incluirá la información a que se refiere el artículo 5 de la Directiva (UE) 2024/2810.
V. Detalles de la oferta/admisión a cotización
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre la oferta o la admisión a cotización en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación, con el precio definitivo de la oferta y el volumen de valores (ya sea el número de valores o la cantidad nominal agregada) que va a ofertarse, los motivos de la oferta, el plan de distribución de los valores, el uso de los ingresos derivados de la oferta, los gastos de emisión y de oferta y la dilución (solo para los valores participativos).
VI. Información relativa a los factores ambientales, sociales o de gobernanza (solo valores no participativos, cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es exponer, cuando proceda, información relativa a los factores ambientales, sociales o de gobernanza de conformidad con el acto delegado a que se refiere el artículo 13, apartado 1, párrafo segundo, letra g).
VII. Información sobre el garante (solo valores no participativos, cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar, cuando proceda, información sobre el garante de los valores, con información fundamental sobre la garantía vinculada a los valores, los factores de riesgo y la información financiera específica sobre el garante.
VIII. Información sobre los valores subyacentes y el emisor de los valores subyacentes (cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar, cuando proceda, información sobre los valores subyacentes y, en su caso, sobre el emisor de los valores subyacentes.
IX. Información sobre el consentimiento (cuando proceda)
La finalidad de la presente sección es proporcionar información sobre el consentimiento cuando el emisor o la persona responsable de elaborar un folleto consienta en su uso de conformidad con el artículo 5, apartado 1.
- Artículo modificado (Anexo III) por Reglamento (UE) 2024/2809 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1129, (UE) n.° 596/2014 y (UE) n.° 600/2014 para hacer que los mercados de capitales públicos de la Unión resulten más atractivos para las empresas y para facilitar el acceso al capital a las pequeñas y medianas empresas (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 14-11-2024) en vigor desde 04-12-2024
